El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ADQUISICIÓN DE ANALIZADORES DE SANGRE PARA CIRUGÍAS CARDÍACAS - HOSPITAL GENERAL PEDIÁTRICO "NIÑOS DE ACOSTA ÑÚ" |
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Ítem | Producto | Especificaciones técnicas | |
1 | CARTUCHO PARA ANALIZADOR DE SANGRE |
Cartuchos de un solo uso de análisis portátil de Tiempo de Coagulación Activada a base de Celite o Caolin para monitorización de TCA previo, durante y posterior a la heparinización en CEC y ECMO. Con provisión de equipo lector portátil de mano, con un peso no superior a los 800 gramos, incluyendo la batería, en comodato. El equipo debe tener esta prestación (de mano), para su uso tanto en la UCI como en el Quirófano, en donde no se utiliza ninguna mesa o mueble de apoyo, debido al espacio reducido. El dispositivo debe venir equipado con procedimientos de control de calidad. De requerir conservación especial para los cartuchos el proveedor debe proveer el requerimiento adecuado. Deberá ir acompañado de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos en comodato solicitados, como provisión de insumos consumibles necesarios para el correcto desempeño de los mismos. El oferente deberá garantizar el funcionamiento de los equipos en comodato, en caso de falla de algún equipo deberá reemplazarlo en un lapso no mayor a 24 horas de haber reportado el incidente. El oferente garantizará la correcta capacitación y adiestramiento en el uso del equipo en todos los turnos que el servicio considere necesario. Con provisión de 2 (dos) equipos lectores en comodato. Se requerirá mantenimiento preventivo y correctivo obligatorio trimestral. En caso de desperfectos cuya reparación supere las 24 horas hábiles, el proveedor deberá proveer otro equipo en su reemplazo. |
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2 | CARTUCHO PARA ANALIZADOR DE SANGRE |
Cartuchos de un solo uso, para la determinación de análisis vital de sangre, método microelectrodo o microsensores, cuantitativo y simultáneo en sangre entera. Debe detectar e informar las siguientes determinaciones: pH, PCO2, PO2, Na, K, iCa, Hematocrito, HCO3, TCO2, BE, SO2 y Hemoglobina. Con provisión de equipo lector portátil de mano, con un peso no superior a los 800 gramos, incluyendo la batería, en comodato. El equipo debe tener esta prestación (de mano), para su uso tanto en la UCI como en el Quirófano, en donde no se utiliza ninguna mesa o mueble de apoyo, debido al espacio reducido. El dispositivo debe venir equipado con procedimientos de control de calidad. En el caso de que el equipo requiera contar con jeringas heparinizadas, las mismas deberán ser proveídas con el mismo. De requerir conservación especial para los cartuchos el proveedor debe proveer el requerimiento adecuado. Deberá ir acompañado mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos en comodato solicitados, como provisión de insumos consumibles necesarios para el correcto desempeño de los mismos El oferente deberá garantizar el funcionamiento de los equipos en comodato, en caso de falla de algún equipo deberá reemplazarlo en un lapso no mayor a 24 horas de haber reportado el incidente. El oferente garantizará la correcta capacitación y adiestramiento en el uso del equipo en todos los turnos que el servicio considere necesario. Con provisión de 2 (dos) equipos lectores en comodato. Se requerirá mantenimiento preventivo y correctivo obligatorio trimestral. En caso de desperfectos cuya reparación supere las 24 horas hábiles, el proveedor deberá proveer otro equipo en su reemplazo. |
VENCIMIENTO:
El vencimiento mínimo de los productos debe ser de 6 (seis) meses al momento de la entrega en el lugar indicado. Si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del articulo deberá ser autorizada por el Administrador del Contrato con previa conformidad de Servicio de Laboratorio beneficiado; además se deberá presentar Carta compromiso de canje y Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de ítem, la validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha de vencimiento del articulo a entregar.
Procedimiento de Entrega de Órdenes de Compra:
Las órdenes de compras serán comunicadas al Proveedor adjudicado vía correo electrónico, en formato Pdf.
En caso de que el Proveedor adjudicado no hiciera efectivo el retiro de la/s orden/es de compra/servicio, en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada por correo electrónico, se procederá a fecharlas, contándose ésta, como la fecha de recepción de la orden por parte del proveedor
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Lugar de Entrega: En los lugares indicados en las órdenes de compra. -
CRONOGRAMA DE ENTREGA
CANTIDADES MÍNIMAS:
v. 1RA. ENTREGA 50% DE LA CANTIDAD MÍNIMA: La emisión se hará una vez recibida el acta de puesta en funcionamiento del equipo y en base al pedido recibido del Servicio. El oferente tendrá un plazo de hasta 3 (TRES) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra.
v. SALDO DE LA CANTIDAD MÍNIMA: Conforme a la necesidad del servicio. El proveedor deberá entregar el bien solicitado dentro de los 20 (VEINTE) días calendario de haber retirado la Orden de Compra.
CANTIDADES MÁXIMAS:
Conforme a la necesidad del servicio. El proveedor deberá entregar el bien solicitado dentro de los 30 (TREINTA) días calendario de haber retirado la Orden de Compra.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los embalajes de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
Requisitos para la entrega de los productos adjudicados en los Parques Sanitarios Todos los productos adjudicados para su entrega deben tener la impresión USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, fecha de vencimiento y lote visible según la naturaleza del bien adquirido, con tinta de difícil remoción. Origen, marca, fabricante, presentación.
Además, los productos deberán ir acompañados del control de calidad del país de origen en el caso que el producto adjudicado sea de procedencia extranjera y en el caso que el producto sea de procedencia Nacional del fabricante del producto.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez realizada la entrega de acuerdo al plan de entrega, se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes. Se verificará que los bienes se ajustan a lo solicitado en las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
La primera Orden de Compra: será emitida dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores a la firma del contrato donde el Oferente tendrá un plazo de hasta 30 (TREINTA) días hábiles para la entrega efectiva de los bienes adjudicados contados a partir de la recepción de la Orden de Compra.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
1RA. ENTREGA 50% DE LA CANTIDAD MÍNIMA: La emisión se hará una vez recibida el acta de puesta en funcionamiento del equipo y en base al pedido recibido del Servicio. El oferente tendrá un plazo de hasta 3 (TRES) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra. |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SALDO DE LA CANTIDAD MÍNIMA: SALDO DE LA CANTIDAD MÍNIMA: Conforme a la necesidad del servicio. El proveedor deberá entregar el bien solicitado dentro de los 20 (VEINTE) días calendario de haber retirado la Orden de Compra. |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
CANTIDADES MÁXIMAS: Conforme a la necesidad del servicio. El proveedor deberá entregar el bien solicitado dentro de los 30 (TREINTA) días calendario de haber retirado la Orden de Compra. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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