DONDE DICE:
Demostrar la experiencia en PROVISION DE INSUMOS MEDICOS específicamente para el ítem cotizado
Se solicita excluir la condición ESPECÍFICAMENTE PARA EL ÍTEM COTIZADO, y establecer la siguiente redacción:
Demostrar la experiencia en PROVISION DE INSUMOS MEDICOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2020 - 2021 2022
Solicitar facturas específicas para el ítem cotizado no es viable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumo, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de la factura a ser presentada, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Los procesos licitatorios para adquisición de insumos de mucho mayor envergadura requieren experiencia en INSUMOS MÉDICOS en general, para evitar subjetividades en la evaluación y dar transparencia e igualdad de posibilidades de participación a todos los oferentes.
DONDE DICE:
Demostrar la experiencia en PROVISION DE INSUMOS MEDICOS específicamente para el ítem cotizado
Se solicita excluir la condición ESPECÍFICAMENTE PARA EL ÍTEM COTIZADO, y establecer la siguiente redacción:
Demostrar la experiencia en PROVISION DE INSUMOS MEDICOS, con facturaciones de venta y/o contratos ejecutados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2020 - 2021 2022
Solicitar facturas específicas para el ítem cotizado no es viable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumo, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de la factura a ser presentada, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Los procesos licitatorios para adquisición de insumos de mucho mayor envergadura requieren experiencia en INSUMOS MÉDICOS en general, para evitar subjetividades en la evaluación y dar transparencia e igualdad de posibilidades de participación a todos los oferentes.
DONDE DICE:
4-Capacidad en provisión de bienes, demostrables con copias de Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente en donde demuestre experiencia en la provisión de los insumos médicos objeto de la oferta por Instituciones Públicas y/o Privadas a excepción del INCAN dentro de los últimos 3 (tres) años (2020-2021-2022). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió.
Se solicita excluir las condiciones OBJETO DE LA OFERTA y A EXCEPCIÓN DEL INCAN, y establecer la siguiente redacción:
4-Capacidad en provisión de bienes, demostrables con copias de Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente en donde demuestre experiencia en la provisión de los insumos médicos por Instituciones Públicas y/o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2020-2021-2022). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió.
El requisito de presentar Certificados, Constancias o Actas de Recepción Final ESPECÍFICAS PARA EL ÍTEM COTIZADO es inviable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumos, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de los ítems en el documento de conformidad, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Así también, resulta muy llamativo que no se acepten actas o constancias emitidas por la propia convocante, privando a oferentes cuya experiencia fue en el INCAN, de participar en el presente proceso, comprometiendo el principio de igualdad y libre competencia.
DONDE DICE:
4-Capacidad en provisión de bienes, demostrables con copias de Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente en donde demuestre experiencia en la provisión de los insumos médicos objeto de la oferta por Instituciones Públicas y/o Privadas a excepción del INCAN dentro de los últimos 3 (tres) años (2020-2021-2022). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió.
Se solicita excluir las condiciones OBJETO DE LA OFERTA y A EXCEPCIÓN DEL INCAN, y establecer la siguiente redacción:
4-Capacidad en provisión de bienes, demostrables con copias de Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente en donde demuestre experiencia en la provisión de los insumos médicos por Instituciones Públicas y/o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2020-2021-2022). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió.
El requisito de presentar Certificados, Constancias o Actas de Recepción Final ESPECÍFICAS PARA EL ÍTEM COTIZADO es inviable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumos, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de los ítems en el documento de conformidad, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Así también, resulta muy llamativo que no se acepten actas o constancias emitidas por la propia convocante, privando a oferentes cuya experiencia fue en el INCAN, de participar en el presente proceso, comprometiendo el principio de igualdad y libre competencia.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
DONDE DICE:
10-Certificado, Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio de los insumos médicos objeto de la oferta emitido por Instituciones Públicas o Privadas. (Mínimo 5 de los años 2020-2021-2022).
Se solicita excluir la condición OBJETO DE LA OFERTA, y establecer la siguiente redacción:
10-Certificado, Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio de los insumos médicos emitido por Instituciones Públicas o Privadas. (Mínimo 5 de los años 2020-2021-2022).
El requisito de presentar Certificados, Constancias o Actas de Recepción Final ESPECÍFICAS PARA EL ÍTEM COTIZADO es inviable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumos, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de los ítems en el documento de conformidad, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Así también, existen entes que emiten los certificados, actas o constancias mencionando el ID y nombre de la licitación, sin especificar los ítems que fueron entregados.
De mantenerse este criterio, se compromete la igualdad de condiciones de participación y por ende se priva a la institución de recibir ofertas más ventajosas en cuanto a calidad y precio.
06-09-2023
08-09-2023
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
DONDE DICE:
10-Certificado, Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio de los insumos médicos objeto de la oferta emitido por Instituciones Públicas o Privadas. (Mínimo 5 de los años 2020-2021-2022).
Se solicita excluir la condición OBJETO DE LA OFERTA, y establecer la siguiente redacción:
10-Certificado, Constancias o Actas de Recepción Final donde conste el desempeño satisfactorio de los insumos médicos emitido por Instituciones Públicas o Privadas. (Mínimo 5 de los años 2020-2021-2022).
El requisito de presentar Certificados, Constancias o Actas de Recepción Final ESPECÍFICAS PARA EL ÍTEM COTIZADO es inviable debido a que se presentarán problemas en la evaluación, porque los entes que licitan este tipo de insumos, lo hacen con diferentes descripciones, y la descripción de los ítems en el documento de conformidad, no coincidirá con la descripción de los ítems del presente llamado a licitación, situación que obligará a una interpretación subjetiva del cumplimiento del requisito, comprometiendo de esa manera el principio de igualdad y privando a la institución de contar con las mejores condiciones de contratación.
Así también, existen entes que emiten los certificados, actas o constancias mencionando el ID y nombre de la licitación, sin especificar los ítems que fueron entregados.
De mantenerse este criterio, se compromete la igualdad de condiciones de participación y por ende se priva a la institución de recibir ofertas más ventajosas en cuanto a calidad y precio.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
DONDE DICE:
11-Datos y estudios clínicos de la marca ofertada, para garantizar la seguridad y efectividad.
Se solicita excluir el requisito por ser una condición exorbitante sin sustento alguno, porque se solicita un documento que no indica por quién debe ser emitido ni lo que debe contener, pudiendo interpretarse de maneras distintas por los oferentes comprometiendo una evaluación objetiva por parte de la convocante.
Además, entre los requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica, se exige la presentación de la Certificación ISO 13845 para los fabricantes, documento con el cual se puede verificar fehacientemente la calidad del producto.
06-09-2023
08-09-2023
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
11-Datos y estudios clínicos de la marca ofertada, para garantizar la seguridad y efectividad.
Se solicita excluir el requisito por ser una condición exorbitante sin sustento alguno, porque se solicita un documento que no indica por quién debe ser emitido ni lo que debe contener, pudiendo interpretarse de maneras distintas por los oferentes comprometiendo una evaluación objetiva por parte de la convocante.
Además, entre los requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica, se exige la presentación de la Certificación ISO 13845 para los fabricantes, documento con el cual se puede verificar fehacientemente la calidad del producto.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
DONDE DICE:
13-Certificados de ventas en otros países de la marca ofertada.
Se solicita excluir el requisito, debido a que el mismo no garantiza la calidad del producto por la sencilla razón de haberse comercializado en un país extranjero.
Así también, se considera como un requisito restrictivo, debido a que los fabricantes cuentan con contratos de confidencialidad en el que no pueden facilitar documentos de sus clientes.
Por último, puntualizamos que, entre los requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica, se requiere la presentación de la Certificación ISO 13845 para los fabricantes, documento con el cual se puede verificar fehacientemente la calidad del producto.
06-09-2023
08-09-2023
CRITERIOS DE EVALUACIÓN REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
DONDE DICE:
13-Certificados de ventas en otros países de la marca ofertada.
Se solicita excluir el requisito, debido a que el mismo no garantiza la calidad del producto por la sencilla razón de haberse comercializado en un país extranjero.
Así también, se considera como un requisito restrictivo, debido a que los fabricantes cuentan con contratos de confidencialidad en el que no pueden facilitar documentos de sus clientes.
Por último, puntualizamos que, entre los requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica, se requiere la presentación de la Certificación ISO 13845 para los fabricantes, documento con el cual se puede verificar fehacientemente la calidad del producto.
En las páginas 24 y 25 del PBC en el apartado de Especificaciones Técnicas en el item 15 en el punto 4.1 dice: Manómetro de 55 cm de diametro (+/- 2cm) con indicador de presión regulada con escala de 0 a 300 mmHg o más.
Asumimos que por un error involuntario de tipeo se solicita un diámetro de 55 cm para el manómetro.
Solicitamos la modificación, ya que dicha medida no corresponde; por lo expuesto sugerimos lo siguiente: Manómetro entre 15 cm de diámetro (+/- 2cm) o 150mm de diámetro (+/- 20mm), con indicador de presión regulada con escala de 0 a 300 mmHg o más.
En las páginas 24 y 25 del PBC en el apartado de Especificaciones Técnicas en el item 15 en el punto 4.1 dice: Manómetro de 55 cm de diametro (+/- 2cm) con indicador de presión regulada con escala de 0 a 300 mmHg o más.
Asumimos que por un error involuntario de tipeo se solicita un diámetro de 55 cm para el manómetro.
Solicitamos la modificación, ya que dicha medida no corresponde; por lo expuesto sugerimos lo siguiente: Manómetro entre 15 cm de diámetro (+/- 2cm) o 150mm de diámetro (+/- 20mm), con indicador de presión regulada con escala de 0 a 300 mmHg o más.
En la página 25 del PBC en el apartado de Especificaciones Técnicas en el ítem 15 en el punto 5.1 dice: "De un solo tubo."
Solicitamos la corrección de este punto, ya que la conexión debe ser "De dos tubos", considerando que un tubo va conectado por el manómetro y el otro por la pera insufladora.
En la página 25 del PBC en el apartado de Especificaciones Técnicas en el ítem 15 en el punto 5.1 dice: "De un solo tubo."
Solicitamos la corrección de este punto, ya que la conexión debe ser "De dos tubos", considerando que un tubo va conectado por el manómetro y el otro por la pera insufladora.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
En la página 20 del Pliego de Bases y Condiciones en el punto 9 dice:
Planilla de datos garantizados de cada ítem/lote ofertado, en la que se deberá detallar todos los datos y especificaciones técnicas del producto ofertado, presentación, embalaje etc., conforme al modelo adjunto
Sin embargo, no se visualiza el formato de planilla de datos garantizados, como uno de los anexos del Pliego de Bases y Condiciones.
Solicitamos al convocante incluir la Planilla de datos garantizados correspondiente dentro del formulario anexo al PBC, de modo a que la misma no figuran en ninguna de las versiones.
07-09-2023
13-09-2023
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
En la página 20 del Pliego de Bases y Condiciones en el punto 9 dice:
Planilla de datos garantizados de cada ítem/lote ofertado, en la que se deberá detallar todos los datos y especificaciones técnicas del producto ofertado, presentación, embalaje etc., conforme al modelo adjunto
Sin embargo, no se visualiza el formato de planilla de datos garantizados, como uno de los anexos del Pliego de Bases y Condiciones.
Solicitamos al convocante incluir la Planilla de datos garantizados correspondiente dentro del formulario anexo al PBC, de modo a que la misma no figuran en ninguna de las versiones.
Considerado que el contrato se ejecutará mediante la modalidad de Contrato Abierto, se solicita lo siguiente:
Para la primera orden de compra establecer la cantidad a ser solicitada y un plazo máximo de 30 días corridos para la entrega.
Las siguientes órdenes podrán ser emitidas conforme a la necesidad de la convocante manteniendo el plazo de 15 días hábiles.
Lo solicitado obedece a la necesidad de programar la importación del producto, y de esa manera poder cotizar con mejores precios y al momento de la ejecución cumplir con los plazos establecidos.
Considerado que el contrato se ejecutará mediante la modalidad de Contrato Abierto, se solicita lo siguiente:
Para la primera orden de compra establecer la cantidad a ser solicitada y un plazo máximo de 30 días corridos para la entrega.
Las siguientes órdenes podrán ser emitidas conforme a la necesidad de la convocante manteniendo el plazo de 15 días hábiles.
Lo solicitado obedece a la necesidad de programar la importación del producto, y de esa manera poder cotizar con mejores precios y al momento de la ejecución cumplir con los plazos establecidos.