Solicitamos a la Convocante tenga a bien modificar el sistema de adjudicación de: por Lote, a Por ITEM. Cabe recordar que la Gob. de Paraguari ya había implementado ese sitema en el llamado con ID n° 403699, en la misma categoría: 17, publicado en fecha, 27/11/21. Además, ese sistema se adecua a lo estipulado en la Ley 2051/21 y, de lo que establece la CN, capitulo IX, seccion I, Art. 107. (Libertad de Concurrencia)
Solicitamos a la Convocante tenga a bien modificar el sistema de adjudicación de: por Lote, a Por ITEM. Cabe recordar que la Gob. de Paraguari ya había implementado ese sitema en el llamado con ID n° 403699, en la misma categoría: 17, publicado en fecha, 27/11/21. Además, ese sistema se adecua a lo estipulado en la Ley 2051/21 y, de lo que establece la CN, capitulo IX, seccion I, Art. 107. (Libertad de Concurrencia)
Para el sistema de adjudicación establecido hay que tener en cuenta en primer lugar, las necesidades propias de nuestra institución, sumado al escaso presupuesto con que se cuenta. Dicho esto, la entidad no tiene los recursos suficientes para hacer frente a las necesidades absolutas de toda la población. Es por ello que el listado de medicamentos a adquirirse se realiza en base a dichas necesidades, resaltándose aquellos que son de uso común en la población en general y de bajo costo puesto que, si se seleccionase un medicamento con alto poder adquisitivo, se estaría utilizando casi la totalidad del presupuesto solo para ese medicamento, dejando de lado las oportunidades para la población en general. Considerando lo expuesto y, teniendo en cuenta los principios de Economía y Eficiencia, Igualdad y Libre Competencia así como el de Razonabilidad y Pertinencia que la Convocante debe aplicar indefectiblemente a todo proceso de licitación, la entidad realiza la agrupación de medicamentos por lotes dependiendo de las especialidades, donde los ítems se encuentran perfectamente agrupados con miras a lograr la adquisición absoluta de todos los ítems, descartando la posibilidad de que sea declarado como desierto un solo ítem, como ha ocurrido en periodos de gobiernos anteriores. Para la Convocante, resulta un riesgo que cualquiera de los ítems sea declarado desierto sumado a que ha ocurrido en periodos anteriores que empresas adjudicadas con un solo ítem, han desistido de realizar las provisiones de referencia, dejando esto con una problemática de índole social a esta entidad y sin posibilidades de brindar una asistencia integral a las personas que acuden hasta la Secretaría de Salud de la Gobernación de Paraguarí, donde se realiza la atención de salud con profesionales y que incluye la provisión de medicamentos, todo de forma gratuita.
22
LOTE ITEM 9
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR LA COLUMNA DE FORMA FARMACÉUTICA A CÁPSULAS, YA QUE EN LA DESCRIPCIÓN DEL BIEN DICE CEFALEXINA CÁPSULAS.
Se ha realizado todas las modificaciones a la Planilla de Precios en el SICP, así como en las Especificaciones Técnicas de acuerdo a las necesidades de la Institución.
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LOTE 2 ITEM 22 Y 23
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 22, donde dice Fórmula SULFOGUAYACOLATO DE POTASIO 150MG/5ML+OXOLAMINA CLORATO 37,5MG/ML.
Y EL ITEM 23 donde dice: FÓRMULA PARACETAMOL+PSEUDOEFEDRINA+CLORFENIRAMINA MALEATO, para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que el Sistema de Adjudicación es por LOTE, y solamente existe un LABORATORIO que pueda cumplir con lo requerido en el mismo.
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 22, donde dice Fórmula SULFOGUAYACOLATO DE POTASIO 150MG/5ML+OXOLAMINA CLORATO 37,5MG/ML.
Y EL ITEM 23 donde dice: FÓRMULA PARACETAMOL+PSEUDOEFEDRINA+CLORFENIRAMINA MALEATO, para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que el Sistema de Adjudicación es por LOTE, y solamente existe un LABORATORIO que pueda cumplir con lo requerido en el mismo.
Se ha realizado todas las modificaciones a la Planilla de Precios en el SICP, así como en las Especificaciones Técnicas de acuerdo a las necesidades de la Institución.
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lote 1: item 21 y lote 2: item 8
solicitamos de manera respuetuosa a la convocante modificar la formula de los items 2 (Lote 8), item 21 (lote1) ya que dichos productos corresponden a formulas únicas registradas en el mercado, lo cual atenta contra la libre competencia establecida en el art. 4, ley 2051
solicitamos de manera respuetuosa a la convocante modificar la formula de los items 2 (Lote 8), item 21 (lote1) ya que dichos productos corresponden a formulas únicas registradas en el mercado, lo cual atenta contra la libre competencia establecida en el art. 4, ley 2051
Se ha realizado todas las modificaciones a la Planilla de Precios en el SICP, así como en las Especificaciones Técnicas de acuerdo a las necesidades de la Institución.