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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
leruiz
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
24-09-2024 - 10:46
Fecha de Fin
26-09-2024 - 10:46
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Se recuerda a la convocante lo dispuesto en el Decreto 1092/24 Art 463 Inc b) En el marco de lo dispuesto en la Ley N° 6622/2020, los OEE, no podrán contratar o autorizar pagos en concepto de seguro médico privado y/o medicina prepaga para su máxima autoridad o titular y para los miembros de sus órganos colegiados, incluidos los de elección popular. Los contratos suscritos antes de la vigencia de la Ley podrán mantener sus prestaciones para las máximas autoridades, hasta la finalización del contrato respectivo. En la nota de reparo mencionan que han indicado en el apartado restricciones, sin embargo, no se observa dicho comentario.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Se verifica discrepancia entre el precio unitario consignado en el SICP y el dictamen. En el dictamen mencionan 968.333, sin embargo, en el SICP consignan 23.239.992

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Unidad de medida utilizada no es la frecuente en el ítem
Descripción
Se observa que la unidad de medida consignada en los ítems no es la frecuentemente utilizada respecto al historial de ítems adjudicados publicados en el SICP
Comentario
Se consulta a la convocante su la unidad de medida indicada en el SICP se ajusta a lo requerido. Unidad de medida "mes" presentación "evento"

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.