Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios". |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyente de IRE GENERAL.
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 2 últimos años (2021, 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 2 últimos años (2021, 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 2 últimos años, no deberá ser negativo (2021, 2022).
Observación: en caso de Consorcios, todos los integrantes deben cumplir con los índices mínimos requeridos.
Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.(2021, 2022).
Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022).
Contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses del ejercicio fiscal año 2023.
En caso de Consorcios; se deberá indicar en la oferta cual es el líder del mismo quien deberá cumplir con al menos el 60%de los criterios de calificación, y 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura. |
b. Balance General y Cuadro de Resultado de los años 2020 y 2021 para contribuyente de IRE GENERAL |
c. Formulario del IRE de los últimos dos años 2020 y 2021 para contribuyentes del IRE SIMPLE. |
d. Formulario de los últimos dos años 2020 y 2021 para contribuyentes de Renta Personal. |
e. Formulario de IVA, últimos 6 (seis) meses del ejercicio fiscal año 2023 para contribuyentes del IVA General. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Existencia legal y habilitación en el rubro: Existencia legal de por lo menos tres (3) años de antigüedad. Esto se comprobará con la presentación de una copia de los estatutos sociales o extracto de los mismos, en el que indique:
nombre o razón social, tipo de sociedad, fecha de constitución, domicilio, objeto, duración y capital. En el caso de firmas unipersonales, se tendrá en cuenta la fecha de inscripción el registro único de contribuyente. -Habilitación en
el rubro de informática/sistema y redes. a verificarse a través de la Constancia de RUC emitida por la Sub Secretaria de Estado de Tributación.
Demostrar la experiencia en provisión de servicios relacionados en este rubro por cada lote a cotizar, tanto en el sector público y/o privado con facturaciones de servicios y recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total de cada lote ofertado en el presente llamado, de los: años 2022 y 2023, para alcanzar el volumen promedio mínimo requerido, se podrá presentar la cantidad de facturas que fuere necesario de los mencionados años.
CONSORCIOS: Para los consorcios, indicarse en la oferta cuál es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación de experiencia, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
2. Copia de los estatutos sociales o Constancia de RUC emitida por la SET según su naturaleza. |
3. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
PARA LOTE 1, 4 y 5
-Referencias de clientes, tanto con instituciones públicas como privadas, de haber cumplido satisfactoriamente con la Reparación y mantenimiento de equipos informáticos.
-Contar con la Capacidad técnica para prestar los servicios solicitados y el personal técnico calificado para asesoramiento técnico y ejecución de los servicios requeridos.
PARA LOTE 2 y 3
-Referencias de clientes, tanto con instituciones públicas como privadas, de haber cumplido satisfactoriamente con la Reparación y mantenimiento de equipos informáticos.
-Contar con la Capacidad técnica para ejecutar los servicios requeridos y el personal técnico calificado para asesoramiento técnico y ejecución de los servicios requeridos.
-Documento de certificación , que cuenta mínimamente con 1(un) personal técnico para reparar la marca, el cual deberá contar con el Certificado de Técnico.
- Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como representante de la marca a reparar y brindar la asistencia técnica del mismo. Para Distribuidor Autorizado: Documentación expedida por el Distribuidor que los acredite como empresa autorizada para la reparación de la marca.
PARA LOTE 1, 4 y 5
1. Cartas de Referencias de clientes, tanto con instituciones públicas como privadas.
2. Declaración Jurada donde manifieste contar con la capacidad técnica el personal técnico calificado para prestar los servicios solicitados.
PARA LOTE 2 y 3
1. Cartas de Referencias de clientes, tanto con instituciones públicas como privadas.
2. Declaración Jurada donde manifieste contar con la capacidad técnica para prestar los servicios solicitados.
3. Declaración Jurada donde manifieste que cuenta mínimamente con 1 (un) personal técnico capacitado para reparar la marca con la copia del Certificado correspondiente.
4. Autorización por el Fabricante que los acredite como representante de la marca a reparar y brindar la asistencia técnica del mismo. Para Distribuidor Autorizado : Documentación expedida por el Distribuidor que los acredite como empresa autorizada.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en la carta de invitación del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.