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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
adacuna
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
12-04-2023 - 12:06
Fecha de Fin
17-04-2023 - 10:50
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
1. Documento de identidad del adjudicado, faltan dígitos. Solicitamos ajustar.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
1. Consultamos a la convocante como procedió a la evaluación de (las prohibiciones o limitaciones para contratar establecidas en el artículo 40 y de integridad conforme al artículo 20, inc. “w”), ya que el formulario de ofertas corresponde al sobre 2, y en el Anexo D "Formularios", no obra la declaración jurada de este punto. 2. Consultamos a la convocante si no considera ambiguo que la capacidad legal sea evaluada en dos etapas del proceso.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
1) Informe de evaluación - hoja 2 - Documentos sustanciales: Observamos que indica como documento sustancial (formulario 1 - información del oferente). Solicitamos indicar la razón técnica y legal por la cual evalúa como sustancial ya que el mismo no es sustancial Art. 61 Dcto. 2992/2019, ni el PBC. 2) Observamos que indica como documento formal RUC; recordamos a la convocante que el mismo es un documento sustancial conforme a lo indicado en el PBC (II. Documentos legales para Oferentes individuales que sean Personas Físicas. - Constancia de Inscripción en el registro único de contribuyentes – RUC*).