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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
20-05-2024 - 12:31
Fecha de Fin
20-05-2024 - 12:52
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1 ) No se diò cumplimiento a lo establecido en el art. 52 de la Resolución DNCP Nº 4401/2023 que dispone: Artículo 52. Comunicación de adenda Las adendas que tengan por objeto modificar las bases de la contratación serán comunicadas a través el SICP, respetando los siguientes plazos: Licitación Pública - Nacionales: Hasta el tercer día hábil previo a la presentación y apertura de ofertas. Licitación Pública - internacionales:Hasta el tercer día hábil previo a la presentación y apertura de ofertas. Licitación de Menor Cuantía - Nacional:Hasta el tercer día hábil previo a la presentación y apertura de ofertas. Licitación de Menor Cuantía - internacional:Hasta el tercer día hábil previo a la presentación y apertura de ofertas. Contratación por vía de la excepción con difusión:Hasta el segundo día hábil previo a la presentación y apertura de ofertas. En caso de no contar con los plazos establecidos precedentemente, se deberá prorrogar la fecha de presentación y apertura de ofertas, a los efectos de que el SICP habilite la comunicación de la respectiva adenda. Esta prórroga deberá considerar los plazos establecidos en el artículo siguiente para la difusión de la adenda.// 2 ) En el SICP mencionan que otorgaran anticipo de 1% a empresas mipymes, al respecto solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo que se encuentra en el pliego estándar el punto que hace referencia a ANTICIPO:[Si se encuentra establecido el otorgamiento de anticipo, en este apartado se deberá indicar el plazo máximo en días calendario con que cuenta el oferente para solicitar el pago del mismo una vez adjudicado.Asimismo, la convocante deberá indicar la dirección exacta, oficina y horario de atención, departamento y responsable de la recepción; también el plazo o la fecha en la cual se pagará el anticipo previa verificación y aprobación de las documentaciones requeridas; y por último, la forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones que se realicen.].

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
En el pliego remitido indican NO APLICA en los puntos que hablan de ANTICIPO, sin embargo en el SICP establecen que SÌ van a otorgar anticipo a MIPYMES.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
Considerando lo expuesto en la nota de contestación remitida referente a los puntos observados, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.