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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
02-09-2024 - 13:31
Fecha de Fin
05-09-2024 - 12:06
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se deja constancia que se presume que la convocante ha optado por la notificación automática por medio del SICP, la presente adjudicación cuenta con fecha de publicación 05-09-2024.// Se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
1)-Informe de evaluación: En la página 2 y 3 se visualiza la exposición del comité sobre la omisión del llenado de la " lista de precios", por lo que se le recuerda que el mencionado documento forma parte del Art.79 y lo establecido sobre el mismo en los Art. 80-82 y 75, numeral 2 del Decreto 2264/2024. // 2)- Atendiendo a la evaluación expuesta en el numeral 5 del informe de evaluación, se le consulta al comité de evaluación sí cotejo íntegramente lo establecido en el artículo 21 de la Ley N.º 7021/22, en concordancia con el artículo 34 del Decreto N° 2264/64 y tal como lo requiere en el PBC. // 3)-Informe de evaluación: no se visualiza el análisis del cumplimiento de las "Especificaciones Técnicas", en atención a que se encuentra contemplados en las bases del concurso. Art.75 numeral 2-2.1.3 del Decreto 2264/2024. //

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
4)-Informe de evaluación: Se visualiza la mención de la Ley modificatorio N° 3439/07, sin embargo la normativa mencionada aplica para los procesos de contratación regidos por la Ley N° 2051/03.//