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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
21-05-2024 - 13:20
Fecha de Fin
23-05-2024 - 17:05
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
La forma de instrumentación de la garantía seleccionada no corresponde.
Descripción
Se solicita a la convocante que utilice las formas de instrumentación de la garantía de mantenimiento de ofertas y/o de fiel cumplimiento de contrato conforme a las normativas legales vigentes.
Comentario
COMENTARIO: Reiteramos, el Tipo de garantía indicada en el SICP, recordamos a la convocante que indicar un solo tipo de garantía podría resultar limitante para los oferentes. Tener en cuenta el Art. 54 del Decreto 9823/23 en donde se establece que la garantía de mantenimiento de oferta podrá adoptar las siguientes formas: póliza de seguros, garantía bancaria.// Así también establecer el plazo de la validez en el SICP en los datos de la convocatoria.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario
EN RELACION AL REQUERIMIENTO "ACERO INOXIDABLE AISI 316L O MEJOR",SESUGIERE A LA CONVOCANTE ESTABLECER ELTIPO DEACERO REQUERIDO DE MODO MAS GENERICO EJ. "ACERO INOXIDABLE DE CROMO NIQUEL AUSTENITICO Y EN RELACION ALTERMINO "O MEJOR" ES UN TERMINO MUY AMBIGUO PUDIENDO GENERAR CONFUSIONES QUE AFECTARAN A LAOBJETIVIDAD DELPROCESO DE EVALUACION E INCIDIR EN LA EJECUCION DEL CONTRATO. EL PRECIO UNITARIO ESTABLECIDO A CUAL DE LOS MATERIALES CORRESPONDERIA.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.