El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEMS | DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | F. FARMACEUTICA | PRESENTACIÓN DE ENTREGA |
1 | ACIDO ACETIL SALICILICO COMPRIMIDO | ACIDO ACETIL SALICILICO 125 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS COMO MÍNIMO |
2 | ALPRAZOLAM COMPRIMIDO | ALPRAZOLAM 1 mg (RSA) | COMPRIMIDO RANURADO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
3 | AMIKACINA INYECTABLE | AMIKACINA 500 mg | INYECTABLE | AMPOLLA POR 2 mL COMO MÍNIMO |
4 | AMIODARONA CLORHIDRATO INYECTABLE | AMIODARONA 150 mg / 3 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 3 mL |
5 | AMPICILINA + SULBACTAM INYECTABLE | AMPICILINA 1000 mg + SULBACTAM 500 mg | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE |
6 | ATORVASTATINA COMPRIMIDO | ATORVASTATINA 40 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS COMO MÍNIMO |
7 | SULFATO DE ATROPINA INYECTABLE | ATROPINA SULFATO 1 mg / mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 1 mL |
8 | CLORHIDRATO DE BUPIVACAINA HIPERBARICA INYECTABLE | BUPIVACAINA HIPERBARICA 5 mg / mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 4 mL COMO MÍNIMO |
9 | CEFAZOLINA INYECTABLE | CEFAZOLINA 1 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE POR 5 mL COMO MÍNIMO |
10 | CEFOTAXIMA INYECTABLE | CEFOTAXIMA 1 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE POR 5 mL COMO MÍNIMO |
11 | CEFTRIAXONA POLVO PARA INYECTABLE | CEFTRIAXONA 1 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE POR 3,5 mL COMO MÍNIMO |
12 | CIPROFIBRATO COMPRIMIDO | CIPROFIBRATO 100 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
13 | CIPROFLOXACINA INYECTABLE | CIPROFLOXACINA 200 mg / 100 mL | INYECTABLE | ENVASE SEMIRRIGIDO X 100 ML |
14 | CLINDAMICINA SOLUCIÓN INYECTABLE | CLINDAMICINA 600 mg / 4 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 4 mL |
15 | CLORFENIRAMINA MALEATO INYECTABLE | CLORFENIRAMINA MALEATO 10 mg / mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 1 mL |
16 | CLORHIDRATO LABETALOL INYECTABLE | CLORHIDRATO DE LABETALOL 5 mg / mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 4 mL |
17 | CLORURO DE POTASIO SOLUCIÓN INYECTABLE | CLORURO DE POTASIO 3 M (3m Eq/ mL) | INYECTABLE | AMPOLLA POR 10 mL |
18 | CLORURO DE SODIO SOLUCIÓN INYECTABLE | CLORURO DE SODIO 3 M (3m Eq/ mL) | INYECTABLE | AMPOLLA POR 10 mL |
19 | DICLOFENAC POTASICO COMPRIMIDO | DICLOFENAC POTASICO 50 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
20 | DICLOFENAC SODICO INYECTABLE | DICLOFENAC SODICO 75 mg IM/IV | INYECTABLE | AMPOLLA POR 3 mL |
21 | ENALAPRIL COMPRIMIDO | ENALAPRIL 20 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
22 | FENTANILO INYECTABLE | FENTANILO 0.05 mg/mL(RC) | INYECTABLE | AMPOLLA POR 2 mL COMO MÍNIMO |
23 | FUROSEMIDA INYECTABLE | FUROSEMIDA 20 mg / 2 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 2 mL |
24 | HIDROCORTISONA INYECTABLE | HIDROCORTIZONA 500 mg | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE POR 5 mL COMO MÍNIMO |
25 | IBUPROFENO SUSPENSIÓN | IBUPROFENO 200 mg / 5 mL | SUSPENSIÓN | CAJA C/ FRASCO POR 100 mL COMO MÍNIMO + DOSIFICADOR |
26 | IBUPROFENO CÁPSULA | IBUPROFENO 400 mg | CÁPSULA | BLISTER POR 10 CÁPSULAS |
27 | INSULINA CRISTALINA INYECTABLE | INSULINA REGULAR HUMANA 100 UI / mL | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA POR 10 mL |
28 | IOPAMIDOL INYECTABLE | IOPAMIDOL 370 mg. INTRAVASCULAR. MEDIO DE CONTRASTE NO IÓNICO, HIDROSOLUBLE. CONCENTRACIÓN DEL MEDIO DE CONTRASTE 755 MG/mL. BAJA OSMOLALIDAD A 37°C 0.87 OSM/KG H2O. BAJA VISCOSIDAD A 20°C 20,9 MPA.S BAJA VISCOSIDAD A 37°C 9,4 MPAS. CERTIFICACIÓN FDA/CE | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA POR 100 mL |
29 | KETOROLAC INYECTABLE | KETOROLAC 60 mg / 2 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 2 mL |
30 | KETOROLAC TROMETAMINA COMPRIMIDO | KETOROLAC TROMETAMINA 20 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
31 | LIDOCAINA JALEA | LIDOCAINA CLORHIDRATO 2% | JALEA | POMO POR 25 ml COMO MÍNIMO + CANULA |
32 | LIDOCAINA (SIN EPINEFRINA) INYECTABLE | LIDOCAINA CLORHIDRATO 20 mg / mL S/V | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA POR 20 mL |
33 | LOSARTAN POTASICO COMPRIMIDO | LOSARTAN POTASICO 50 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
34 | MEROPENEM INYECTABLE | MEROPENEM 1 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE |
35 | METFORMINA COMPRIMIDO | METFORMINA HCL 850 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
36 | METRONIDAZOL INYECTABLE | METRONIDAZOL 500 mg / 100 mL | INYECTABLE | ENVASE SEMIRRIGIDO X 100 ML |
37 | NORADRENALINA INYECTABLE | NORADRENALINA 4 mg / 4 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 4 mL |
38 | OMEPRAZOL INYECTABLE | OMEPRAZOL 40 mg | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE |
39 | ONDANSETRON INYECTABLE | ONDANSETRON 8 mg / 4 mL | INYECTABLE | AMPOLLA POR 4 mL |
40 | OXITOCINA INYECTABLE | OXITOCINA 5 UI / mL | AMPOLLA | AMPOLLA POR 1 mL |
41 | PIPERACILINA + TAZOBACTAM POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE | PIPERACILINA 4 g + TAZOBACTAM 0,5 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE |
42 | PREGABALINA CÁPSULA | PREGABALINA 75 mg | CÁPSULA | BLISTER POR 10 CÁPSULAS |
43 | REMIFENTANILO POLVO PARA INYECTABLE | REMIFENTANILO 5 mg (RC) | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA |
44 | SUERO FISIOLÓGICO SOLUCIÓN | SUERO FISIOLÓGICO 0,9%, CON DOBLE PUERTO DE INYECCIÓN, MATERIAL ATÓXICO Y TRANSPARENTE,CON VENCIMIENTO Y ESCALA NUMÉRICA IMPRESA O EN RELIEVE POR EL ENVASE QUE PERMITA MEDIR EN FORMA ADECUADA LA CANTIDAD ADMINISTRADA Y DE MAYOR SEGURIDAD AL PACIENTE. PRESENTACIÓN: 1000 mL | SOLUCION | ENVASE SEMIRRIGIDO X 1000 ML |
45 | DEXTROSA ISOTONICA - SOLUCION PARENTERAL | SUERO GLUCOSADO AL 5 %, CON DOBLE PUERTO DE INYECCIÓN, MATERIAL ATÓXICO Y TRANSPARENTE,CON VENCIMIENTO Y ESCALA NUMÉRICA IMPRESA O EN RELIEVE POR EL ENVASE QUE PERMITA MEDIR EN FORMA ADECUADA LA CANTIDAD ADMINISTRADA Y DE MAYOR SEGURIDAD AL PACIENTE. PRESENTACIÓN: 1000 mL | SOLUCION | ENVASE SEMIRRIGIDO X 1000 ML |
46 | SUERO RINGER LACTATO SOLUCIÓN | SUERO RINGER LACTATO. Na: 130 mEq/L; K: 4 mEq/L; Ca: 3 mEq/L; Cl: 109,7 mEq/L; Lactato: 28 mEq/L, CON DOBLE PUERTO DE INYECCIÓN, MATERIAL ATÓXICO Y TRANSPARENTE,CON VENCIMIENTO Y ESCALA NUMÉRICA IMPRESA O EN RELIEVE POR EL ENVASE QUE PERMITA MEDIR EN FORMA ADECUADA LA CANTIDAD ADMINISTRADA Y DE MAYOR SEGURIDAD AL PACIENTE.PRESENTACIÓN: 1000 mL | SOLUCION | ENVASE SEMIRRIGIDO X 1000 ML |
47 | TAMSULOSINA CLORHIDRATO CÁPSULA | TAMSULOSINA CLORHIDRATO 0,4 mg | CÁPSULA | BLISTER POR 10 CÁPSULAS |
48 | TELMISARTAN COMPRIMIDO | TELMISARTAN 80 mg | COMPRIMIDO | BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS |
49 | TRAMADOL - SOLUCION INYECTABLE | TRAMADOL 100 mg (RSA) | INYECTABLE | AMPOLLA POR 2 mL |
50 | VANCOMICINA POLVO LIOFILIAZADO | VANCOMICINA 1 g | INYECTABLE | FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE |
Nombre de los Solicitantes y el Cargo |
Dependencia |
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Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial-Dirección General Sanidad Policial |
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
La necesidad que se pretende satisfacer mediante la Adquisición de Medicamentos de Alto Rotación, es a fin de dar respuesta oportuna a todos los asegurados del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero.
• Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
Se trata de un llamado periódico correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
• Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Base y Condiciones han sido elaboradas en base a las necesidades actuales del hospital de Policía Rigoberto Caballero, asegurando al Estado Paraguayo una compra basado en los principios de Economía y Eficiencia, según lo dispuesto en la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
El pedido se realizará a través de Orden de Compra emitida por la Tesorería de la Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial, que será comunicado al proveedor vía fax y/o correo electrónico (en la dirección de correo declarada en la oferta por el proveedor conforme Resolución DNCP N° 2490/2019) y/o notificación personal, desde el cual comenzará a correr el plazo de entrega, según se detalla a continuación:
70% de lo Adjudicado a los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
30% de lo Adjudicado a los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor y/o de acuerdo a la necesidad, durante la vigencia del contrato.
PLAZO DE VENCIMIENTO
El vencimiento mínimo de los productos no deberá ser inferior a 18 (dieciocho) meses desde la recepción de los bienes adjudicados. Podrán ser recepcionados productos con vencimiento menor a lo establecido en los siguientes casos:
1- Por la naturaleza de los mismos (vencimiento natural menor a lo establecido u otro), debidamente fundamentados mediante nota emitida a la Administradora del Contrato por parte de la empresa adjudicada; y,
2- Por necesidad de la Institución,
En ambos casos, el vencimiento del producto no debe ser inferior a 12 (doce) meses y la recepción deberá ser autorizada por escrito por la Administradora del Contrato, con la firma del Jefe/a del Departamento de Suministro y/o un representante designado por el mismo, previo V° B° de la Dirección General de Sanidad Policial, esta autorización será anexada a los documentos de recepción de los bienes y el oferente deberá presentar además una Carta de Compromiso de Canje con validez hasta el plazo de vencimiento y Póliza de Seguro por el monto total del producto entregado con plazo diferente al establecido; la validez de dicha póliza deberá ser de por lo menos 3 (tres) meses posteriores a la fecha del vencimiento del producto a entregar.
CANJE
La Tesorería de la Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial, comunicará por escrito al proveedor el vencimiento de los ítems con 60 (sesenta) días de antelación y el canje de los productos deberán realizarse en un plazo no mayor a 15 días posteriores a la recepción de la nota de comunicación.
En caso de realizarse el canje, el vencimiento de los mismos, no deberá ser menor a 18 (dieciocho) meses, desde la recepción del bien canjeado y en caso de vencimiento inferior se utilizará la misma metodología establecida para la recepción de productos de menor vencimiento.
RECEPCIÓN DEL PRODUCTO
Los productos a ser entregados deberán observar lo dispuesto en la Resolución GMC/RES N.º 23/95 REQUISITOS PARA EL MERCOSUR, PARA PRODUCTOS FARMACEUTICOS PUNTO 6: 6.2.3.2 Y 6.2.3.4
- Todos los productos deberán tener la impresión USO EXCLUSIVO DEL HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO", fecha de vencimiento y lote visible, con tinta indeleble de difícil remoción en cada producto de forma individual, envases primarios, secundarios, y terciarios si correspondieren; y en los casos que el producto sea controlado también deberá llevar la inscripción SUJETO A CONTROL, además de los demás requisitos que ayuden a la correcta identificación del medicamento.
- Los productos deberán entregarse sin cajas individuales en bandejas de cartón, envueltos en PVC termo contraíbles a excepción de los fotosensibles y casos especiales que por la naturaleza de las mismas y mejor conservaciones deben poseer cajas individuales. Para las formas farmacéuticas liquidas (jarabes, suspensiones y/o polvo para suspensión extemporánea) deben presentarse en envases secundarios con sus dosificadores correspondientes.
- Por cada paquete deberá ir pegado o sellado o impreso un rotulo en el cual se observen los siguientes datos:
a- Nombre del Proveedor
b- Nombre genérico del artículo
c- Forma farmacéutica del artículo
d- Concentración del producto
e- Cantidad del artículo que se encuentra en el paquete
f- Licitación a la cual corresponde dicha entrega
Esta rotulación deberá estar situada en el paquete de tal forma que no impida la visualización de los datos que aparezcan en los artículos.
- En caso de los comprimidos, los blíster o tiras deberán poseer impreso la identificación por cada blíster, de modo a poder facilitar la identificación del medicamento.
- El envase primario de los productos a ser entregados deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes en el MSP y BS.
- Los proveedores deberán entregar las cargas en el Departamento de Suministro Parque Sanitario, debidamente paletizadas con film strech (película extensible), esquinero de cartón multi laminado o prensado y cobertura superior de cartón.
- Los datos de Lote y Vencimiento de Formas Farmacéuticas líquidas (jarabes, gotas, colirios, antisépticos etc.) deben estar indicados en el frasco.
- Cuando un proveedor deba entregar varios productos, deberá tener en cuenta que los artículos estén perfectamente diferenciados entre ellos (color de impresión, tipo de letra etc. en blíster, tiras, jarabes, ampollas etc.), a fin de evitar confusiones al momento de la expedición y/o dispensación.
Presentación de productos para la entrega en Departamento de Suministro Parque Sanitario según corresponda.
Productos refrigerados: Cajas o bandejas por 50 unidades, con separadores. En las condiciones establecidas para el transporte de productos termolábiles.
Todos los productos a ser entregados en el Departamento de Suministros Parque Sanitario, deberá ir acompañado de la documentación requerida, conforme al caso:
Con cada entrega el Departamento de Suministro emitirá:
- El Acta de Recepción Provisoria: dentro de las 48 horas posteriores a la entrega de los productos al Departamento de Suministro.
- El Acta de Recepción Final de los productos aprobados, dentro de los 15 días posteriores a la entrega en el Departamento de Suministro.
- De acuerdo a las observaciones o discrepancias que emerjan en el proceso de recepción, serán solicitados documentos que ayuden a esclarecer las discrepancias, a los efectos de buscar una solución adecuada para lograr la recepción definitiva con los documentos que correspondan, en caso de que no satisfagan serán rechazados y comunicados al administrador del contrato para su atención.
- En caso de ser rechazado el medicamento por no cumplir alguna Especificación Técnica, el proveedor tendrá 3 (tres) días hábiles para la reposición de dichos medicamentos.
- En caso de reincidencia será el Departamento de Suministro comunicara lo acontecido a la Administradora del contrato y los antecedentes serán remitidos a la DNCP.
Documentos de entrega:
Los medicamentos se darán por entregados con la/s Nota/s de Remisión/es. Estos documentos deberán contener los siguientes detalles:
Los documentos originales quedarán en poder de la convocante y una copia de los mismos con el oferente.
El Jefe de Adquisiciones, la Jefa de Suministro de la DGSP; el Jefe del Parque Sanitario y Fiscalizador de la DGSP serán responsables de la recepción de los dispositivos médicos, y de verificar al momento de la entrega de los siguientes:
a) El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, según lo pactado en el contrato, teniendo en cuenta todos los documentos integrantes del mismo;
b) Verificar que la marca, procedencia sean de la marca y origen adjudicados, según el contrato y demás documentos integrantes del mismo.
c) De que el documento de Entrega (Nota de remisión) reúna todas las formalidades establecidas.
Si al momento de la entrega, los responsables verifiquen alguna inconsistencia, deberán labrar un acta, detallando puntualmente los motivos del rechazo y/o observación, dicho documento debe ser entregada en copia al responsable de la ejecución del contrato, dicha fecha no podrá ser considerada, el administrador del contrato deberá realizar las gestiones pertinentes conforme a las normativas que rigen la Ley de compras.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Primario: Los envases primarios deben cumplir con las condiciones de conservación adecuada de los medicamentos conforme a la naturaleza de los principios activos como ser Blíster Al/Al o Al/PVC, Frascos, Frasco Ampolla, Ampolla (de Vidrio, Pead, Plástico, etc.), frascos de vidrio obscuro, etc.
Envase Secundario: Caja que contiene al envase primario y pueden ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga; Se podrá entregar solo con el envase Primario, en el caso de Comprimidos, Capsulas, Tabletas, en paquetes por 10 blíster (comprimidos/ Capsulas o Tabletas) fardo por 100 blíster (comprimidos/ Capsulas o Tabletas) envuelto con papel film. Cada fardo debe contar con prospectos, rotulado con el Nombre Genérico del Medicamento, Concentración, forma Farmacéutica y la denominación del llamado, cada blíster debe llevar impreso con tinta indeleble la descripción de USO EXCLUSIVO DEL HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO.
Para mantener la cadena de frio de los productos que lo requieran podrán mantener el requisito de etiquetado del producto con la inscripción USO EXCLUSIVO DEL HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO en el envase secundario, incorporando mecanismos de inviolabilidad adicionales (precintos, sellos), evitando manipular el embalaje primario.
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo.
Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda FRÁGIL, en el caso de que así lo sean.
En caso de productos cuyos envases contengan tiras o blíster, frasco ampolla o ampolla, las mismas deberán ser resistentes, con divisiones internas, de forma que permitan la mejor conservación y transporte.
Los frascos ampollas y sachets para administración directa deberán contar con el soporte para colgar al momento de su goteo.
Tanto en el envase primario y secundario deberá llevar la inscripción USO EXCLUSIVO DEL HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La convocante se reserva el derecho de realizar pruebas de control de calidad en cualquier momento que lo considere necesario o en su caso el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
En caso de registrarse los controles de calidad, se realizaran en forma aleatoria y una vez retirado y entregado el producto a la institución que realizara los controles, será comunicado al proveedor por nota. El costo de los análisis y los muestreos deben ser abonados por el proveedor del producto, ademas la empresa adjudicada debera reponer la cantidad de productos que fue retirado en el muestreo, sin costo para la convocante en un plazo no mayor a 72 horas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Contrato N°.... |
Orden de Compra / Nota de Remisión |
5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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