Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 ABASTECIMIENTO SIMULTANEO Teniendo en cuenta la envergadura de la licitación y la importancia del servicio licitado, solicitamos respetuosamente a la Convocante que el sistema de adjudicación se realice por abastecimiento simultaneo. Dicha modificación permitirá le ejecución satisfactoria del servicio licitado en tiempo y forma a más de incentivar la participación de potenciales oferentes, hecho que permitirá obtener precios más competitivos, garantizándose así el cumplimiento irrestricto de los principios cardinales que rigen las compras públicas (art. 4 de la Ley 2051/03) 13-09-2024
2 EXPERIENCIA REQUERIDA Se solicita a la Convocante modificar el siguiente requisito: “Experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de distribución de productos tales como medicamentos y/o servicios de logística con cobertura nacional, el mismo podrá verificarse a través de los Estatutos Sociales, Constancia de Inscripción en la SET". Esto, en atención a que resulta limitante requerir mínimamente 5 (cinco) años de experiencia como condición de participación. Favor modificar dicho requisito a 3 años como mínimo, dado que los requisitos documentales exigidos por vuestra entidad para acreditar dicha experiencia, y que se encuentran en el mismo apartado, corresponden únicamente a los últimos tres años (2021, 2022 y 2023). Hecho que evidencia que requerir 3 años de experiencia resulta suficiente para acreditar sobradamente dicha exigencia. Por tanto, solicitamos a la Convocante modificar el PBC a fin de evitar vulnerar el principio de igualdad y libre competencia. 13-09-2024
3 REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA La Convocante solicita cuanto sigue: “Copias de Contratos con sus facturaciones por servicios prestados…” Al respecto, solicitamos a la Convocante modificar dicha redacción e indicar que se permitirá acreditar la observancia de dicho requisito con copias de contratos y/o facturaciones”. Atendiendo a que la experiencia requerida se puede acreditar con presentación de contratos al igual que con la presentación de facturas y no solo con la presentación conjunta de dichas documentaciones. 13-09-2024
4 REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA En cuanto al siguiente requisito: “a. Listado de Recursos Humanos adjuntando Currículum Vitae (CV) y Registros conforme a lo solicitado”. Solicitamos gentilmente a la Convocante aclarar si el requisito en cuestión refiere a la lista de recursos humanos integro de la empresa o corresponde únicamente al personal que prestará servicios de distribución en el marco del presente proceso licitatorio. 13-09-2024
5 REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA En cuanto al siguiente requisito: “d. Declaración Jurada por la que manifiesta que presentará los títulos de propiedad de los camiones del oferente adjudicado y/o contrato de alquiler de vehículos nuevos cuyos kilometrajes de uso no sean superiores a 150 km. Formalizado ante escribano público que presentará si resultase adjudicado previo a la firma del contrato”. Se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito, esto, en atención a que el mismo resulta a todas luces improcedente. Cabe indicar que resulta de cumplimiento imposible que una empresa que se dedique al rubro de distribución cuente con camiones nuevos cuyo km no sea superior a 150 km. El Kilometraje requerido pone en evidencia el direccionamiento del llamado a una empresa en particular que ya cuenta con vehículos nuevos (nueve vehículos nuevos como requiere el PBC) y los tiene parados, sin uso, para poder ser la única empresa que pueda cumplir con dicha exigencia, pues claramente las demás empresas que nos dedicamos al rubro no podemos tener sin uso los mismos por la naturaleza misma del servicio prestado, ya que dicha situación implica pérdidas económicas incuantificables para la empresa. Es más, en el PBC se ha establecido que todos los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)”. Asimismo, se requiere que “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).” Entonces, es allí donde surge la siguiente interrogante: si los vehículos ya cuentan con la habilitación de la DINATRAN y con la respectiva certificación condiciones técnicas y de seguridad de cada vehículo ¿cuál es la justificación técnica y legal con la que cuenta el MSPyBS para requerir únicamente vehículos nuevos para realizar el servicio licitado?, ¿acaso no resulta suficiente acreditar que los vehículos a ser utilizados se encuentran habilitados y que cumplen con los demás requisitos para dedicarse el rubro objeto de la presente licitación?. Por tanto, se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito y adecuar los demás apartados del PBC que guardan relación con dicha exigencia a fin de evitar dilaciones al proceso con la interposición de protestas, ya que dicha exigencia se aparta de los dictados de la Ley N° 2051/03. 13-09-2024
6 SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el PBC se establece por un lado que los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)” por otro lado, indican: “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).” Al respecto, ¿consultamos a la Convocante si el hecho de contar con la habilitación de la DINATRAN no resulta suficiente aval de que los vehículos cumplen sobradamente con los requerimientos técnicos y seguridad para prestar el servicio licitado?, favor exponer el motivo por el cual también requieren que los vehículos cuenten con certificación ITV u otro. 13-09-2024
7 SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS- CONDICIONES TECNICAS Y DE SEGURIDAD PARA LOS VEHICULOS. En dicho apartado del PBC, la Convocante ha indico expresamente cuanto sigue: “La orden de servicio se emitirá 24 (veinte y cuatro) h. antes a la empresa contratista, el cual deberá garantizar la entrega de productos al destinatario correcto, en un plazo satisfactorio, como máximo 10 horas, desde la partida de los Parques SANITARIOS de la DGGIES a los lugares”. Se solicita a la Convocante que para ordenes de servicios superiores a 150 km el plazo sea como máximo 18 horas, esto teniendo en cuenta la distancia misma de varios lugares de distribución. El pedido halla sustento en la necesidad de garantizar la entrega del producto transportado en tiempo y firma, pues de no realizarse dicho ajuste en la franja horaria, los proveedores constantemente estarían incurriendo en retrasos involuntarios, pues ciertamente es la distancia misma la que imposibilitara efectuar la entrega en la franja actualmente establecida. Hecho que implicara la aplicación de multas para los proveedores de forma injustificada. Favor modificar el PBC en cuanto al punto. 13-09-2024
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