Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de Preferencia Local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1.Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

8. Documentos legales

8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales.Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. 
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al Consorcio, cuando se haya formalizado el Consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [3] últimos años 2020, 2021, 2022.

  1. Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [3] últimos años 2020, 2021, 2022.

  1. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los en los 3 últimos años, 2020, 2021 y 2022, no deberá ser negativo.

  1. Para contribuyente del IRPC

Debe cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia (Ingreso/Egreso)

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los años 2020,2021, 2022.

  1. Para contribuyente de IRP

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los años 2020,2021, 2022

  1. Para contribuyente exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales

En caso de Consorcio: Todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos financieros.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  • Balance General y Cuadro de Resultados de los años (2020-2021-2022) para contribuyentes de IRACIS.
  • Formulario 106 de los últimos (2020-2021-2022) años para Contribuyentes del IRPC.
  • Formulario 104 de los últimos (2020-2021-2022) años para contribuyentes de Renta Personal.
  • Para contribuyentes de IVA General: IVA General de los últimos 3 años (2020-2021-2022).

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

  1.  

1. El oferente deberá tener una antigüedad mínima de 3 (tres) años de experiencia en la prestación de servicio de mantenimiento, reparación e instalación de aire acondicionado, para lo cual deberá presentar lo siguiente: Contratos o facturaciones que demuestren que realiza dicho servicio. El promedio de facturación) debe ser como mínimo del 50% del monto máximo del presente llamado. Serán considerados contratos y facturaciones de los años 2020, 2021, 2022 y 2023.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Constancia de RUC emitida por el órgano competente, el oferente deberá tener habilitado dentro de sus actividades económicas la prestación de servicios que guarden relación con la reparación,  mantenimiento e instalación de equipos de acondicionadores de aire.
  1. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.
  1. Copia de contratos o facturaciones, las cuales deberán ir acompañadas de las constancias de buen cumplimiento emitidas por la Contratante ya sea con instituciones públicas o empresas privadas. No serán considerados contratos o facturaciones que no estén debidamente respaldados por la constancia de buen cumplimiento o desempeño. Podrán presentar la cantidad de contratos o facturas que consideren necesario de manera a alcanzar el monto requerido, toda vez que los mismos se encuentren comprendidos dentro de los años establecidos en el criterio. No es necesario la presentación de un contrato o factura por año.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

La empresa a contratar deberá contar con una infraestructura mínima en transporte, comunicación, patrimonio y recursos humanos, comprobables mediante declaración jurada, necesarios para el cumplimiento satisfactorio del servicio. El servicio deberá realizarse in situ, salvo excepciones, cuando los equipos no pudieran ser reparados y necesariamente deberán ser trasladados al taller de la empresa.

Capacidad en materia de Personal, Infraestructura y Garantía Técnica:

    1. La empresa debe prestar los servicios con personal técnico especializado para solucionar los desperfectos ocurridos en los equipos de AA, además en función a la cantidad de equipos a ser objeto de la prestación del servicio contratado, deberá proveer la cantidad necesaria de como mínimo 4 (cuatro) personales para el fiel cumplimiento del contrato, quienes deben estar certificados como técnicos en refrigeración. Deberán presentar certificación del emisor del curso/tecnicatura, los cuales deberá acudir dentro del plazo establecido una vez recibido el reclamo de la Institución, de lunes a viernes en horarios de oficina o cuando la situación así lo requiera. La empresa debe contar con al menos 4 (cuatro) personales técnicos inscriptos en el Seguro Social IPS. Deberán presentar planilla de IPS con los personales inscriptos, a más tardar para la firma del contrato; en dicha planilla deberán figurar como mínimo los 4 (cuatro) personales/técnicos requeridos en el presente criterio y declarados dentro de su oferta.
    2. Poseer como mínimo 1 (un) técnico con certificación en la Norma Laboral PNA 4900111, versión 1 que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) para utilización de gas refrigerante y además la misma debe estar inscripto en el listado del registro como personal de la empresa.
    3. La empresa a contratar deberá contar con local propio, o en su defecto, acreditar la locación del lugar donde se encuentre asentado, además de una infraestructura mínima en transporte, comunicación, patrimonio y recursos humanos, comprobables mediante declaración jurada, necesarios para cumplimiento satisfactorio del servicio. El servicio deberá realizarse in situ, salvo excepciones, cuando los equipos no pudieran ser reparados y necesariamente deberán ser trasladados al taller de la empresa.
    4. La empresa deberá contar con al menos 2 (dos) móviles de transporte propio tipo furgón cerrado o camioneta tipo pick-up para el movimiento del personal de cuadrilla de guardia, los cuales deberán estar disponibles al servicio de este contrato. Los mismos deberán estar en buenas condiciones de uso y manutención. Se exigirá la fotocopia autenticada por escribano público de las cédulas del automotor (cédula verde) del Registro Único de Automotores (RUA) a nombre del oferente.
    5. En caso de que los vehículos fuesen alquilados, se deberá presentar aparte de las documentaciones solicitadas, el contrato que lo avale.
    6. La empresa adjudicada deberá contar con todos los repuestos e insumos necesarios para desarrollar de manera adecuada los trabajos solicitados.
    7. La empresa adjudicada deberá contar con equipos de protección personal para el plantel de técnicos como ser: casco, antiparras, botas de suela de goma con puntas de acero, guantes y uniformes con distintivos de la empresa para todo el personal propuesto que ejecutará el servicio, así como los elementos de bioseguridad necesarios para la protección del personal que realiza tareas en áreas con riesgo de contagio de COVID-19.
    8. La empresa deberá contar con equipos básicos necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos cuyo listado a continuación se detalla:
  • Voltímetro y pinzas amperométricas vacuómetro digital.
  • Bomba de alto vacío de doble etapa.
  • Equipo de soldadura oxi-acetilénica y tubo de nitrógeno industrial.
  • Manómetros de alta y baja.
  • Hidro lavadora de alta presión.
  • Cajas con herramientas.
  • Arnés de seguridad con cola de amarre.
  • Escalera de 12 mts.
  • Escalera de 6 mts.
  • Escalera de 3 mts.
  • Equipos de alto vacío.
  • Equipo Recolector/Recuperador de gas.
  • Tubo de recolector de gas.
  • Cascos.
  • Tubo de nitrógeno del tipo industrial.
  • Andamio: 3 (tres) módulos.
  • Manifold para gas R22.
  • Manifold para gas R410.
  • Capacímetro.
  • Compresores de aire.
  • Juego de llaves de tubo y combinadas.
  • Juego de llaves ALLEN distintas medidas.

La Convocante, durante el periodo de evaluación, podrá realizar una visita in situ al local de la empresa oferente para corroborar que la misma cumpla con los requerimientos indicados precedentemente.

    1. El oferente deberá presentar con su oferta al momento de la apertura de sobres en formato digital por medio magnético (CD) o PENDRIVE, su lista de precios editable, a fin de poder facilitarle al comité de evaluación la carga y análisis de los precios ofertados, esto en razón a la extensión de la información contenida en la planilla de trabajos requeridos objeto de la presente contratación.

La empresa adjudicada deberá presentar para la suscripción del contrato la planilla de inscripción correspondiente al IPS, del personal técnico declarado en su oferta, quienes serán los que realizarán los servicios requeridos en el marco de la ejecución contractual.

CONSORCIO: En cuanto a los requisitos de carácter técnico el oferente deberá indicar cuál es la empresa líder quien deberá cumplir mínimamente con el 60% de los requerimientos mínimos para oferentes individuales indicados en el PBC y la otra empresa con el 40% restante, en caso de que sean 3 o más empresas, se mantiene el cumplimiento de la Empresa Líder, debiendo cumplir las demás empresas con la distribución equitativa del porcentaje restante.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

      1. Declaración Jurada en la cual conste que la empresa prestará los servicios con personal técnico especializado para solucionar los desperfectos ocurridos en los equipos AA, los cuales deberán contar con certificación de los técnicos en refrigeración avalados por el emisor del curso/tecnicatura.
      1. Declaración Jurada en la cual se mencione los personales propuestos para la prestación del servicio, en la nómina se deberá de incluir el nombre y apellido, número de Cédula de Identidad, para evaluar el punto a. Se deberá de adjuntar a la declaración jurada copia autenticada de las certificaciones requeridas, para evaluar el punto a.
      1. Certificación para la utilización de gas refrigerante avalados por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), para evaluar el punto b.
      1. Copia del título de propiedad del lugar donde se encuentre asentado las instalaciones del taller del oferente, o en su defecto el contrato de alquiler, extendido por el tiempo que dure la presente licitación. Declaración jurada en la cual conste que la empresa cuenta con una infraestructura mínima en transporte, comunicación, patrimonio y recursos humanos, necesarios para el cumplimiento satisfactorio del servicio y que el servicio deberá realizarse in situ, salvo excepciones, cuando los equipos  no pudieran ser reparados  y necesariamente deberán ser trasladados al taller de la empresa todo a cargo de la empresa, para evaluar el punto c.
      1. Declaración jurada de contar con al menos 2 (dos) móviles de transporte propio tipo furgón cerrado o camioneta tipo pick-up en las condiciones indicadas. Además, a la presente declaración jurada se deberán acompañar los documentos de respaldo que acrediten la propiedad de la empresa sobre los vehículos (cédula verde) o en su defecto el contrato de alquiler de los mismos, vigente actualmente y por el tiempo de duración del presente contrato, además del documento que acredite la propiedad del dueño que lo alquila (cédula verde). Para verificar el cumplimiento de lo solicitado en los puntos d y e.
      1. Declaración Jurada de contar con todos los repuestos e insumos e insumos necesarios para desarrollar de manera adecuada los trabajos solicitados. Punto f.
      1. Declaración jurada de contar con equipos de protección personal para el plantel de técnicos como ser: casco, antiparras, botas de suela de goma con puntas de acero, guantes y uniformes con distintivos de la empresa para todo el personal propuesto que ejecutará el servicio, así como los elementos de bioseguridad necesarios para la protección del personal que realiza tareas en áreas con riesgo de contagio de COVID-19. Para verificar el cumplimiento de lo solicitado en el punto g.
      1. Declaración jurada de contar con equipos básicos necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos, según el detalle indicado. Para verificar el cumplimiento de lo solicitado en el punto h.
      1. El oferente deberá presentar con su oferta al momento de la apertura de sobres en formato digital por medio magnético (CD) o PENDRIVE, su lista de precios editable, a fin de poder facilitarle al comité de evaluación la carga y análisis de los precios ofertados, esto en razón a la extensión de la información contenida en la planilla de trabajos requeridos objeto de la presente contratación.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La convocante se reserva el derecho de realizar inspección in situ de la empresa oferente, la visita será documentada mediante acta de constitución y fotografías del acto, las cuales serán parte del informe de evaluación.

Criterios de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.