Al respecto, se solicita a la convocante que se revea el precio referencial previsto para el ítem 1, considerando que el equipo requerido para esta convocatoria, de acuerdo a su configuración técnica, tiene dentro del mercado local un precio promedio referencial GS. 11.000.000 (Computadoras Portátiles Tipo 2 - Intermedia). Siendo así, resulta que los precios referenciales estimados por la entidad, hacen referencia a un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado para equipos de similares características a lo licitado en esta convocatoria.
“Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
Al respecto, se solicita a la convocante que se revea el precio referencial previsto para el ítem 1, considerando que el equipo requerido para esta convocatoria, de acuerdo a su configuración técnica, tiene dentro del mercado local un precio promedio referencial GS. 11.000.000 (Computadoras Portátiles Tipo 2 - Intermedia). Siendo así, resulta que los precios referenciales estimados por la entidad, hacen referencia a un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado para equipos de similares características a lo licitado en esta convocatoria.
“Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.”
Con relacion a la consulta realizada, el resultado del precio referencial fue producto del analisis de contratos suscriptos y cotizacion de dos potenciales oferentes, se ajusta al precio referencial, ademas el item LICENCIA se HA EXCLUIDO DE DICHO BIEN, Ver Dictamen de MITIC.
2
*/Muestras
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, se solicita:
Se requerirá 01(una) muestra por cada Items, que deberán ser presentadas al momento de la entrega de los respectivos sobres de ofertas.-
El potencial oferente deberá presentar todas de las muestras de los bienes que haya ofertado, para lo cual tendrá tiempo de entrega, hasta la hora TOPE DE ENTREGA DE OFERTAS, esto obedece a la necesidad de corroborar que los bienes se ajustan a lo declarado en la oferta y a las especificaciones técnicas
Al respecto, se solicita a la Convocante que para el ítem 1, la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos y sean aceptados los catálogos técnicos e información oficial proveída por el fabricante de los equipos, teniendo en cuenta la cantidad y configuración especial que poseen los equipos solicitados para el presente llamado, deberán ser importados al país, lo cual conllevaría una demora importante para los potenciales oferentes. Adicionalmente cabe destacar que con los catálogos la convocante tendrá de igual forma bien detalladas las especificaciones técnicas de los equipos, con esta modificación se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado y se eliminará toda posibilidad de direccionar el llamado a un proveedor específico que ya tenga para entrega inmediata el equipo solicitado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, se solicita:
Se requerirá 01(una) muestra por cada Items, que deberán ser presentadas al momento de la entrega de los respectivos sobres de ofertas.-
El potencial oferente deberá presentar todas de las muestras de los bienes que haya ofertado, para lo cual tendrá tiempo de entrega, hasta la hora TOPE DE ENTREGA DE OFERTAS, esto obedece a la necesidad de corroborar que los bienes se ajustan a lo declarado en la oferta y a las especificaciones técnicas
Al respecto, se solicita a la Convocante que para el ítem 1, la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos y sean aceptados los catálogos técnicos e información oficial proveída por el fabricante de los equipos, teniendo en cuenta la cantidad y configuración especial que poseen los equipos solicitados para el presente llamado, deberán ser importados al país, lo cual conllevaría una demora importante para los potenciales oferentes. Adicionalmente cabe destacar que con los catálogos la convocante tendrá de igual forma bien detalladas las especificaciones técnicas de los equipos, con esta modificación se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado y se eliminará toda posibilidad de direccionar el llamado a un proveedor específico que ya tenga para entrega inmediata el equipo solicitado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en las especificaciones tecnicas del PBC.
3
*/ Plazo de Entrega
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS & ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para todos los ítems se solicita:
“Dentro de los 15 (quince) días corridos, computados a partir de la remisión de la orden de requerimiento.”
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características de hardware y software de última generación, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles desde la remisión de la orden de requerimiento.”
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS & ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para todos los ítems se solicita:
“Dentro de los 15 (quince) días corridos, computados a partir de la remisión de la orden de requerimiento.”
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características de hardware y software de última generación, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles desde la remisión de la orden de requerimiento.”
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y condiciones. Plan de entregas, contamos con un nuevo edificio, con dependencias creadas y urge la dotacion de los equipos informaticos.
4
/* Etapas y Plazos.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: miércoles, 4 de octubre de 2023 - 08:00.
Fecha de entrega de ofertas: lunes, 9 de octubre de 2023 - 08:00.
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios para la fecha límite de consultas y de Presentación de Ofertas, contados a partir de la fecha definida inicialmente, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. De esta manera, se permitirá, además, la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: miércoles, 4 de octubre de 2023 - 08:00.
Fecha de entrega de ofertas: lunes, 9 de octubre de 2023 - 08:00.
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios para la fecha límite de consultas y de Presentación de Ofertas, contados a partir de la fecha definida inicialmente, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. De esta manera, se permitirá, además, la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
Con relacion a su consulta, la convocante ha respetado el tiempo prudencial para remitir el llamado para su verificacion en el SICP, consulta a proveedores y el tiempo necesario para la preparacion de las ofertas. Adecuarse al llamado.
5
/* Plazo de Entrega.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, se menciona:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
“Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes: Dentro de los 15 (quince) días corridos, computados a partir de la remisión de la orden de requerimiento”.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días corridos posterior a la remisión de la orden de requerimiento.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, se menciona:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
“Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes: Dentro de los 15 (quince) días corridos, computados a partir de la remisión de la orden de requerimiento”.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 60 (sesenta) días corridos posterior a la remisión de la orden de requerimiento.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y condiciones. Plan de entregas, contamos con un nuevo edificio, con dependencias creadas y urge la dotacion de los equipos informaticos.
6
/* Muestras.
En el PBC, en la sección de DATOS DE LA LICITACION, en el apartado MUESTRAS, se solicita:
“Se requerirá 01(una) muestra por cada Ítems, que deberán ser presentadas al momento de la entrega de los respectivos sobres de ofertas.-“
Al respecto, se solicita a la Convocante, que la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos para el ÍTEM 2 y sean aceptados los catálogos técnicos, anexos y manuales proveídos por el fabricante en donde se podrá constatar el cumplimiento de cada una de las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante.
Adicionalmente cabe destacar que con los catálogos la convocante tendrá bien detalladas las características de cada equipamiento solicitado en los ítems previstos, puesto que en dichos catálogos ya están explayadas todas las características que a nivel técnico deben ser corroboradas; además de que los catálogos son elaborados por el propio fabricante, con esta modificación se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado y se eliminará toda posibilidad de direccionar el llamado a un proveedor específico que ya tenga para entrega inmediata el equipo solicitado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
En el PBC, en la sección de DATOS DE LA LICITACION, en el apartado MUESTRAS, se solicita:
“Se requerirá 01(una) muestra por cada Ítems, que deberán ser presentadas al momento de la entrega de los respectivos sobres de ofertas.-“
Al respecto, se solicita a la Convocante, que la presentación de la muestra sea EXCLUIDA de los requerimientos exigidos para el ÍTEM 2 y sean aceptados los catálogos técnicos, anexos y manuales proveídos por el fabricante en donde se podrá constatar el cumplimiento de cada una de las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante.
Adicionalmente cabe destacar que con los catálogos la convocante tendrá bien detalladas las características de cada equipamiento solicitado en los ítems previstos, puesto que en dichos catálogos ya están explayadas todas las características que a nivel técnico deben ser corroboradas; además de que los catálogos son elaborados por el propio fabricante, con esta modificación se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado y se eliminará toda posibilidad de direccionar el llamado a un proveedor específico que ya tenga para entrega inmediata el equipo solicitado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante”. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en las especificaciones tecnicas del PBC.
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Fecha imite de consultas
Solicitamos amablemente extender el plazo limite para realizar consultas asi como el de presentación de ofertas, como mínimo por 3 días hábiles, teniendo en cuenta que de acuerdo la la cantidad de items solicitados y complejidad de los mismos se requiere de un tiempo prudencial para el análisis y la elaboración de consultas. de manera a poder dar mayor participación y consiciones a los potenciales oferentes
Solicitamos amablemente extender el plazo limite para realizar consultas asi como el de presentación de ofertas, como mínimo por 3 días hábiles, teniendo en cuenta que de acuerdo la la cantidad de items solicitados y complejidad de los mismos se requiere de un tiempo prudencial para el análisis y la elaboración de consultas. de manera a poder dar mayor participación y consiciones a los potenciales oferentes
Con relacion a su consulta, la convocante ha respetado el tiempo prudencial para remitir el llamado para su verificacion en el SICP, consulta a proveedores y el tiempo necesario para la preparacion de las ofertas. Adecuarse al llamado.
8
Para el item 3 En el pbc. Especificaciones. Tamaños.
Solicitan: sobres (#10, Monarca)
Solicitamos amablemente que el requerimiento de "sobres (#10, Monarca)" puedan ser opcionales, teniendo en cuenta que dichas caracteristicas no son normalmente incluidas por la mayoria de los fabricantes de equipos, así tambien representa una limitante para la participación y su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.
03-10-2023
04-10-2023
Para el item 3 En el pbc. Especificaciones. Tamaños.
Solicitan: sobres (#10, Monarca)
Solicitamos amablemente que el requerimiento de "sobres (#10, Monarca)" puedan ser opcionales, teniendo en cuenta que dichas caracteristicas no son normalmente incluidas por la mayoria de los fabricantes de equipos, así tambien representa una limitante para la participación y su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en las especificaciones tecnicas del PBC
9
Para el item 3 En el pbc. Especificaciones. certificación.
Solicitan: ISO 9001 - 62040-1/2
Solicitamos amablemente que el termino "62040-1/2" puedan ser opcional, teniendo en cuenta que la certificación tradicional es la 9001 de la marca ofertada, por lo que el termino o clase 62040-1/2 repesenta una imitante y no es mencionada por la mayoria de los fabricantes, su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.
03-10-2023
04-10-2023
Para el item 3 En el pbc. Especificaciones. certificación.
Solicitan: ISO 9001 - 62040-1/2
Solicitamos amablemente que el termino "62040-1/2" puedan ser opcional, teniendo en cuenta que la certificación tradicional es la 9001 de la marca ofertada, por lo que el termino o clase 62040-1/2 repesenta una imitante y no es mencionada por la mayoria de los fabricantes, su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.
Con relacion a su consulta, la misma debera ajustarse a lo establecido en las especificaciones tecnicas del PBC
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Para el item 4 impresora laser En el pbc. Especificaciones. Tamaños.
Solicitan: sobres (#10, Monarca)
Solicitamos amablemente que el requerimiento de "sobres (#10, Monarca)" puedan ser opcionales, teniendo en cuenta que dichas caracteristicas no son normalmente incluidas por la mayoria de los fabricantes de equipos, así tambien representa una limitante para la participación y su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.
03-10-2023
04-10-2023
Para el item 4 impresora laser En el pbc. Especificaciones. Tamaños.
Solicitan: sobres (#10, Monarca)
Solicitamos amablemente que el requerimiento de "sobres (#10, Monarca)" puedan ser opcionales, teniendo en cuenta que dichas caracteristicas no son normalmente incluidas por la mayoria de los fabricantes de equipos, así tambien representa una limitante para la participación y su inclusión no esta justificada. Agradeceríamos el analisis y la modificación solicitada.