El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ADQUISICIÓN DE GENERADOR ELECTRICO 200 KVA |
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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Ítem |
Código de Catálogo |
Descripción |
Cantidad |
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1 |
26111601-001 |
GENERADOR ELÉCTRICO 200 KVA TRIFÁSICO |
1 |
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Características básicas |
1) El tanque de combustible deberá formar parte del mismo cuerpo del generador (un solo conjunto). |
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2) El generador deberá estar montado sobre una base de acero de espesor que proporcione facilidad para el transporte. Además, deberá contar con soportes anti vibratorios entre la base y el Motor- Generador. |
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3) El generador deberá tener una cobertura o cabina metálica exterior insonorizada, que atenué el sonido a un nivel máximo de presión sonora de 75 dB(A) a 5metros. |
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4) La cabina deberá contar con puertas de acceso laterales (a ambos lados) con llave única para la verificación y mantenimiento de todos los componentes. Así como de un botón de parada de emergencia en caso que se requiera detener el equipo a causa de un problema grave del sistema y boca/tapa de carga de combustible con llave de seguridad o dentro de la cabina. |
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5) Contar con al menos un funcionario técnico en Paraguay con certificado de entrenamiento en fabrica del motor, sistema de control y transferencia propuesta. |
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6) Se requiere que el generador cuente con PMG (Generador magnético permanente). |
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Potencia de salida Stand- by |
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. 200 KVA |
· |
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Numero de fases |
· 3 (Trifásico) RST+N+T |
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Tensión de salida (voltaje AC) |
· 380/220V |
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Frecuencia de la Tensión de salida |
· 50 Hz |
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Factor de potencia |
· 0,8 |
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Autonomía |
· 11 horas a 75% de carga en régimen Stand By como mínimo. |
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Capacidad de tanque de combustible |
· 320 litros, como mínimo. Si la capacidad del tanque es menor a lo especificado deberá ser demostrado fehacientemente que podrá mantener la autonomía requerida como mínimo. |
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Motor |
· 6 cilindros |
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· Tipo de aspiración Turboalimentado y post enfriado |
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· Arranque eléctrico |
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· Velocidad nominal 1500 RPM |
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· Potencia Nominal Stand by 200 KVA Mínimo |
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· Consumo combustible de 44 L/H a full carga en régimen Stand By. |
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· Potencia requerida al menos 160KW a 1500 RPM |
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· Sistema de refrigeración con líquido refrigerante |
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· Precalentador de agua |
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Panel de Control |
· Deberá estar ubicado en el Generador, electrónico a base de microprocesadores para control y monitoreo de todas las funciones del Grupo. Deberá estar formado por un panel de visualización montado en el tablero de control del generador el cual realiza las tareas informativas del estado del grupo electrógeno, así como permitir al usuario comandar, programar y configurar el funcionamiento del módulo, y un módulo de medidas y/o control montado dentro del tablero el cual realiza las tareas de supervisión y control. Los componentes y botones deberán estar protegidos de todo tipo de corrosión. |
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· El módulo de visualización deberá ser un display gráfico. |
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LEDS de alarmas |
· Reserva combustible |
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· Nivel de batería |
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· Alta temperatura |
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· Fallo de arranque |
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· Sobre velocidad |
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· Baja presión aceite |
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· Estado del contactor de red |
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· Estado del contactor de grupo |
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Lecturas del grupo generador |
· Tensión entre fases |
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· Tensión entre fase y neutro |
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· Frecuencia |
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· Intensidades |
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· Potencia aparente (KVA) |
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· Potencia activa (KW) |
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· Factor de Potencia |
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Lecturas del motor |
· Temperatura de refrigerante |
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· Presión de aceite |
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· Nivel de combustible (%) |
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· Tensión de batería |
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· R.P.M. |
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· Tensión alternador de carga de batería |
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Tablero |
OBJETIVO: El oferente deberá proveer un tablero de transferencia automática destinado a la transferencia automática de la energía eléctrica suministrada por el generador con el resto de la instalación usuaria de dicha energía eléctrica. El tablero de transferencia deberá ser el medio de vinculación entre el grupo generador y el tablero de distribución. Deberá ofrecer un control totalmente automático de fallas de línea de suministro principal de energía (ANDE), arrancar el Grupo Generador y transferir la carga de la línea principal a ésta en caso de que la línea principal falle y restaurando a ésta cuando el servicio se normalice para luego parar el grupo. El sistema deberá permitir el arranque y parada manual del equipo generador sin transferencia de energía. La unidad deberá supervisar constantemente la línea de alimentación de energía externa. El monitoreo, regulación de tiempos y control lógico del tablero deberá realizarse mediante microprocesador y deberá ser independiente del panel de control del grupo generador. Deberá presentarse un esquema de mando de las conexiones y del funcionamiento del sistema de control. |
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Características técnicas: |
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Corriente Nominal: 300 A |
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Voltaje: 380/220 VAC |
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Frecuencia: 50 hz Trifásico de tres hilos, neutro sólido y borne de tierra de protección. |
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Gabinete tipo IP32. |
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Conmutación de Transición abierta. Capacidad de transferencia manual ante fallas del mecanismo. |
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Sistema de transferencia mecánica por conmutador, accionado por solenoide energizado solo en el momento de la transferencia, enclavado mecánicamente en una de dos posiciones (normal o emergencia). No se admitirá transferencia por contactores o interruptores ni mucho menos equipos armados artesanalmente o que no cumplan con las normas internacionales descritos en esta especificación. Sistema de control basado en microprocesador, compatible para funcionamiento remoto con panel de control de grupo generador. |
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Manual de operación y mantenimiento, tanto del conmutador como del panel de control, a los efectos de facilitar la operación del mismo. Se requiere que sea de la misma marca del generador. |
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Garantías: |
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La garantía mínima a ser otorgada por toda la provisión deberá ser de 1 (un) año, contados a partir de la entrega. |
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Las Especificaciones Técnicas requeridas son mínimas. |
Los pedidos de bienes fueron realizados por las dependencias que conforman la Facultad de Odontología de la Universidad
Nacional de Caaguazú a través del Plan Operativo Anual, el cual sirve de base para la elaboración de Presupuesto y asignado
éste, se aprueba el Plan Anual de Contrataciones. Las especificaciones solicitadas son las requeridas para el logro de los
objetivos propuestos.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
Todos los ítems |
Todos los ítems |
Todos los ítems |
Todos los ítems |
Jóvenes por la democracia y Lidia Peralta de Benítez - Sede Administrativa | 30 días corridos posteriores a la firma de la Orden de Compra |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)
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Nota de Remisión | Nota de Remisión | Al término de la entrega de los bienes, 30 días corridos a partir de la firma de la Orden de Compra |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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