Si bien existe en el mercado equipos con volúmenes superiores a 5000 escaneos diarios en el rango referencial solicitado y, teniendo en cuenta la participación de mayor numero de oferentes, la convocante decide reducir el volumen mínimo a 4000 escaneos al día. Ver Adenda y última versión del PBC.
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Funcionalidades mínimas del ITEM 2
Con respecto a las funcionalidades mínimas, estas características actuales son demasiado específicas y parecen favorecer a una sola marca o modelo de escáner. Esto podría limitar la competencia y potencialmente excluir a otros proveedores que ofrecen escáneres de igual o superior calidad.
Por lo tanto, se solicita el punto de FUNCIONALIDADES MÍNIMAS se modifiquen para ser más genéricas, permitiendo así una mayor variedad de modelos y mas participación de otros oferentes.
Con respecto a las funcionalidades mínimas, estas características actuales son demasiado específicas y parecen favorecer a una sola marca o modelo de escáner. Esto podría limitar la competencia y potencialmente excluir a otros proveedores que ofrecen escáneres de igual o superior calidad.
Por lo tanto, se solicita el punto de FUNCIONALIDADES MÍNIMAS se modifiquen para ser más genéricas, permitiendo así una mayor variedad de modelos y mas participación de otros oferentes.
Las especificaciones técnicas solicitadas en el PBC corresponden a varias marcas que existen en el país, la institución ya cuenta con escáneres que cumplen con las especificaciones solicitadas, hacerlas más genéricas implicaría bajar los requerimientos para los que se solicitan por lo que las especificaciones se mantienen con las modificaciones específicas realizadas por otros potenciales oferentes en consultas anteriores a esta. Ver Adenda y última versión del PBC.
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/* Especificaciones Técnicas, Ítem N ° 2.
En el PBC, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se establece:
“Escáner de alta velocidad para escritorio, Velocidad mínima de 60 ppm".
Solicitamos a la convocante, que sean aceptados equipos con velocidad de escaneo de 50 ppm/100 ipm como mínimo, considerando que la diferencia es mínima y los valores estandarizados para escáneres con el ciclo de trabajo diario como el solicitado en este llamado, se encuentran a partir de este valor, lo cual resulta adecuado para la mayoría de las aplicaciones de digitalización. Con este cambio, la convocante tendrá la oportunidad de recibir más ofertas de potenciales oferentes.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
En el PBC, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se establece:
“Escáner de alta velocidad para escritorio, Velocidad mínima de 60 ppm".
Solicitamos a la convocante, que sean aceptados equipos con velocidad de escaneo de 50 ppm/100 ipm como mínimo, considerando que la diferencia es mínima y los valores estandarizados para escáneres con el ciclo de trabajo diario como el solicitado en este llamado, se encuentran a partir de este valor, lo cual resulta adecuado para la mayoría de las aplicaciones de digitalización. Con este cambio, la convocante tendrá la oportunidad de recibir más ofertas de potenciales oferentes.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
La solicitud de velocidad mínima de 45 ppm es adecuada a las necesidades de la institución, se considerará "Velocidad mínima de 45 ppm o superior". Ver Adenda y última versión del PBC.
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/* Especificaciones Técnicas, Ítem N ° 2.
En el PBC, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se establece:
“Escáner de alta velocidad para escritorio, Modo documentos largos hasta 5.000 mm o superior".
Solicitamos a la convocante, que sean aceptados equipos con capacidad de digitalización de documentos largos hasta 118”(3000mm), considerando que esto resulta suficiente para la mayoría de las aplicaciones de digitalización de documentos por lo que exigir longitudes superiores no es técnicamente indispensable y solo limita la participación de potenciales oferentes y direcciona las especificaciones técnicas hacia un determinado fabricante.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
En el PBC, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se establece:
“Escáner de alta velocidad para escritorio, Modo documentos largos hasta 5.000 mm o superior".
Solicitamos a la convocante, que sean aceptados equipos con capacidad de digitalización de documentos largos hasta 118”(3000mm), considerando que esto resulta suficiente para la mayoría de las aplicaciones de digitalización de documentos por lo que exigir longitudes superiores no es técnicamente indispensable y solo limita la participación de potenciales oferentes y direcciona las especificaciones técnicas hacia un determinado fabricante.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder una variedad en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.