El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Dr. Miguel Angel Cañete - Jefe del Departamento de Producción
La realización del llamado correspondiente a Bastón Lector de identificación para el año 2023, teniendo en cuenta que contamos con un solo bastón actualmente en la estación de aislamiento por su periodo de utilización ya presenta deterioro
El llamado responde a una necesidad temporal
Las especificaciones técnicas se encuentran elaboradas en base a los requerimientos mínimos que deben cumplir los ítems solicitados
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción |
Especificaciones tecnicas |
1 |
BASTÓN LECTOR DE IDENTIFICACIÓN |
Bastón lector de identificación (IDE) XRS2: electrónica Recopilación de información: Recopila hasta un máximo de 15 sesiones de información personalizada para cada animal, como por ejemplo raza, sexo, fecha de nacimiento y condición física. Configuraciones: simple y rápida puesta a punto con configuraciones predefinidas o grabado de sus propias configuraciones favoritas para cambiar fácilmente entre tareas. Compatible con etiquetas de identificación electrónica (IDE): lee todas las etiquetas ISO HDX y FDX-B Gran cantidad de memoria: memoria de almacenado de 1millón de etiquetas escaneadas Conexión inalámbrica. Tecnología inalámbrica: Bluetooth de primera clase para conectarse a los indicadores de peso o a otros dispositivos hasta a 100m de distancia. Batería de larga vida y de recarga rápida: hasta un máximo de 19 horas de lectura pulsando las teclas para la lectura de datos y 9.5 horas de lectura continua. Software gratuito: Descarga fácilmente la información a tras de Data Link para Windows, Apple iOS y Android. Rendimiento de Lectura: Lee hasta un máximo de 1.100 etiquetas por minuto. Distancia de lectura para etiquetas HDX de hasta 330mm y etiquetas FDX de hasta 350mm. Alertas: configura alertas para animales preseleccionados. Fácil de ver: Gran pantalla LCD color de luz solar de 2.7" (41mm x 55mm) que hace que la lectura de la información sea muy sencilla De largo alcance: la longitud de alcance de 650mm le permite mantener una distancia de seguridad al escanear animales vivos. De diseño ergonómico: Cómodo de usar durante largos periodos de tiempo. Diseño robustos: todos los productos Tru- Test son probados para el difícil medio ambiente agrícola con un diseño resistente al agua, IP67 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Dentro de los 30 (treinta ) días calendarios, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato formalizado al proveedor.
La recepción de los bienes adjudicados será en la Dirección de Depósito de Bienes e Insumos en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs. (sito Calle Ciencias Veterinarias N° 265 c/ Mcal. Estigarribia Km 10 ½ - San Lorenzo); y quedará a cargo de los responsables de la Dirección de Deposito de Bienes e Insumos y las personas designadas para tal efecto. Se procederá al rechazo si los productos no se ajustan a las especificaciones técnicas.
El PROVEEDOR se responsabilizará de la eficiente provisión del bien adjudicado, tanto en la cantidad como en la calidad del mismo. Correrá a su exclusivo cargo y por su cuenta las sustituciones que correspondan cuando se observasen deficiencias y el SENACSA rechace dichos bienes.
Habiendo cumplido el Proveedor con las observaciones del motivo del rechazo, se recibe de vuelta y se considera como una nueva entrega, se entiende que a partir de dicha entrega el proveedor cumple adecuadamente con los requisitos establecidos en los documentos contractuales; por lo que el mismo no le eximirá de las multas correspondientes en casos de atraso.
No Aplica.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de remisión e Informe de recepción | Nota de remisión e Informe de recepción |
Dentro de los 30 (treinta) días calendarios, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato formalizado al proveedor. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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