Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Se aplicará margen de preferencia nacional de conformidad a la legislación vigente. La acreditación de Origen Nacional del producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional, expedido por Autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de apertura de ofertas.
En caso de que los oferentes que se encuentren dentro del rango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentaren con su oferta el certificado o presentare la constancia en trámite del mismo, el comité de Evaluación solicitará por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley Nº 4.838/12 " QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL". Si luego del requerimiento realizado por el comité, el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no podrá acogerse al beneficio.
Durante la evaluación de la oferta, si la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado o que no haya presentado el Certificado del Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta más baja del bien nacional que haya presentado el aludido certificado agregandole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor Agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay que haya acreditado mediante la presentación del certificado, resultare ser la más baja se la seleccionará para la adjudicación; caso contrario se seleccionará la oferta del bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19. (**). NO APLICA |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, correspondiente al promedio de los ejercicios fiscales años 2020, 2021 y 2022
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 correspondiente al promedio de los ejercicios fiscales años 2020, 2021 y 2022
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
correspondiente al promedio de los ejercicios fiscal años 2020, 2021 y 2022, no deberá ser negativo.
2. Para contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, correspondiente al promedio de los ejercicios fiscales años 2020, 2021 y 2022.
3. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, correspondiente al promedio de los ejercicios fiscales años 2020, 2021 y 2022
4. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, correspondiente al promedio de los ejercicios fiscales años2020, 2021 y 2022
En Caso de Oferentes en Consorcio, todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir con la capacidad
financiera mínima requerida.
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4. Formulario Nº 104 de los años 2019, 2020 y 2021 para contribuyentes del IRP 5. Formulario Nº 120 de los ejercicios fiscal años 2020, 2021 y 2022, para contribuyentes exclusivamente IVA General |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en Venta/Provisión de vehículos a Institucionales Públicas y/o Empresas Privadas Con contratos y/o facturaciones de venta con sus recepciones finales que sumados alcance como mínimo 50% del monto total de su oferta en la presente licitación, de los: 3 (tres) años. 2020/2021/2022, podrán presentarse la cantidad de contratos que fuesen necesarios.
Referencias satisfactorias de clientes finales, como mínimo 2 (dos), formalizadas en documentos que contengan la debida identificación y suscripción del emisor, de haber proveído vehículo en el periodo comprendido (2020-2021-2022)
En caso de CONSORCIOS, todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad, como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los bienes/servicios licitados, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60 % de los criterios de calificación, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes el consorcio.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
3-Declaración jurada a nombre de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, en virtud de la cual el Proveedor manifieste que correrá a su cargo, por cuenta propia y sin costo para la Contratante, las reposiciones, sustituciones, reparaciones y/o modificaciones que correspondan, cuando se observasen fallas y deficiencias en la calidad de los bienes, por causas imputables al Proveedor, por el plazo de 3 años o 100.000 km (lo que ocurra primero) a ser contados a partir de la fecha de entrega total de los bienes del ítem que corresponda.
8- Fotocopia autenticado por Escribanía del documento emitido por el Fabricante al Representante o Distribuidor de la marca ofertada.
El Proveedor será responsable de la gestión y los gastos de:
- Nacionalización y titulación de los vehículos adjudicados
- Matriculación de los vehículos adjudicados (Chapa)
- Cedulación del vehículo adjudicado (Cédula Verde) - Logotipo de la Circunscripción Judicial de Canindeyú pintado (conforme a exigencia de la C.G.R. y modelo a ser entregado por la convocante).
- Los vehículos deberán ser entregados, libres de todo tipo de impuestos, tasas y otros Gravámenes
- Deberán estar despachados y Transferidos a nombre de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, e inscriptos en el Registro Único del Automotor (RUA).
- La oferta deberá incluir los gastos que genere la transferencia, protocolización, obtención del Registro Único del Automotor (Que incluye: chapa, cédula verde y título en mano).
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.