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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
19-02-2024 - 08:40
Fecha de Fin
21-02-2024 - 16:36
Estado
Publicado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Sugerimos a la convocante que subsanen las observaciones a modo de dar continuidad en la etapa de contratos.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta firmas/fechas
Descripción
Se observa que la documentación remitida no posee fecha/firma. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
Obs N°1) Cuadro comparativo de ofertas: CCO: se evidencia que el cuadro comparativo de ofertas no fue firmado por los miembros del comité.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
En las notificaciones no mencionan datos de la segunda apertura
Descripción
Se verifica que en las notificaciones de la evaluación del primer sobre no se constatan los datos de la apertura del segundo sobre.
Comentario
Obs N°1) Notificación al Oferente: se aprecia que la convocante no remitió la notificación a los oferentes con respecto al resultado de la propuesta técnica que resulto en le emisión de la Resolución N°149/2024. Ya que; en el pbc se hace referencia a lo siguiente: "La Apertura de la Propuesta de precio se llevara a cabo dos días después de la Notificación de la Propuesta Técnica; donde se indicara el lugar y horario.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia entre documentos
Descripción
Se indica a la convocante que los oferentes que presentaron ofertas según el acta de apertura, difieren con las firmas evaluadas según el informe de evaluación remitido.
Comentario
Obs N°1) SICP: se evidencia que el correo electrónico declarado por uno de los oferentes en el Acta de Apertura difiere de lo cargado en el SICP.// Obs N°2) Dictamen de Propuesta Técnico (sin numeración): se aprecia que la página N°1 no fue firmada por la totalidad de los miembros del comité. Verificamos que la convocante remitió un Dictamen de Evaluación de Propuesta Técnica (sin numeración), siendo que se tuvo que tratar de un "Informe de Evaluación" y, por lo tanto, no se acogió a lo estipulado en el Decreto Reglamentario N° 2992/19 específicamente en el articulo 67° "CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN". Así también se aprecia que no se consignó la numeración del Dictamen ni la fecha en la que se remitió. Recomendamos realicen la inducción de la normativa y posteriormente; sugerimos que para la etapa de contrato consideren subsanar la discrepancia conforme a lo indicado en la normativa.// Obs N°3) El Dictamen de Propuesta Económica no se consignó la numeración correspondiente.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
¿Considera la convocante que se cumplió taxativamente con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones? ¿La convocante contempló la correcta aplicación de lo establecido en el Decreto Reglamentario 2992/19, al momento de la apertura de ofertas; articulo 57° inc. b? ¿La convocante se adecuó a lo establecido en el Decreto Reglamentario 2992/19, articulo 101° y articulo 105°?