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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
12-06-2024 - 15:42
Fecha de Fin
18-06-2024 - 15:33
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Re: ID 447400 Nilda Beatriz Morales De Miranda<nmorales@dncp.gov.py> ​ Hugo Eduardo Fernandez ​ ​ Usted; ​ Carlos Leonardo Georgi Samaran Cayol; ​ Karen Lorena Aguilera Dominguez; ​ Graciela Barreto Franco ​ Mar 18/6/2024 17:53 Hugo: Informe, Expediente con ID 447400- MSPYBS * REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TECNICA - EN RELACION AL REQUERIMIENTO "REGISTRO SANITARIO VIGENTE CON LA INSCRIPCION "MB" PARA PRODUCTOS BIOSIMILARES, SE CONSULTA A LA CONVOCANTE POR QUE EL REQUERIMIENTO RESULTA TECNICAMENTE INDISPENSABLE REQUERIR SOLO PARA PRODUCTOS BIOSIMILARES, PODRIA REÑIR CON EL PRINCIPIO DE PARTICIPACION EN IGUALDAD DE CONDICIONES, LOS PRODUCTOS INNOVADORES TAMBIEN DEBEN ESTAR REGISTRADOS EN DINAVISA PARA SER COMERCIALIZADO LEGALMENTE. - EN RELACION AL REQUERIMIENTO " O CONSTANCIA DE ADECUACION", EL REQUISITO PODRIA LIMITAR/ EXCLUIR A POTENCIALES OFERENTES, LA CONSTANCIA DE ADECUACION ES UNA DOCUMENTACION QUE YA NO TIENE VIGENCIA Y VALIDEZ Y YA NO EMITE DINAVISA. - EN RELACION AL REQUERIMIENTO DE CERTIFICADOS DE REGISTRO Y AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION OTORGADOS POR LO MENOS POR 2 AUTORIDADES DE ALTA VIGILANCIA...", SE CONSULTA A LA CONVOCANTE POR QUE EL REQUISITO RESULTA TECNICAMENTE INDISPENSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACION PUES PODRIA LIMITAR/ EXCLUIR A POTENCIALES OFERENTES Y REÑIR CON EL PRINCIPIO DE PARTICIPACION EN IGUALDAD DE CONDICIONES. - EN RELACION AL REQUERIMIENTO "LOS PRODUCTOS BIOSIMILARES NO DEBEN TENER RECHAZO DE AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION EN NINGUNA DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS MENCIONADAS EN EL PUNTO e, SE CONSULTA A LACONVOCANTE POR QUE EL REQUISITO RESULTA TECNICAMENTE INDISPENSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACION PODRIA REÑIR CON EL PRINCIPIO DE PARTICIPACION EN IGUAL DE CONDICIONES , EL PRODUCTO INNOVADOR NO ESTARIA AJENO A ES REQUISITO " TENER RECHAZO DE AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION EN NINGUNA DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS MENCIONADAS EN EL PUNTO e, " - APARTADO g: LO REQUERIDO EN EL APARTADO MENCIONADO ES CONFUSO, ESTABLECER EN FORMA CLARA Y OBJETIVA. - EL REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIONES DIFERENCIADAS PARA PRODUCTOS INNOVADORES Y BIOSIMILARES PARA MEDICAMENTOS BIOLOGICOS PODRIA REÑIR CON EL PRINCIPIO DE PARTICIPACION EN IGUALDAD DE CONDICIONES Y LIMITAR/ EXCLUIR A POTENCIALES OFERENTES. EL DECRETO 6611/16 VIGENTE ESTABLECE EN EL ART.22 " DE CUMPLIR EL TITULAR DEL REGISTRO SANITARIO CON TODOS LOS REQUISITOS DE ESTE DECRETO Y HABIENDO LA DIRECCION NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA OTORGADO AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION, A TRAVES DEL CORRESPONDIENTE REGISTRO SANITARIO, PODRA COMERCIALIZAR LOS PRODUCTOS BIOLOGICOS AFECTADOS A ESTE DECRETO DENTRO DEL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, POR SI MISMO O POR REPRESENTACION CONCEDIDA, SIENDO LAS DOCUMENTACIONES MENCIONADAS EN EL PRESENTE DECRETO, SUFICIENTES PARA S

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Lugar de consulta no corresponde.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
ITEM 1-2-3-4-5-6-7-8: LO ESTABLECIDO EN EL PBC COMO PRESENTACION " INYECTABLE,COMPRIMIDO, CAPSULA" NO CORRESPONDE Y ES INCONSISTENTE CON LA PRESENTACION ESTABLECIDA EN EL SICP Y PLANILLA DE PRECIOS. ESTABLECER EN FORMA CORRECTA E IGUALITARIA EN LA CARGA DE DATOS, PLNILLA DE PRECIOS, PBC/ ESPECIFICACIONES TECNICAS.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Remitir Dictamne de EETT acorde al modelo de lineamiento emitido por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.