Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Aceptación de uso de Ofertas Electrónicas cargada y en estado activo en el SIPE (para los casos procesos con presentación de ofertas electrónicas). Conforme lo establecido en la Resolución DNCP 1930/2020 y Guía de Oferta Electrónica. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Ejercicios Fiscales de Los Años: 2020; 2021 y 2022.
• Para Contribuyentes de IRACIS/IRE:
- Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
A) Ratio de Liquidez: Activo corriente / Pasivo corriente:
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.
B) Endeudamiento: Pasivo total /Activo total:
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.
C) Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El Promedio en los últimos tres (3) ejercicios fiscales requeridos, no deberá ser negativo.
• Para Contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE
- Deberán cumplir el siguiente parámetro:
A) Eficiencia: (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de Los tres (3) ejercicios fiscales
requeridos.
En caso de tratarse de un Consorcio, los índices financieros deberán ser cumplidos por cada uno de Los
integrantes.
La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE
Los mismos deberán estar completos, incluidas todas las notas a los estados financieros y deben corresponder a períodos contables ya completados (no se solicitarán ni aceptarán estados financieros de períodos parciales). En reemplazo se podrá presentar la Constancia del SIPE, el documento deberá estar en estado activo. Para firmas no domiciliadas en el Paraguay, deberá estar certificada por autoridad administrativa competente del país de origen o firma auditora independiente. En caso de que los balances no se encuentren redactados en idioma castellano, deberán estar acompañados de una traducción realizada por un traductor profesional Obs.: La Convocante verificará el SIPE, a fin de obtener los balances de los respectivos años aunque figure como vencido, siempre que no esté como en estado erróneo. |
Para firmas no domiciliadas en el Paraguay, deberá estar certificada por autoridad administrativa competente del país de origen o firma auditora independiente. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
El Oferente deberá contar con antecedentes que demuestre la experiencia de por lo menos cinco (5) años en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de superiores características técnicas en cuanto al nivel de tensión, corriente nominal, poder de corte nominal mínimo, con facturaciones de venta, recepciones finales, certificados o constancias escritas donde se acrediten las cantidades de los bienes suministrados por un valor mínimo equivalente al veinte por ciento (20) % de la cantidad total ofertada en la presente licitación. La Convocante sumará la cantidad indicada en cada documento para verificar el cumplimiento de este requisito. Los años que serán tenidos en cuenta son 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022. Pudiendo corresponder los documentos respaldatorios, a cualquiera de los años mencionados hasta verificar el cumplimiento de este requisito.
En caso de que el Oferente no demuestre la fabricación y/o provisión de los bienes requeridos, se podrá considerar la experiencia del fabricante de los bienes ofertados siempre y cuando el Oferente acredite que el giro comercial de su empresa corresponde mínimamente al rubro del llamado licitado.
En caso de tratarse de un Consorcio, se considerara la sumatoria del líder (60%) y el socio (40%) de los requisitos establecidos en el punto Experiencia.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Se evaluarán los datos proporcionados por el Oferente en la Planilla de Datos Garantizados y demás documentos técnicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones, para determinar si la oferta cumple con las Especificaciones Técnicas que forman parte de los documentos de esta Licitación.
El oferente deberá presentar la Planilla de Datos Garantizados y demás documentos técnicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones, además de los resultados de las pruebas y ensayos exigidos en las Especificaciones Técnicas al momento de la apertura de ofertas.
En caso de no ser presentados los documentos indicados en el párrafo anterior junto con la oferta, la convocante solicitará por escrito la presentación de los mismos para la evaluación correspondiente, el oferente debe presentar los documentos requeridos en un plazo no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas de realizada la solicitud por el Comité Evaluador.
La falta de presentación de los ensayos de tipo expresamente solicitada por la Convocante durante la evaluación de las ofertas será motivo de descalificación de la oferta.
Al momento de la evaluación de las ofertas, se evaluarán los datos proporcionados por el Oferente en la Planilla de Datos Garantizados y los demás documentos técnicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones, además de los resultados arrojados por las pruebas y ensayos exigidos en las Especificaciones Técnicas, para determinar si la oferta cumple con los requisitos técnicos indicados en los documentos de esta Licitación.
Las pruebas y ensayos de tipo presentados serán verificados en cuanto a existencia y autenticidad de su contenido a través del sitio web del laboratorio o del organismo acreditante, su correo electrónico, números telefónicos y otros datos de los respectivos laboratorios.
De no ser presentadas las pruebas y ensayos de tipo junto con la oferta, la convocante solicitará por escrito la presentación de los mismos, que deberán ser entregados por el oferente en un plazo no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas de realizada la solicitud por el Comité Evaluador.
La falta de presentación de las pruebas y ensayos de tipo o la presentación de documentos con información incompleta o que no proporcionen la información necesaria para un análisis técnico certero y que a su vez no satisfagan lo expresamente solicitado por la Convocante durante la evaluación, así como la determinación de incumplimiento de las características técnicas detectadas en el análisis de la documentación técnica presentadas por el oferente respecto a las Especificaciones Técnicas será motivo de descalificación de la oferta.
Para la capacidad técnica: En caso de un Consorcio, al menos uno de los integrantes de dicho Consorcio deberá cumplir con los requisitos exigidos.
La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE.
a) Planilla de Datos Garantizados y Planilla de Ensayos de Tipo debidamente llenada y completada. El documento debe ser completado con los datos técnicos y valores en ellas solicitadas. No se admiten referencias a catálogos. Durante la evaluación, la Convocante podrá solicitar aclaraciones dentro de un plazo indicado en el transcurso de la misma. En éste caso, la omisión de algún dato o la aclaración expresamente solicitada será motivo de descalificación. |
b) Protocolos de ensayos de tipo según EE.TT. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Adición de gravámenes, gastos de importación, impuestos y otros:
Al solo efecto de comparación, la Convocante adicionará a los precios de la Lista de Precios, sobre el valor CIP, el porcentaje del gravamen aduanero, gasto de importación, IVA y otros gastos, que afectan a la importación de los bienes, conforme al siguiente cuadro:
GAM % |
GAEM % |
GI % |
IVA % |
OG % |
0 |
0 |
3 |
10 |
-- |
GAM: Gravamen aduanero en el MERCOSUR
GAEM: Gravamen aduanero EXTRA MERCOSUR
GI: Gastos de Importación
IVA: Impuesto al valor agregado
OG: Otros Gastos
A fin de garantizar el principio de igualdad de condiciones, al precio unitario CIP de los bienes no proveídos desde el territorio nacional (a ser importados), se deberá adicionar el porcentaje correspondiente a IVA (10%) y Gastos de Importación (3%). Ejemplo: Precio Unitario CIP x 13 %= xxx, entonces Precio Unitario CIP + xxx= Precio Unitario.
La multa será aplicada hasta la fecha de entrega efectiva del bien suministrado.
Las multas serán aplicadas y deducidas en forma automática sobre el valor de las facturas, sin ninguna interpelación judicial o extrajudicial.
En caso de que el último día de los plazos establecidos en el plan de entregas caiga en un día feriado o no hábil para la recepción de materiales, los mismos se podrán entregar el primer día hábil siguiente sin multa.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Detalle de los Documentos de Embarque
Los bienes suministrados deberán consignarse y notificarse directamente a la Contratante (ANDE), por tanto, todos los Documentos de Embarque detallado más abajo, deberán ser extendidos a su nombre. La descripción de los materiales en los respectivos documentos deberá estar redactada en idioma castellano.
a) Factura Comercial: Un (1) original visado por el Consulado Paraguayo, más dos (2) copias simples.
b) Conocimiento de Embarque: marítimo y fluvial, terrestre y/o aéreo, consignar a la orden de ANDE, un (1) juego completo, un (1) original visado por el Consulado Paraguayo, más dos (2) copias simples.
c) Lista de Empaque: Un (1) original, más dos (2) copias simples.
d) Certificado de Origen: Un (1) original visado por el Consulado Paraguayo, más dos (2) copias simples.
e) Marca: CONTRATO LCOI ANDE Nº 1198/2023 ASUNCIÓN - PARAGUAY
Al solo efecto de tener conocimiento del embarque del Suministro, el Proveedor enviará vía Correo Electrónico (sección_despachos@ande.gov.py) a la Contratante un (1) juego completo de copias simples de los documentos descritos más arriba, diez (10) días antes de la fecha del embarque programado de la carga en origen, salvo el punto b), el cual será remitido una vez que sea emitido.
El Proveedor deberá gestionar la documentación que se describe más arriba y remitir vía courier al Departamento de Importaciones de ANDE, sito en Avda. España N° 1268 y Padre Cardozo, de tal forma que la Contratante disponga de la misma ocho (8) días antes de la fecha prevista para la llegada del Suministro en los Puertos y Aduanas del Paraguay.
El Proveedor deberá ingresar el Suministro en Puertos Nacionales de la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP), Aeropuerto de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) y Aduanas (Ciudad del Este, cabecera del Puente Internacional, Pedro Juan Caballero, Salto del Guairá entre otros), debiendo el Proveedor asegurar la contratación de las Navieras que operan con los Puertos Nacionales de la ANNP.
Asimismo, cuando la mercadería ingresa a través de la DINAC, la ANDE asume únicamente el pago de la Tasa Aeroportuaria del Primer periodo (1.3%) para cargas normales y (2.5%) para cargas consideradas peligrosas, a partir de la llegada de la carga, se cuenta con cinco (5) días calendario en caso de existencia de mercadería peligrosa y diez (10) días calendario para mercadería sin accesorio peligroso para retirar la misma del Aeropuerto, caso contrario, a partir del día seis (6) y once (11) respectivamente, la Tasa Aeroportuaria pasa al Segundo Periodo y se triplica (3,9%) para cargas normales y (6%) para cargas consideradas peligrosas, esta diferencia no asume la ANDE, en consecuencia, el Contratista deberá depositar la diferencia en el Dpto. de Ingresos de la ANDE, para proseguir con los trámites de desaduanamiento.
Por tanto, teniendo en cuenta la delicadeza y que cualquier error u omisión implica el pago de sobrecostos importantes en la DINAC, que la Institución no asumirá, la ANDE autorizará el Embarque de las mercaderías, una vez que los originales de los Documentos de Embarque visados en origen, sean entregados en el Departamento de Importaciones de ANDE.
Las multas, los recargos por sobrestadías de las mercaderías en los Depósitos Portuarios y Aeroportuarios ocasionados por demora injustificada en la recepción de los Documentos de Embarque por errores o vicios de los mismos, estarán a cargo del Proveedor.
Si el Proveedor de ANDE cotizó con el Incoterm CIP, estará a su cargo los gastos de los siguientes puntos:
1. Costo de las mercaderías.
2. Flete de las mercaderías.
3. Seguro de las mercaderías.
4. Gastos de manipuleo (estiba y desestiba), camionaje, canje de conocimiento, Licencias Previas y otros gastos aduaneros, portuarios y aeroportuarios de los materiales, hasta la Apertura y Cierre de Registro en los Puertos y en las Aduanas Paraguayas.
5. El Proveedor está obligado bajo los términos del Contrato a transportar los Bienes al lugar de destino final dentro del Paraguay, definida como Lugar de Entrega, incluyendo seguro y almacenamiento que implica estiba, desestiba y colocación de los materiales en el Depósito de la ANDE y cualquier otra actividad que se requiera para la ubicación correcta de los materiales.
6. El Proveedor está obligado a realizar el seguimiento de la Carga desde su salida en origen hasta el lugar de entrega y realizar el pago de todos los gastos locales en tiempo y forma.
El Despacho Aduanero de las Mercaderías y todas las actividades exclusivas del Importador estarán a cargo de la ANDE, que además será el responsable del pago del Arancel Aduanero, de los Tributos Aduaneros, de las Tasas Portuarias y Aeroportuarias de las mercaderías ingresadas por Puertos Nacionales de la ANNP y DINAC respectivamente y de otros Tributos o Gravámenes fijados por las leyes paraguayas sobre los Bienes, a partir de la Apertura y Cierre de Registro en las Aduanas Paraguayas.
Inspecciones en el Depósito de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Al término de dicho plazo, correspondiente a la última entrega, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.