El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
GERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA CAJA BANCARIA
DEBIDO A QUE LA SEDE SOCIAL CUENTA CON UNA PISCINA PARA LOS AFILIADOS JUBILADOS Y ACTIVOS ES DE
INPREDECIBLE NECESIDAD EL MANTEMINIENTO DE LA PISCINA EN CONDICIONES OPTIMAS
EL LLAMADO CORRESPONDE A UNA NECESIDAD CONTINUA
LAS EETT SE ADAPTAN AMPLIAMENTE CONFORME A LOS REQUERIMIENTOS PARA EL USO Y CUIDADO DE LA
PISCINA DE LA SEDE SOCIAL DE LA CAJA BANCARIA
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item |
Descripción |
Especificaciones Técnicas |
1 |
Cloro Granulado |
El Cloro Granulado Composición, es un compuesto químico de color blanco, granulado; que se obtiene por una reacción química de cloro gas con cal hidratada seleccionada, es un oxidante fuerte, es higroscópico; Es un producto utilizado para la desinfectación de piscinas, de Aspecto: Solido Granulado de color blanco. Presentación: balde. Sustancia Activa: Hipoclorito de Calcio al 70%. |
2 |
Clarificante |
Es un producto líquido formulado en base de Polielectrolito Catiónico es utilizado para clarificar las aguas, que tienen una turbidez, que el filtro ya no puede retirar. Esta turbidez es generada por las partículas que están dispersas en ella y la función del Clarificante Floculante es reunir las partículas en suspensión para obtener partículas de mayor tamaño, las que por su peso, se depositan en el fondo. De este modo el agua queda transparente y lista para el proceso del filtrado. Presentación en botellas. |
3 |
Reductor PH (-) |
Es un producto líquido formulado a base de ácido clorhídrico, cuando el mismo se encuentra por encima del valor 8, es decir, el pH del agua es alcalina. El pH es una medida química que refleja, por ejemplo, si el agua es neutro, ácido o alcalino. Lo ideal es mantener el pH entre 7 y 7,4 (neutro), de manera que podamos garantizar la efectividad del tratamiento específico que se realice y para mantener la seguridad de los bañistas, Presentación en botellas. |
4 |
Elevador de PH (+) |
Es un producto líquido formulado a base de hidróxido de sodio cuando el mismo se encuentra por debajo del valor 7, es decir, el pH del agua es ácida. Lo ideal es mantener el pH entre 7 y 7,4 (neutro), de manera que podamos garantizar la efectividad del tratamiento específico que se realice y para mantener la seguridad de los bañistas. Presentación en botellas. |
5 |
Sulfato de aluminio |
Es un producto químico de sulfato de aluminio AI2 (SO4)3, Peso molecular: 342.3, concentración: 17%. Sinónimo: Alumbre. Soluble en agua, insoluble en alcohol, sabor dulce, estable en el aire. Tipo B, se produce a partir de bauxita o arcilla, con un alto contenido de alúmina. Presentación balde. |
6 |
Alguicida |
Es un componente químico de Cloruro de Benzalconio. Su función principal es tratar el agua para piscina eliminando las algas y materias orgánicas que se forman con el uso de la piscina Presentación en botella. |
7 |
Limpia Borde (desengrasante) |
Limpia Borde (desengrasante) no espumante limpiador especial para las paredes de la piscina, de color translucido Densidad 20° C: 1,05g/cc, PH (concentrado 20°: 6, Composición: alcohol graso etoxilado, butil, glicol, amonio cuaternario y agua, Presentación en botella. |
8 |
Sulfato de Cobre |
Es un producto quimico de sulfato de cobre 98% mínimo pentahidratado Cu SO4.5H2O, Peso molecular: 249,68g/mol, Color: azul sin olor. Presentación en balde. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Item | Descripción | Cantidad | Unidad de Medida | LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES | FECHA FIN DE EJECUCION DE LOS BIENES |
1 | Cloro Granulado | 1 | kilogramos | SEDE SOCIAL CAJA BANCARIA QUINTA YKUA YVUMI- AVENIDA STA TERESA ESQ DR. CABALLERO | EL TIEMPO DE ENTREGA SERA DE 24 HORAS LUEGO DE LA EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA |
2 | Clarificante | 1 | Litros | ||
3 | Reductor PH (-) | 1 | Litros | ||
4 | Elevador de PH (+) | 1 | Litros | ||
5 | Sulfato de aluminio | 1 | kilogramos | ||
6 | Alguicida | 1 | Litros | ||
7 | Limpia Borde (desengrasante) | 1 | Litros | ||
8 | Sulfato de Cobre | 1 | kilogramos |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Según lo indicado en el orden de servicio o orden de compra |
Observación: Los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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