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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
08-11-2023 - 16:46
Fecha de Fin
13-11-2023 - 16:35
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Cuadro comparativo de ofertas: conforme al sistema de adjudicación "Por el total", no se realizó la sumatoria total de los ítems ofertados.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Mencionan normativas derogadas
Descripción
Se verifica que en las documentaciones remitidas mencionan normativas que se encuentran derogadas.
Comentario
En el informe de evaluación hacen mención a normativas, que conforme al marco legal del sitio correspondiente al portal público de contrataciones, con estado "No Vigente".

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
Informe de evaluación: ¿El correspondiente análisis y evaluación de los requisitos documentos de experiencia requerida y los de la capacidad técnica están conforme al pliego de bases y condiciones? Sugerimos realice la lectura del pliego bases y condiciones y compare con el informe expedido por el comité de evaluación."

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se obtuvieron 3 ofertas en una CD
Descripción
Se indica a la convocante que la normativa vigente establece que en una contratación directa se debe contar con al menos tres ofertas susceptibles a ser analizadas.
Comentario
Ley 2051/03 Articulo 34-inciso c) para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente, atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate, salvo que, por la naturaleza de los bienes o los servicios o los fines que se persigan con la contratación, no sea posible contar con el número indicado de oferentes, en cuyo caso, bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, de la entidad o de la municipalidad, se podrá hacer la contratación directa sin necesidad de ese mínimo de ofertas, debiendo en todo caso asegurar al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación;