Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
N° ITEM |
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
1 |
COBERTURA DE COBRO DE TASA DE EMBARQUE NACIONAL E INTERNACIONAL |
SEGURO DE CAUCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
Gs. 10.385.880.000 (Guaraníes Diez Mil Millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos ochenta) |
Sin Franquicia |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
RIESGOS A COTIZAR Y MONTO DE LA COBERTURA.
La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) ha suscrito un convenio con cada una de las Aerolíneas que operan en el Territorio de la República, en virtud del cual éstas se comprometen a gestionar el cobro de las sumas correspondientes a las Tasas de embarque Nacional e Internacional a cada pasajero que adquiera un ticket de pasaje aéreo.
En tal sentido, en virtud a la cláusula SEPTIMA del convenio, cada Compañía Aérea se compromete a abonar mensualmente el importe cobrado conforme a la Planilla Resumen de Pasajeros embarcados en el mes, siendo el cumplimiento de este compromiso, el que se pretende asegurar mediante la contratación de una póliza de caución.
En efecto, la póliza de caución que se pretende contratar, deberá asegurar el pago a esta Contratante, de las sumas generadas por el cobro de las Tasas de embarque Nacional e Internacional a cada pasajero que adquiera un ticket de pasaje aéreo.
SUMA ASEGURADA: La suma máxima garantizada por la presente póliza es de U$S 1.420.000. al tipo de cambio del BCP del día 09/10/2023 Gs 10.385.880.000, deberá entenderse como suma nominal y constituirá el límite de la responsabilidad del Asegurador en caso de siniestro.
Las disposiciones del Código Civil y demás leyes se aplicarán en las cuestiones no contempladas en este contrato y en cuanto ellas sean compatibles.
El procedimiento para configurar el siniestro, será el siguiente:
- Vencido el plazo para el pago y cancelación por la Compañía Aérea, establecido en el contrato, la DINAC intimará por un plazo de 24 horas, el pago de las sumas adeudadas. Esta intimación se hará con copia a la Aseguradora.
- Vencido este plazo sin que la Compañía Aérea haya hecho efectivo el pago de la suma adeudada, quedará configurado el siniestro.
-La DINAC informará a la Aseguradora, la configuración del siniestro, dentro de los 3 días hábiles siguientes, debiendo ésta responder por el mismo.
- La Aseguradora abonará las sumas adeudadas, más el interés generado hasta la fecha del pago por la Aseguradora, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la configuración del siniestro.
- GASTOS NECESARIOS PARA VERIFICAR Y LIQUIDAR. Los gastos necesarios para verificar el siniestro y liquidar el daño indemnizable son a cargo del Asegurador y podrá recuperar los mismos de las compañías aéreas que ocasionaron el siniestro.
- SUBROGACIÓN. Los derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al Asegurador hasta el monto de la indemnización abonada.
Aerolíneas Obligadas:
-Transporte Aéreo del Mercosur
-Compañía Panameña de Aviación COPA AIRLINES
-Aerolíneas Argentinas
-Air Europa S.A.U.
-Aerovías del continente Americano AVIANCA
-Gol Linhas Aéreas
-Compañía de Aviación Paraguaya S.A. PARANAIR
-Jet Smart Airlines S.A.-
El plazo de vigencia de la cobertura: la responsabilidad del asegurador comienza desde la firma del contrato hasta 12 meses.
Lugar de entrega de las pólizas: Gerencia Administrativa de la SDAF sito 3er piso Edificio Ministerio de Defensa Nacional.
OBS: El tipo de cambio que se tomó de la cotización del BCP del día 09/10/2023.
Obedece a la necesidad de asegurar los valores cobrados por las distintas aerolíneas en concepto de tasas de embarque.
Corresponde a un llamado periódico anual correspondiente al Ejercicio 2023
Las especificaciones técnicas están elaboradas en base a las necesidades de la Institución.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
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La Póliza, con su respectiva cobertura deberá ser entregada a la DINAC por parte del Adjudicado, en un plazo no mayor de 10 días calendarios a partir de la firma del contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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