Datos de la Verificación
Usuario Verificador
adominguez
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
19-07-2024 - 16:03
Fecha de Fin
24-07-2024 - 15:54
Estado
Observaciones
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencias
Descripción
Se indica a la convocante que se verifican inconsistencias en los documentos/SICP.
Comentario
REITERAMOS NUEVAMENTE: 1) Se observa que, la fecha del acta de apertura (28/03/2024) no coincide con la fecha publicada en el SICP (19/03/2024) como tal en la etapa de convocatoria, esto es debido a que, el acta de postergación y prórroga de fecha ha sido retenida, igualmente la convocante prosiguió a realizar la apertura en una fecha no publicada, dicho acto no se encuentra permitido conforme a las normativas vigentes aplicables a los procesos licitatorios, por tal motivo se recomienda la cancelación del procedimiento. 2) Así mismo, con relación a la nota de reparo de fecha 5 de junio, contestación punto 1 refiere a la comunicación del acta de postergación vía mesa de entrada a través del expediente N°104117, dicho expediente se retuvo con la siguiente observación "...Se solicita a la convocante comunicar a través del módulo correspondiente con los documentos antecedentes, el proceso con ID 439454 pudo comunicar sin ningún inconveniente...", dicha observación es porque no cuenta con nota explicativa de la razón por la cual se evadió el módulo, canal o conducto de comunicación. En fecha 26 de marzo de 2024 la convocante remitió el acta de postergación a través del modulo correspondiente, el cual se retuvo por comunicación tardía y fecha de entrega y apertura incorrecta (feriado - jueves santos 28 de marzo de 2024), es ahí donde la convocante tuvo la oportunidad de justificar el motivo, con los antecedentes y capturas de pantallas del inconveniente en el SICP si en verdad hubo, con el debido reparo de la adenda retenida, sin embargo, la convocante decidió apartarse del procedimiento legal aplicable y procedió a la invitación a oferentes a través de medio no contemplado en la Ley 7021 y sus reglamentos, realizó la apertura (según antecedentes) en una fecha/día feriado/inhábil, apartándose de los principios y disposiciones legales, por dichas razones se insiste a la convocante instar los tramites correspondientes para anular lo actuado, dejar sin efecto el contrato firmado, revocando la Resolución de la Adjudicación, y cancelar la convocatoria.