Fecha de Respuesta:
31-08-2023
Respuesta:
En relación a la consulta realizada esta convocante aclara que en cumplimiento a las leyes laborales y de seguridad social vigentes resulta indispensable que tanto fabricantes, distribuidores y/o fraccionadores de productos alimenticios cumplan con los mismos en todas sus etapas.
Esto atendiendo al umbral de monto y cantidades previstas en el presente proceso por lo cual resulta indispensable la solicitud de que cada oferente cuente con un mínimo de tres personales inscriptos por lo cual solicitamos que cada oferente interesado en la participación se adecue al requerimiento en virtud a las normativas citadas a continuación:
LA "LEY N° 6.339/19. QUE REGULA EL EMPLEO A TIEMPO PARCIAL" ARTÍCULO 10.- DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
EL "DECRETO N° 2.817/19. POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 6.339, DEL 8 DE JULIO DE 2019, "QUE REGULA EL EMPLEO A TIEMPO PARCIAL" EN SU CAPITULO III "DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO"
LA RESOLUCIÓN C.A N° 060-003/2019, 19/11/2019, REGLAMENTA LOS PROCESOS PARA LA MODALIDAD A TIEMPO PARCIAL.
LA LEY N° 213/1993 CÓDIGO LABORAL.
LA RESOLUCIÓN DE LA DNCP 3561/18 - POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA UTILIZACIÓN DE LOS FORMULARIOS FIP - FIS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.