Datos de la Verificación
Usuario Verificador
leruiz
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
19-06-2024 - 15:34
Fecha de Fin
24-06-2024 - 15:50
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se solicita que los equipos sean de una marca específica
Descripción
Con relación al requerimiento de una marca específica, se solicita una explicación del por qué el requisito
resulta técnicamente indispensable para garantizar la contratación en las mejores condiciones de calidad y costo
Comentario
Ítem 82: demecaprone, es marca. Establecer la especificación técnica de manera genérica.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
No se visualiza solicitud de acta de fijación de precio emitida por DINAVISA.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
1. Ítem 14: en SICP, planilla de precios y PBC, el código de catalogo asignado no se corresponde con la especificación técnica establecida. Utilizar el código correcto difundido en el sistema. conforme a la especificación técnica establecida deberían utilizar el código de catalago51142149-001. // 2. Ítem 30: en SICP, planilla de precios, PBC el código de catalogo asignado no corresponde al bien requerido. utilizar el código de catalogo correcto difundido en el sistema. conforme a las especificaciones técnicas establecidas le correspondería el código de catalogo 51161630-010. // 3. Ítem 38: describir el bien de igual manera en la carga de datos, planilla de precios, PBC/especificaciones técnicas, respetando la descripción asignada por el código de catálogo utilizado y no editar en el SICP y eliminar la forma farmacéutica del bien describiendo la vía de administración (oral), crea confusión y no permite identificar plenamente la oferta a realizar. // 4. Ítem 47: describir el bien de igual manera en la carga de datos, planilla de precios, PBC/especificaciones técnicas respetando la descripción asignada por el código de catalogo utilizado. En PBC establecer la forma farmacéutica del bien requerido de modo a identificar el bien a ser ofertado. // 5. Ítem 63: en SICP, planilla de precios, PBC el código de catalogo asignado no corresponde al bien requerido. utilizar el código correcto de acuerdo al catalogo difundido en el sistema. conforme a las especificaciones técnicas establecidas le correspondería el código de catalogo 42312201-006. // 6. Ítem 80: en SICP, planilla de precios, PBC el código de catalogo asignado no corresponde al bien requerido. utilizar el código de catalogo correcto difundido en el sistema. conforme a las especificaciones técnicas establecidas si el bien corresponde a sondas foley codificar conforme a la cantidad de vías requeridas. // 7. Ítem 86: en SICP, planilla de precios, PBC el código de catalogo asignado no corresponde al bien requerido " acido fólica solución oral" es inconsistente con la presentación requerida en el PBC " caja x 30 comp.". utilizar el código correcto de acuerdo al catálogo difundido en el sistema. // 8. Ítem 94: 30: en SICP, planilla de precios, PBC el código de catálogo asignado no corresponde al bien requerido. utilizar el código de catálogo correcto difundido en el sistema. conforme a las especificaciones técnicas establecidas le correspondería el código de catalogo 51142101-997.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Se solicita adecuarse a lo establecido en el Resolución 454/24
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificación técnica ambigua
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación se establece un criterio de evaluación en el que se menciona la expresión “aproximadamente”,
al respecto se observa que tal expresión podría generar confusiones que afectarán a la objetividad del proceso de evaluación.
Se solicita sea establecido un rango aceptable, medible y objetivo a los efectos de subsanar la situación planteada.
Comentario
1. Ítem 1: establecer la concentración del bien requerido que permita identificar el bien a ser ofertado. // 2. Ítem 24-25: la especificación técnica establecida no permite identificar plenamente el bien a ser ofertado, "par" no correspondería al guante de procedimiento. // 3. Ítem 26: en SICP, planilla de precios la presentación "unidad" no permite identificar la oferta a realizar "unidad" de que debe ofertarse. Conforme a la naturaleza del bien requerido debería ser frasco. // 4. Ítem 44-49: en SICP, planilla de precios PBC, la presentación establecida "frasco" no corresponde, conforme a la naturaleza del bien debería ser "vial". // 5. Ítem 69-70-71-72-73-74-75-16-77-78: establecer la especificación técnica en español. // 6. Ítem 83-84: establecer la concentración del bien de modo a permitir identificar el bien a ser ofertado. la presentación "frasco" no correspondería al bien. Establecer en forma clara y objetiva la presentación correspondiente // 7. Ítem 89: establecer de igual manera la presentación requerida en SICP, planilla de precios, PBC/ especificación técnica la presentación requerida "tubo" o "pomo" // 8. Ítem 91: establecer de igual manera la presentación requerida en SICP, planilla de precios, PBC/ especificación técnica la presentación requerida "frasco" o "cartucho". establecer la concentración del bien que permita identificarlo plenamente. // 9. Ítem 98: establecer de igual manera la presentación requerida en SICP, planilla de precios, PBC/ especificación técnica la presentación requerida "pote" o "frasco".
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.