Ajustarse a las especificaciones técnicas del PBC.
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Visita Técnica
Solicitamos puedan establecer una fecha para la visita técnica al sitio del obras, de manera a poder determinar correctamente el costo de la oferta.
Gracias
Solicitamos puedan establecer una fecha para la visita técnica al sitio del obras, de manera a poder determinar correctamente el costo de la oferta.
Gracias
Se procederá adendar el PBC quedando de la siguiente manera:
La fecha establecida para la visita técnica es el 14/08/2023 horario establecido de 8:00 a 9:00 h, desde la Dirección de Infraestructura y Obras.
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/*Visita Técnica
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, se establece:
“La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea realizada una Visita Técnica en el sitio donde deberá ser instalado el Grupo Generador eléctrico, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Convocante con acabado conocimiento de los requerimientos y del alcance de las instalaciones y suministros, con el objeto de conocer con mayor detalles las condiciones de la infraestructura y de las instalaciones existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta, principalmente en lo que se refiere a las aberturas y/o pasillos de acceso hasta el lugar donde está prevista la ubicación del Grupo Generador eléctrico, la distancia entre el Tablero eléctrico de ANDE existente y el lugar del Tablero de Transferencia Automática (TTA) a ser suministrado, la distancia entre el TTA y las cargas de la Convocante a ser alimentadas, la distancia del punto de conexión de la puesta a tierra existente del edificio, el espacio disponible para la ubicación del Grupo Generador eléctrico, las condiciones de circulación de aire para la disipación del calor, del lugar donde será montado el Grupo Generador eléctrico, etc.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: “…En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta…” Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, se establece:
“La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea realizada una Visita Técnica en el sitio donde deberá ser instalado el Grupo Generador eléctrico, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Convocante con acabado conocimiento de los requerimientos y del alcance de las instalaciones y suministros, con el objeto de conocer con mayor detalles las condiciones de la infraestructura y de las instalaciones existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta, principalmente en lo que se refiere a las aberturas y/o pasillos de acceso hasta el lugar donde está prevista la ubicación del Grupo Generador eléctrico, la distancia entre el Tablero eléctrico de ANDE existente y el lugar del Tablero de Transferencia Automática (TTA) a ser suministrado, la distancia entre el TTA y las cargas de la Convocante a ser alimentadas, la distancia del punto de conexión de la puesta a tierra existente del edificio, el espacio disponible para la ubicación del Grupo Generador eléctrico, las condiciones de circulación de aire para la disipación del calor, del lugar donde será montado el Grupo Generador eléctrico, etc.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: “…En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta…” Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Buenas tardes
Con respecto a las Consultas
La Visita técnica se realizó en fecha 14/08/2023 según lo establecido en la Addenda Nº1
Se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC
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/*Idioma de los Catálogos Técnicos
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación (DDL), apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación (DDL), apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Buen día, con relación a su consulta se solicita que se ajuste a lo establecido en el PB.
Saludos cordiales
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/*Experiencia Requerida
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto promedio equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, teniendo en cuenta que igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto promedio equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, teniendo en cuenta que igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Buenos días, con relación a su consulta se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC.
Saludos cordiales.
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/*Prórroga de los Plazos
CONSULTA 4 – /*Prórroga de los Plazos
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 17 de agosto de 2023 - 10:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 22 de agosto de 2023 - 09:30hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Así también, atendiendo el tipo de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, lo que implica la necesidad de la realización de una Visita técnica en el sitio de las instalaciones, luego de la que surgirán las consultas a la Convocante que correspondan, y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
CONSULTA 4 – /*Prórroga de los Plazos
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 17 de agosto de 2023 - 10:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 22 de agosto de 2023 - 09:30hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Así también, atendiendo el tipo de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, lo que implica la necesidad de la realización de una Visita técnica en el sitio de las instalaciones, luego de la que surgirán las consultas a la Convocante que correspondan, y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
Buenos días, en consideración al tiempo se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC y al portal del SICP. Considerando que se cuenta con plazos establecidos por el ministerio de hacienda para dar cierre al año fiscal.
Saludos cordiales.
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Plazo de entrega del bien.
Buen dia.
Podria la convocante cambiar el plazo de entrega del generador a 120 dias desde la emision de la OC?
Esto es debido a que este tipo de bien es importado de otro continente, los tramites y tiempo de traslado son muchos. Favor tener en cuenta dicho factor para dar mayor posibilidad de competencia a potenciales oferentes.
Buen dia.
Podria la convocante cambiar el plazo de entrega del generador a 120 dias desde la emision de la OC?
Esto es debido a que este tipo de bien es importado de otro continente, los tramites y tiempo de traslado son muchos. Favor tener en cuenta dicho factor para dar mayor posibilidad de competencia a potenciales oferentes.
Buenos días, en consideración al tiempo se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC.
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/*Experiencia Requerida
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia del Representante y/o CAS – Centro Autorizado de Servicios, de la marca del Generador ofertado, en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto promedio equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, teniendo en cuenta que normalmente las diferentes marcas cuentan con Centro Autorizado de Servicios – CAS – en nuestro país, como esquema de la política de comercialización del producto, siendo que finalmente es el CAS de la marca, el autorizado y responsable de la instalación del Generador ofertado, así como del Soporte Técnico de la Garantía. De esta forma, igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes.
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia del Representante y/o CAS – Centro Autorizado de Servicios, de la marca del Generador ofertado, en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto promedio equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, teniendo en cuenta que normalmente las diferentes marcas cuentan con Centro Autorizado de Servicios – CAS – en nuestro país, como esquema de la política de comercialización del producto, siendo que finalmente es el CAS de la marca, el autorizado y responsable de la instalación del Generador ofertado, así como del Soporte Técnico de la Garantía. De esta forma, igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes.
Buenos días, con relación a su consulta se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC.
Saludos cordiales.
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Especificaciones Técnicas
Solicitamos aplicar una tolerancia del +-10% en la potencia del generador. Esta petición obedece a que las diferentes marcas/fabricantes disponen de equipos con potencias nominales con pequeñas variaciones una con otra. Según lo observado en la visita técnica esta tolerancia no afectaría el desempeño de la instalación.
Solicitamos aplicar una tolerancia del +-10% en la potencia del generador. Esta petición obedece a que las diferentes marcas/fabricantes disponen de equipos con potencias nominales con pequeñas variaciones una con otra. Según lo observado en la visita técnica esta tolerancia no afectaría el desempeño de la instalación.
Buenos días, con relación a su consulta se solicita que se ajuste a lo establecido en el PBC.
Saludos cordiales.
10
/*Experiencia Requerida
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia, en venta de Equipos UPS de al menos 30KVA, como bienes similares a los Generadores, con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, considerando que guardan estrecha relación con los Generadores. De esta forma, igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes. Hacemos este pedido, para que los requisitos de experiencia establecidos por la convocante no resulten restrictivos a la libre participación de potenciales oferentes
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el PBC, en la sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita:
“Demostrar la experiencia en venta de generadores o bienes similares con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años: 2020,2021,2022.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia, en venta de Equipos UPS de al menos 30KVA, como bienes similares a los Generadores, con facturaciones de venta y/o contratos, recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los años: 2020 y/o 2021 y/o 2022, considerando que guardan estrecha relación con los Generadores. De esta forma, igualmente la Convocante tendrá garantizada la calidad en la ejecución de los servicios, por parte de empresas oferentes del sector de Infraestructura y Energía, que poseen amplia experiencia en nuestro medio, permitiendo así también la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes. Hacemos este pedido, para que los requisitos de experiencia establecidos por la convocante no resulten restrictivos a la libre participación de potenciales oferentes
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.