Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
01-09-2023 - 12:25
Fecha de Fin
05-09-2023 - 14:22
Estado
Publicado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Se difunde el proceso conforme a la justificacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Notificación no tiene acuse
Descripción
Verificamos que las notificaciones remitidas no poseen acuse de recibo.
Comentario
Verificamos que las notificaciones remitidas no poseen acuse de recibo.// Referente al contenido de la notificación de la adjudicación, la convocante deberá indicar en la nota que se acompaña la copia del “informe de evaluación y la resolución de la adjudicación”,(art. 38 de la Resolución DNCP 5695/19).//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
Informe de evaluación: Correcciones aritméticas: La convocante no ha establecido si los oferentes aceptaron las correcciones aritméticas realizadas: Resolución DNCP 1890/20- Decreto 2992/19.// Informe de evaluación: Observamos que, en el apartado de Capacidad Legal, no se evaluó conforme a la legislación vigente Ley 6716/21, visualizada en el PBC.// Informe de evaluación: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera: La convocante no ha evaluado los requisitos documentales, asimismo no ha remitido el análisis financiero de lo requerido por la convocante en el PBC.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS: La convocante indica en la página 2, cumple, sin embargo en el mismo número de página indica no presenta, se solicita unificar datos.// Experiencia requerida: Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC,( Ver el PBC punto 1, no se a evaluado conforme a lo establecido en el PBC).// Capacidad Técnica: Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC,( Ver el criterio establecido en el PBC y lo evaluado en el informe de evaluación).// Informe de evaluación: Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC.( VER Numeral 5.2 en el informe de evaluación y en el PBC).//