Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
06-08-2024 - 09:00
Fecha de Fin
06-08-2024 - 13:17
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podría resultar limitante/excluyente (El oferente deberá contar en su plantel con por lo menos 01 un técnico laboral de Seguridad ocupacional Categoría C a modo de prevención de la salud, integridad, manejo de recursos, etc., quien deberá contar con Certificado de capacitación, el citado personal deberá encontrarse inscripto por el contratista y aportando al seguro social del Instituto de Previsión Social por lo menos (dieciocho) meses anterior al acto de apertura.Los técnicos fumigadores presentados deben tener carácter permanente, con una antigüedad mínima de 3 (tres) meses, para demostrar el cumplimiento de este requisito deberán presentar la copia de la planilla de IPS con el recibo de pago.Deberá contar con un mínimo de 3 vehículos propio (demostrado a través de copia autenticada del título o cédula verde a nombre del Oferente.El oferente deberá presentar Declaración Jurada que en el caso de ser adjudicado contará con un dispositivo electrónico de detección de
termitas.
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Se sugiere incluir orden de compra/orden de servicio/orden de inicio
Descripción
Verificadas las Condiciones establecidas en el del plan de entrega del Pliego de Bases y Condiciones, se sugiere que el plazo de ejecución sea computado
a partir de la recepción de la orden de compra/orden de servicio/orden de inicio por parte del proveedor, a fin de evitar inconvenientes en la ejecución del contrato
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Se deja constancia que con la adenda remitida en fecha 2024-08-06 09:00:43, solo se ha modificado la fecha de recepción y apertura de ofertas, no asì los puntos observados, por lo que se reitera todas las observaciones.//
2 ) Formas y condiciones de pago (En este apartado la convocante podrá establecer documentos, formas o condiciones distintas a las establecidas anteriormente pero que sean necesarias para el efectivo pago de las prestaciones brindadas. INDICAR ASIMISMO EL PLAZO DURANTE EL CUAL REALIZARÀ LOS PAGOS.).// 3) La convocante ha remitido el reporte de incidencia pero en el llamado no ha seleccionado el atributo de contrato abierto.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
La vigencia del contrato que han indicado en el SICP y en la proforma de contrato no corresponde considerando que la presente licitación no cuenta con el atributo de contrato abierto.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se solicita se detallen los datos para la realización de la visita técnica
Descripción
En relación a la visita técnica prevista en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, solicitamos se detallen todos los datos necesarios,
conforme a lo dispuesto en el Art. 53 del Decreto 2992/19, como ser fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspeccione
el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta.
Comentario
1 ) No se ha indicado en el apartado de Visita al sitio de ejecución del contrato si la visita es o no una condición de participación.// 2 ) Solicitamos a la convocante ampliar el procedimiento a ser realizado durante la visita.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Contenido del Pliego de Bases y Condiciones
Descripción
Solicitamos aclarar el motivo por el cual las documentaciones deben ser autenticadas por escribanía, en lugar de copias simples.
Comentario
Solicitamos aclarar el motivo por el cual las documentaciones deben ser autenticadas, en lugar de copias simples.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
1 ) Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.// 2) Se deja constancia que en la planificación seleccionaron como tipo de procedimiento Menor Cuantía y la presente licitación es una LPN.//
3 ) Se deja constancia que mediante Resolución DNCP N° 1937/24 de fecha 19/07/2024 se dispuso la suspensión de la continuidad del procedimiento de contratación y mediante Resolución DNCP N° 2000/2024 de fecha 26/07/2024 se dispuso el Levantamiento de la suspensión del procedimiento de Contratación.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.