El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
COLEGIO EXPERIMENTAL PARAGUAY BRASIL
ABG. ANDRES GUILLEN, JEFE DE DEPARTAMENTO DE CONTRATACIONES
SE JUSTIFICA EL PRESENTE LLAMADO, PARA CUBRIR LAS NECESIDADES MAS URGENTES DE LA INSTITUCION. LAS EE.TT
SON CONFORME A LAS NECESIDADES DE NUESTRA INSTITUCION S/ INFORME Y SOLICITUD DEL COORDINADOR DEL AREA DE INFORMATICA.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
DESCRIPCIÓN |
MÍNIMO SOLICITADO |
Tipo de Enlace y Servicios |
La conexión debe ser punto a punto LOGICA con Fibra Óptica (no se permiten accesos o tramos con tecnología inalámbrica o soluciones mixtas con cables de cobre). Enlace corporativo de internet con un ancho de banda de 120 Mbps como mínimo. |
Plazo de Servicio |
12 MESES |
Protocolo a ser Usado |
IP |
Disponibilidad |
Se solicita que a partir de la comunicación documentada vía E-mail de un Evento que reporta la pérdida del vínculo, el oferente restituya el servicio en un plazo no mayor a cinco horas. El soporte para la reparación debe estar disponible a cualquier hora ya que el tiempo de recuperación del vínculo arranca apenas comunicado el evento por el CEPB. El promedio mensual de disponibilidad del enlace debe ser de por lo menos 90% para este tipo de vínculo. |
Throughput |
El throughput debe ser lo contratado por el CEPB, es decir, si se contrata un ancho de banda de 120 Mbps, este debe ser sostenido el 100% del tiempo contratado. Esto se aplica para cualquier velocidad contratada. |
Routers |
Proveídos por el oferente para ambos extremos de la red para la prestación del servicio solicitado. |
Equipos e instalación |
Instalación de equipos terminales tipo routers. Se debe incluir para este servicio: configuración inicial, mantenimiento y soporte durante la vigencia del servicio. El equipo será del proveedor del Servicio y por lo tanto será de su exclusiva responsabilidad cualquier eventualidad con el mismo. La instalación y el mantenimiento de la fibra óptica y todos los equipos que implique la acometida de la misma, deberán ser cubiertas por el proveedor. |
Materiales |
Todos los elementos como cables de fibra óptica, conectores, cajas de acceso, equipos convertidores de señales ópticas, canaletas y servicios de acometida para ambos locales deben estar contemplados en la propuesta ya que se contrata un Servicio. |
Soporte Técnico |
El tiempo de atención efectiva de un reclamo durante días y horas hábiles no debe superar las 04 horas. En días no hábiles y en horarios no hábiles el tiempo de respuesta a un evento y su comunicación al encargado de guardia no debe superar las 06 horas. |
Licencias |
El oferente deberá presentar la Licencia de CONATEL vigente para el servicio de transmisión de datos vía Fibras Ópticas. |
Salidas Internacionales |
El oferente deberá contar con por lo menos 02 (dos) salidas internacionales respondiendo a la necesidad de la redundancia del servicio. Para esto, se deberá adjuntar el documento que demuestre oficialmente dichas salidas. |
Forma de cotización |
En guaraníes IVA incluido. Los servicios deben ser cotizados de forma mensual. |
Gerenciamiento |
El proveedor se hará responsable de la administración de los equipos de borde provistos para los enlaces durante la vigencia del contrato. Los equipos de borde proveídos por el proveedor al cliente, sería administrado por el cliente con el apoyo técnico de la empresa proveedora. |
Inicio del Servicio |
A partir de la firma del contrato en un máximo de 3 (tres) días hábiles. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
ITEM |
DESCRIPCION DEL SERVICIO |
CANTIDAD |
UNIDAD DE MEDIDA |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los servicios |
1 |
SERVICIO DE INTERNET POR FIBRA OPTICA
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12
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MES |
COLEGIO EXPERIMENTAL PARAGUAY - BRASIL Sito en Cmte. Gamarra y Gdor. Irala Ita pytapunta Asunción Dpto. de Informática |
A partir de la firma del contrato en un máximo de 3 (tres) días hábiles.
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
ACTA |
ACTA DE CONFORMIDAD DE SERVICIO |
MENSUAL |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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