El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA
ANDE Nº 02.21.16 - Rev.4
NBR 5359/89 Elos fusiveis de distribuiçao Especificaçao
ANSI C37 - 42 Specifications for distribution cutouts and fuse link
* Máxima : 45 ºC
* Mínima : 0 ºC
* Diaria : 35 ºC
* Anual : 30 ºC
* Fase - fase : 23 kV + 5 %.
* Fase - neutro : 13,2 kV
Son aplicables las definiciones establecidas en la Norma NBR 5359
Elemento fusible |
Porta fusible |
||
TIPO |
Corriente Nominal (A rms) |
Corriente nominal (A) |
Capacidad de Interrupción r.m.s simétrico (kA) |
H |
1-2-3-5 |
100 |
8 |
K (rápido) y T (lento) |
6 10 15 25 40 65 100 140 200 |
No será permitido el empleo de material ferroso en las partes conductoras de corriente. Las partes que servirán de contacto (arandela, terminales, etc.) deberán estar estañadas, plateadas o protegidas con otro material eficiente contra la corrosión ambiental, así como no serán admitidos materiales cromados, niquelados o cadmiados.
Material: Plata pura o eutéctica.
Este metal deberá permanecer inalterable a las acciones climáticas, no deberá oxidarse, no deberá variar su resistividad con el paso del tiempo y deberá mantener constante su temperatura de fusión, a pesar de los sucesivos calentamientos cercanos a su límite de fluencia.
Los terminales del mismos deberán ser prensados, no soldados, de manera que provean una conexión que no pueda ser dañada y mantenga compactado el elemento fusor y la cola flexible
En los elementos fusibles con corriente nominal menor o igual a 100 A, el elemento fusor deberá estar protegido por un tubo de fibra de vidrio el cual contendrá el elemento de extinción de arco.
Material: deberán ser hilos de cobre estañados y no será permitido el uso de materiales ferrosos en las partes conductoras de corriente, tanto en la cola como en el cabezal.
El cordón o cola deberá garantizar las siguientes propiedades:
Material: Aluminio. En caso de utilizarse un material diferente, éste deberá ser estañado, plateado o protegido de modo eficiente contra la corrosión ambiental y el paso de la corriente. Deberá ser de baja resistencia y con superficie adecuada para lograr un buen contacto.
El cabezal será roscado de manera que permita la instalación en portafusibles con o sin prolongador de arco.
Material: Acero
Deberá estar preparada para resistir los impactos del accionamiento con pértiga y los esfuerzos de tracción a las que permanentemente están sometidos por el seccionador.
ENSAYOS TIPO
Los Ensayos de Tipo deberán ser repetidos toda vez que sobre un modelo aprobado se introduzcan cambios de diseño que varíen, o hagan presumir variaciones en las prestaciones conocidas del mismo. Eventualmente puede solicitarse la repetición de algunos o todos los Ensayos de Tipo, de forma a verificar el nivel de calidad de fabricación del producto con el paso del tiempo.
Los Ensayos de Tipo deben ser realizados por laboratorios nacionales o internacionales, de reconocido prestigio, sobre especimenes idénticos a los ofrecidos, siendo que los resultados de los mismos deben constar en Protocolos.
Los ensayos tipo son los establecidos en la Norma NBR 5359-89 (desde el ítem a) al h)) y la 7282-89 (ítem i)), comprendiendo los siguientes ensayos:
Verificación visual y dimensional (Cláusula 6.6.1)
Estos ensayos deberán ser ejecutados por el fabricante en cada uno de los fusibles completamente montados y antes de su entrega de acuerdo a la Norma NBR 5359-89.
Los ensayos de rutina son:
Los ensayos de recepción conforme a los procedimientos mencionados en la Norma NBR 5359-89 deberán ser los siguientes:
A1) La cantidad de muestras a ensayar deberá estar conforme a lo indicado en la tabla 4 del Anexo A de la NBR 5359-89.
B1) La cantidad de muestras para los ensayos de recepción deberá estar conforme a lo indicado en la tabla 5 del Anexo A de la NBR 5359-89.
Planos con dimensiones a escala de los elementos fusibles ofertados y adjudicados, con medidas y tolerancias en mm, detalles de elementos constitutivos y materiales empleados para todas sus partes y tratamientos superficiales empleados.
Folletos y / o catálogos comerciales.
Otras informaciones que el proveedor considere importante.
El oferente deberá completar integral y fielmente, utilizando medios informáticos preferentemente, la Planilla de Datos Técnicos Garantizados que se adjunta. La misma deberá llevar impresa la firma responsable del oferente.
Los elementos fusibles serán suministrados como fueron detallados en el numeral 8 y entregados con la siguiente codificación de matricula que deberá, salvo cuando ANDE indique lo contrario, estar impresa en las cajas de cartón de los elementos fusibles suministrados.
LISTA DE MATRICULA DE LOS ELEMENTOS FUSIBLES MT
CORRIENTE NOMINAL In (A) |
MATRICULA N o |
1 |
1007 5014 |
2 |
1007 5015 |
3 |
1007 5016 |
5 |
1007 5018 |
6 |
1007 5019 |
10 |
1007 5021 |
15 |
1007 5023 |
25 |
1007 5026 |
40 |
1007 5029 |
65 |
1007 5030 |
100 |
1007 5031 |
140 |
1007 5032 |
200 |
1007 5033 |
1. Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
El Ing. Jorge G. Britos C, Jefe del Departamento de Suministros de Materiales de Distribución, solicita el presente llamado a Licitación por Concurso de Ofertas Internacional.
2. Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
El presente pedido obedece al nulo stock de estos materiales y la necesidad de contar con ello en tiempo y forma a fin de encarar las obras y mantenimientos del Sistema de Distribución. Por consiguiente se pretende encarar los reclamos de la ciudadanía, considerando el elevado uso de estos.
3. Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal).
La planificación de las adquisiciones previstas permitirá la realización del plan de obras y mantenimientos inherentes al sistema eléctrico de distribución.
4. Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las Especificaciones Técnicas establecen las condiciones técnicas mínimas que deben ser satisfechas en los instrumentos y equipos solicitados.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida
|
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes (días) |
1 |
Elemento Fusible Intemperie MT 3A |
11.000 |
Unidad |
Depósito de la ANDE en Asunción (sito en la Avda. Boggiani y Dr.Facundo Machain) de Lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 hs, |
Noventa (90) días calendario |
2 |
Elemento Fusible Intemperie MT 5A |
18.000 |
Unidad |
El Plazo para la Entrega será computado del siguiente modo:
Para el caso de Bienes No proveídos desde el territorio nacional (a ser Importados), se descontarán de los plazos de entrega establecidos los días que duren los trámites de Despacho Aduanero, que están a cargo de la Contratante. Sin embargo, si el Proveedor envía los documentos de embarque fuera del plazo establecido, se observan errores de datos en dichos documentos, u otros incumplimientos por parte del Proveedor, el tiempo que se insuma para dicho trámite aduanero será computado dentro del plazo de entrega para la aplicación de multas si correspondiere.
La garantía de mantenimiento de oferta deberá expedirse en un monto en guaraníes y/o dólares que no deberá ser inferior al porcentaje especificado en el SICP. El oferente puede adoptar cualquiera de las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por las normativas vigentes.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Conforme a las Especificaciones Técnicas.
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
LCOI Nº 1198/2023 - ANDE - Asunción - Paraguay, además de otros datos indicados en las Especificaciones Técnicas.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación: Conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas.
Notificación de las Inspecciones y Pruebas, en caso de ser realizadas.
El Proveedor deberá notificar a la Contratante con treinta (30) días de anticipación, donde y cuando los bienes estarán disponibles para inspección y prueba.
Los costos de la visita del Inspector de la Contratante (transporte, hospedaje, alimentación, horas-hombre y administrativos) estarán a cargo del Proveedor en los siguientes casos:
a) Si en la fecha indicada en la solicitud de inspección, el material no estuviere completo;
b) Reinspección del material por motivos de rechazo;
c) Si el material suministrado necesita de acompañamiento de fabricación o inspección en un proveedor contratado por el fabricante, en una localidad diferente a la sede del fabricante.
Una vez finalizadas las Inspecciones y Pruebas en caso de ser realizadas, la Contratante a través de sus representantes emitirá una autorización por escrito, para el embarque correspondiente. Por falta de la misma, el Beneficiario de la Carta de Crédito no podrá solicitar el pago correspondiente.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Serán presentado 1 (un) Certificado de Recepción Provisional y 1 (un) Acta de Recepción Definitiva
Frecuencia: Mensual
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado de Recepción Provisional 01 |
Certificado de Recepción Provisional 01 |
Conforme al Plan de Entrega y las Condiciones Contractuales |
Acta de Recepción Definitiva |
Acta de Recepción Definitiva |
Conforme a las Condiciones Contractuales |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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