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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
28-09-2023 - 13:40
Fecha de Fin
03-10-2023 - 17:00
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución de la Máxima Autoridad
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP, se observa que no ha sido remitida la correspondiente Resolución de la Máxima Autoridad. Se solicita la remisión del mencionado documento.
Comentario
1.) Se observa que en el expediente solo consta la resoluciones de Adjudicación (Previamente solicitamos remitir acto administrativo de la máxima autoridad institucional. En atención a la normativa que indica “…una vez finalizada la oferta técnica la autoridad competente de la convocante emitirá acto administrativo…”. En el mismo orden el proceso no contempla el plazo de impugnación requerido “la fijación de fecha y hora deberá contemplar el plazo de interposición de recurso de protesta”. )

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
2.) Solicitamos remitir Notificación de invitación a la etapa económica y dar cumplimiento a la normativa (“…en dicha difusión la convocante informará día y hora fijados para la apertura de la apertura de las ofertas económicas”.  )

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentos solicitados en el llamado
Descripción
Se observa que el llamado fue difundido con la condición de que remitan los documentos al momento de comunicar la adjudicación. En ese sentido, se solicita dar cumplimiento a la observación expuesta en la nota del llamado.
Comentario
3.) Se indica a la convocante que el art. 103 del Decreto N° 2992/19 establece que, en los casos de consultorías basadas en calidad y costo “La Evaluación de las Ofertas: Se efectuará en dos etapas; primero la calidad, y a continuación el costo. Los encargados de evaluar las ofertas técnicas no tendrán acceso a las ofertas de precio sino hasta que la evaluación técnica haya concluido. Una vez finalizada la evaluación de la oferta técnica, basado en el informe de evaluación, la autoridad competente de la Convocante emitirá un acto administrativo con los puntajes obtenidos. La notificación se realizará a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) y será considerada como el acto público de notificación a todos los interesados, la cual sustituye a la notificación personal. Los participantes se considerarán notificadas en la fecha de publicación en el referido sistema, sin perjuicio de la posibilidad de que acudan a la Unidad Operativa de Contratación (UOC) a enterarse del contenido de los documentos, en este último caso no tendrá efectos suspensivos respecto de eventuales impugnaciones”. “En dicha difusión, la Convocante informará el día y hora fijados para la apertura de las ofertas económicas de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico; la fijación de la fecha y hora deberá contemplar el plazo establecido en la normativa para la interposición del recurso de protesta. La impugnación contra el resultado de la evaluación técnica tendrá efectos suspensivos respecto a la apertura de la oferta de precios. El resultado de las ofertas técnicas y la fecha de apertura de las ofertas de precio, deberá difundirse en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP). Sin embargo, se verifica que la convocante no ha comunicado el resultado de la (APERTURA TÉCNICA, EVALUACIÓN TÉCNICA, RESOLUCIÓN TÉCNICA, NOTIFICACIÓN TÉCNICA), por lo que no se ha cumplido con el procedimiento que establece la normativa expuesta más arriba. 2. En atención a que no se cumple el plazo de protesta, recordamos a la convocante lo establecido en la Resolución DNCP 3893/2020, artículo 3.