El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción |
Especificaciones técnicas |
Presentación |
1 |
Balanceado para Ganado Bovinos (forraje ternero Desmamantes) |
COMPOSICIÓN NUTRICIONAL |
Bolsas de 50 Kgrs. |
Proteína bruta (min) 19,00 % |
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Fibra Bruta (max) 12,00 % |
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Extracto etéreo (min) 3,00 % |
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Minerales totales(max) 9,00 % |
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Humedad máx) 13,00 % |
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Fosforo 0,55% |
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Calcio 0,80 % |
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incluida la estiba de los balanceados |
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Fosforo Total 0,55 % |
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2 |
Balanceado para ganado Equino |
COMPOSICIÓN NUTRICIONAL |
Bolsas de 50 Kgrs. |
Tenor Min. de Proteina Bruta 15% |
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Tenor Min. Extracto Etereo 3,5% |
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Tenor Max.de fibra Bruta 15,0% |
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Tenor Minerales Totales 9,0% |
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Tenor Max.de Humedad 13,0% |
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Tenor Calcio 1,2% |
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Tenor Fosforo 0,60% |
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incluida la estiba de los balanceados |
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3 |
Forraje para Novillo Integral |
Proteína bruta (min) 16,00 % |
Bolsas de 50 Kgrs. |
Fibra Bruta (max) 12,00 % |
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Extracto etéreo (max) 8,00 % |
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Tenor Minerales Totales 9,0% |
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Tenor Max.de Humedad 13,0% |
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Calcio (max) 0,80% |
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Fosforo Total 0,60 % |
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incluida la estiba de los balanceados |
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4 |
Forraje Ternero Destete Precoz |
COMPOSICION NUTRICIONAL |
Bolsas de 50 Kgrs. |
Proteína bruta (min) 21,00 % |
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Fibra Bruta (max) 12,00 % |
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Extracto etéreo (max) 4,00 % |
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Minerales totales(max) 5,60 % |
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Calcio (max) 1,10% |
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Fosforo Total 0,65 % |
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incluida la estiba de los balanceados |
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5 |
Sal proteica para bovinos (TERNEROS) |
COMPOSICIÓN NUTRICIONAL(x Kg/Producto) |
Bolsas de 25 Kgrs. |
HIERRO: 300MG |
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COBRE: 375 MG |
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ZINC: 936MG |
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MAGANESO: 364 |
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COBALTO:24MG |
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YODO: 18MG |
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SELENIO: 2.25MG |
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AZUFRE: 2 GRS |
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CALCIO: 4% |
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FOSFORO: 1,3% |
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T.D.N. (ENERGIA): 35 % |
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PROTEINA BRUTA: 35% |
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C.PS. CLORURO DE SODIO Y MELASA |
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incluida la estiba de los balanceados |
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6 |
Sal proteica para Bovinos (ADULTOS) |
COMPOSICIÓN NUTRICIONAL(x Kg/Producto) |
Bolsas de 25 Kgrs. |
CALCIO: 47GR. |
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FOSFORO: 21 GR. |
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AZUFRE: 9 GR. |
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HIERRO: 567 MG. |
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COBRE: 198 MG. |
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ZINC: 1170 MG. |
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MANGANESO: 990 MG. |
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COBALTO: 12MG |
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SELENIO: 6,30 MG. |
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PROTEÍNA BRUTA: 60% |
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TND : 45% |
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incluida la estiba de los balanceados |
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7 |
Balanceado para porcino |
El alimento balanceado será utilizado para la alimentación de animales de laboratorio, criados en el Bioterio del SENACSA |
Bolsa de 25 kg como mínimo |
8 |
Balanceado para conejo |
Alimento balanceado para cobayos Niveles nutricionales por Kilogramo: |
Bolsa de 25 kg como mínimo |
De acuerdo a las especificaciones arriba citadas, las etiquetas de los envases de los alimentos deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar lo siguiente:
1- Denominación del alimento
2- Peso Neto
3- Datos del elaborador.
4- Lote y Fecha de vencimiento.
6- Periodo de validez mínimo 3 (tres) meses desde su fabricación.
7- Condiciones de conservación, cuando corresponda.
8- Datos del Importador, en caso de productos importados.
9- Información Nutricional.
10- Número de registros del producto
MODALIDAD DEL CONTRATO.
Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO por montos
Monto Mínimo: G. 680.330.000
Monto Máximo: G. 1.360.660.000
Identificación del Nombre , Cargo y Dependencia de la Institución quien solicita el llamado a ser publicado | ||||||||||
Ing. Agr. Fernando Daniel Criscioni Vera, Encargado de Despacho de la Unidad de Estación de Aislamiento Dr. Manuel Adrián Barboza González, Director General de Laboratorios |
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Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada | ||||||||||
El presente llamado se realiza a fin de suplementar el alimento del plantel de semovientes de la Estación de Aislamiento Asegurar los trabajos de control de biológicos que se realizan dentro de los Laboratorios de Diagnóstico Veterinario del SENACSA. |
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Justificación de la Planificación | ||||||||||
El llamado responde a una necesidad permanente y se realiza a fin de suplementar en forma correcta el alimento de los semovientes El llamado solicitado responde a la necesidad de asegurar la provisión de alimentos para los Animales criados dentro del Bioterio de la DIBELAB - SENACSA, para dar continuidad a los trabajos de Control de Biológicos (Vacunas) que se ejecutan dentro de los Laboratorios de Diagnóstico Veterinario del SENACSA |
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Justificación de las Especificaciones Técnicas establecidas | ||||||||||
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas en base a las necesidades de la Institución. Asegurar el cumplimiento de los ensayos laboratoriales, garantizando la competitividad de diagnóstico para la sanidad animal, brindando servicios confiables y eficientes, en tiempo y forma, afirmar la calidad e inocuidad de los productos, siguiendo los estándares y requisitos establecidos por los organismos nacionales e internacionales y contribuir a facilitar la exportación de los productos pecuarios |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
A partir de la fecha de suscripción del Contrato formalizado al Proveedor, y a través de Órdenes de Provisión emitidas por el Departamento de Administración de Contratos de la Dirección Operativa de Contrataciones; de acuerdo a las necesidades.
El plazo máximo de entrega de cada Orden de Provisión será de 6 (seis) días hábiles a partir de la fecha de recepción de las mismas por el proveedor. Conforme se solicite en cada Orden, los ítems 1 al 6 deberán entregarse en la Estación de Aislamiento Quyquyho, Departamento Paraguarí y la recepción quedará a cargo de los responsables de la Dirección de Depósito de Bienes e Insumos y/o personas designadas para tal efecto, previo acuerdo común entre las partes en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs. Los Ítems N° 7 y 8 deberán entregarse en la Dirección General de Laboratorio del SENACSA, en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs. (sito Calle Ciencias Veterinarias N° 265 c/ Ruta Mcal. Estigarribia Km 10 ½ - San Lorenzo) y la recepción quedará a cargo de los responsables de la citada Dirección, funcionarios de la Dirección de Depósito de Bienes e Insumos y/o personas designadas para tal efecto El PROVEEDOR se responsabilizará de la eficiente provisión de los productos adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos
Correrá a su exclusivo cargo y por su cuenta las sustituciones que correspondan cuando se observasen deficiencias y el SENACSA rechace dichos bienes vencidos, defectuosos, o incompletos. La contratante se reserva el derecho de realizar a través de los responsables que se encuentren facultados para realizar el control de calidad de los productos adjudicados y a ser proveídos, tales como verificación de la fecha de fabricación y de vencimientos, el buen estado de los forrajes en general, las condiciones de transporte, de modo a que los bienes no sea alterado en su calidad, y cualquier otras inspecciones que las circunstancias lo requiera, de acuerdo al tipo de bienes adquiridos, en cualquier momento y por los medios idóneos que estime conveniente.
Habiendo cumplido el Proveedor con las observaciones del motivo del rechazo, se recibe de vuelta y se considera como una nueva entrega, se entiende que a partir de dicha entrega el proveedor cumple adecuadamente con los requisitos establecidos en los documentos contractuales; por lo que el mismo no le eximirá de las multas correspondientes en casos de atraso. En caso de la no recepción del suministro en el plazo establecido, salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificados, la Convocante procederá conforme a lo estipulado en el contrato.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez realizada la entrega de acuerdo al plan de entregas, se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes de acuerdo a las especificaciones técnicas, realizadas por técnicos de la Estación de Aislamiento o de la Dirección General de Laboratorios según corresponda, junto con los funcionarios designados por la Administración del SENACSA.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión e Informe de recepción |
Nota de Remisión e Informe de recepción |
El plazo máximo de entrega de cada Orden de Provisión será de 6 (seis) días hábiles a partir de la fecha de recepción de las mismas por el proveedor. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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