Segun lo requerido en el apartado de DATOS DE LA CONVOCATORIA - MUESTRAS - en el inciso 1, de la Pag 9 del PBC donde dice: "Las muestras deberán ser presentada en una bolsa plástica cerrada con la identificación del llamado con el ID, OFERENTE, EL NÚMERO DE ITEM, DESCRIPCION, MARCA, PROCEDENCIA y ETIQUETA DE CALIDAD, acompañado de una nota indicando las muestras presentadas.; No serán aceptadas muestras que no venga debidamente rotuladas". Consultamos a la convocante a que se refiere con etiqueta de calidad?? siendo que en este inciso solo están solicitando que las muestras vayan debidamente rotuladas para su mejor identificación de acuerdo al ítem requerido.
Segun lo requerido en el apartado de DATOS DE LA CONVOCATORIA - MUESTRAS - en el inciso 1, de la Pag 9 del PBC donde dice: "Las muestras deberán ser presentada en una bolsa plástica cerrada con la identificación del llamado con el ID, OFERENTE, EL NÚMERO DE ITEM, DESCRIPCION, MARCA, PROCEDENCIA y ETIQUETA DE CALIDAD, acompañado de una nota indicando las muestras presentadas.; No serán aceptadas muestras que no venga debidamente rotuladas". Consultamos a la convocante a que se refiere con etiqueta de calidad?? siendo que en este inciso solo están solicitando que las muestras vayan debidamente rotuladas para su mejor identificación de acuerdo al ítem requerido.
La etiqueta de calidad corresponde a la elaboracion de la Etiqueta de la prenda, indicada en la Especificacion Tecnica, conforme se establece en el punto 2 del apartado "Muestras" de la seccion DATOS DE LA CONVOCATORIA.
2
CONSULTA - DATOS DE LA CONVOCATORIA - MUESTRAS
Segun lo requerido en el apartado de DATOS DE LA CONVOCATORIA - MUESTRAS - en el inciso 2, de la Pag 9 del PBC donde dice: "Las Muestras deberán ser confeccionadas en COLOR BLANCO para los Items N° 1 e Items N° 2; y COLOR VERDE OSCURO para los Items N° 3 e Items N° 4 respetando las especificaciones técnicas establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones". Solicitamos a la convocante una mejor aclaracion ante la solicitud del COLOR VERDE OSCURO para los items 3 y 4, fundado en que existen varios tonos de color verde oscuro, pudiendo ser estos verde olivo o verde musgo. Solicitamos a la convocante pueda aclarar este punto de tal manera a poder confeccionar de acuerdo a lo requerido y poder asi presentar unas muestras acordes al objeto del llamado.
Segun lo requerido en el apartado de DATOS DE LA CONVOCATORIA - MUESTRAS - en el inciso 2, de la Pag 9 del PBC donde dice: "Las Muestras deberán ser confeccionadas en COLOR BLANCO para los Items N° 1 e Items N° 2; y COLOR VERDE OSCURO para los Items N° 3 e Items N° 4 respetando las especificaciones técnicas establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones". Solicitamos a la convocante una mejor aclaracion ante la solicitud del COLOR VERDE OSCURO para los items 3 y 4, fundado en que existen varios tonos de color verde oscuro, pudiendo ser estos verde olivo o verde musgo. Solicitamos a la convocante pueda aclarar este punto de tal manera a poder confeccionar de acuerdo a lo requerido y poder asi presentar unas muestras acordes al objeto del llamado.
Para una mejor iterpretacion, se cuenta en la oficina de la Direccion Operativa de Contrataciones una muestra del color verde oscuro, donde los potenciales oferentes podran parar a visualizar, ya que en textiles no se cuenta con un panton de color definido.
Pueden pasar por la oficina en el horario de atencion de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 Hs.
3
CONSULTA - ESPECIFICACIONES TECNICAS
Según lo requerido en el apartado "ESPECIFICACIONES TECNICAS" de la pagina 25 del PBC, con respecto a los bienes objetos del llamado de los ítems 3 "Remeras con cuello tipo polo para damas" e ítem 4 "Remeras con cuello tipo polo para caballeros", con respecto al tipo de tejido donde dice: "TEJIDO: Podrá ser en una de las siguientes composiciones o combinaciones: pique 80% algodón y 20% poliéster ó 65% algodón y 35% poliéster". Solicitamos a la convocante la ampliación del gramaje porcentual de la composición del tejido a pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, fundado en que estos tejidos son los que se encuentran en plaza con mayor disponibilidad, ya sean nacionales o importados, además, está comprobado que la composición de los tejidos pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, poseen mayor durabilidad, confort al vestir la prenda y se mantiene por mas tiempo el color de los tejidos. Por lo expuesto, solicitamos a la convocante modificar el gramaje porcentual de la composición de los tejidos y/o ampliar lo requerido a pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, a modo de poder satisfacer las necesidades de la convocante y poder entregar unas prendas acorde a lo requerido.
Según lo requerido en el apartado "ESPECIFICACIONES TECNICAS" de la pagina 25 del PBC, con respecto a los bienes objetos del llamado de los ítems 3 "Remeras con cuello tipo polo para damas" e ítem 4 "Remeras con cuello tipo polo para caballeros", con respecto al tipo de tejido donde dice: "TEJIDO: Podrá ser en una de las siguientes composiciones o combinaciones: pique 80% algodón y 20% poliéster ó 65% algodón y 35% poliéster". Solicitamos a la convocante la ampliación del gramaje porcentual de la composición del tejido a pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, fundado en que estos tejidos son los que se encuentran en plaza con mayor disponibilidad, ya sean nacionales o importados, además, está comprobado que la composición de los tejidos pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, poseen mayor durabilidad, confort al vestir la prenda y se mantiene por mas tiempo el color de los tejidos. Por lo expuesto, solicitamos a la convocante modificar el gramaje porcentual de la composición de los tejidos y/o ampliar lo requerido a pique 70% algodón y 30% poliéster o 50% algodón y 50% poliéster, a modo de poder satisfacer las necesidades de la convocante y poder entregar unas prendas acorde a lo requerido.
En consideración al uso institucional que se le da a prenda, jornadas de asistencia a clientes en zonas rurales como urbanas, las mismas estarán siendo utilizadas bajo condiciones de extremo calor, por lo que la composición solicitada de 50% algodón y 50% poliéster es inaplicable; Se agregara la composición 70% algodón y 30% poliéster, mediante una adenda.
4
Especificaciones Tecnicas
Donde se pueden encontrar los diseños de los logos que deben llevar las muestras, debido a que no esta en el PBC, para una correcta cotizacion de las prendas.
Donde se pueden encontrar los diseños de los logos que deben llevar las muestras, debido a que no esta en el PBC, para una correcta cotizacion de las prendas.
Solicitamos a la Convocante, incluir otras composicion de telas para las remeras tipo polo, permitir cotizar con la composicion 50% algodon y 50% poliester. Debido a que es lo que actualmente se cuenta con mayor disponibilidad en el mercado
Solicitamos a la Convocante, incluir otras composicion de telas para las remeras tipo polo, permitir cotizar con la composicion 50% algodon y 50% poliester. Debido a que es lo que actualmente se cuenta con mayor disponibilidad en el mercado
En consideración al uso institucional que se le da a prenda, jornadas de asistencia a clientes en zonas rurales como urbanas, las mismas estarán siendo utilizadas bajo condiciones de extremo calor, por lo que la composición solicitada de 50% algodón y 50% poliéster es inaplicable; Se pudo observar durante la construcción del precio, que fabricantes de telas contaban con las composiciones de telas solicitadas. por todo lo expuesto, se mantiene los requisitos del PBC.
6
Especificaciones Tecnicas
Considerar la inclusion de la composicion de la pique con 50% algodon y 50% de poliester, debido a la dificultad en cuanto a la disponibilidad en las otras composiciones solicitas, y de esa manera darle mayor participacion a los oferentes
Considerar la inclusion de la composicion de la pique con 50% algodon y 50% de poliester, debido a la dificultad en cuanto a la disponibilidad en las otras composiciones solicitas, y de esa manera darle mayor participacion a los oferentes
En consideración al uso institucional que se le da a prenda, jornadas de asistencia a clientes en zonas rurales como urbanas, las mismas estarán siendo utilizadas bajo condiciones de extremo calor, por lo que la composición solicitada de 50% algodón y 50% poliéster es inaplicable; Se pudo observar durante la construcción del precio, que fabricantes de telas contaban con las composiciones de telas solicitadas. por todo lo expuesto, se mantiene los requisitos del PBC.
7
Especificaciones Tecnicas
SOLICITAMOS LA EXTENSION DEL PLAN DE ENTREGA DE LOS BIENES, DEBIDO A QUE 10 DIAS HABILES CONSIDERAMOS MUY JUSTO, DEBIDO A QUE LA CONFECCION DE LAS PRENDAS REQUIEREN MUCHOS DETALLES, DE TAL MANERA A PODER GARANTIZAR EL MEJOR TRABAJO, CONSIDERAMOS QUE SE EXTIENDA A 20 DIAS HABILES EL DE ENTREGA.
SOLICITAMOS LA EXTENSION DEL PLAN DE ENTREGA DE LOS BIENES, DEBIDO A QUE 10 DIAS HABILES CONSIDERAMOS MUY JUSTO, DEBIDO A QUE LA CONFECCION DE LAS PRENDAS REQUIEREN MUCHOS DETALLES, DE TAL MANERA A PODER GARANTIZAR EL MEJOR TRABAJO, CONSIDERAMOS QUE SE EXTIENDA A 20 DIAS HABILES EL DE ENTREGA.
Se analizo el requerimiento solicitado, por lo que se emitirá una adenda para ampliar el plazo solicitado.
8
Especificaciones Tecnicas
Solicitamos a la convocante la extension del plan de entregas, debido a que en el PBC solicitan que las etiquetas contengan las siguientes informaciones: datos del confeccionista, composicion de la tela, talle, orden de corte y fabricacion en la etiqueta. Lo cual resulta imposible de cumplir en los 10 dias, debido a que ningun oferente tiene una etiqueta ya lista para la confeccion, lo cual tiene su tiempo de fabricacion, por lo cual consideramos razonable extender el periodo del plan de entregas de las prendas, para que mayores oferentes puedan participar.
Solicitamos a la convocante la extension del plan de entregas, debido a que en el PBC solicitan que las etiquetas contengan las siguientes informaciones: datos del confeccionista, composicion de la tela, talle, orden de corte y fabricacion en la etiqueta. Lo cual resulta imposible de cumplir en los 10 dias, debido a que ningun oferente tiene una etiqueta ya lista para la confeccion, lo cual tiene su tiempo de fabricacion, por lo cual consideramos razonable extender el periodo del plan de entregas de las prendas, para que mayores oferentes puedan participar.
No es posible acceder a lo solicitado por el oferente, considerando los tiempos involucrados en todo el proceso licitatorio. Todo oferente conoce que el cierre del ejercicio fiscal es el 31/12/2024, y cualquier modificación en las fechas afectaría negativamente este proceso, el cual ya ha sido bastante ajustado durante este periodo.
9
Experiencia Requerida
CONSULTA:
1. Experiencia requerida: Constancia de RUC en el rubro de provisión de Confecciones de Uniformes y/o Prendas de Vestir con 3 años de antigüedad como mínimo. - El presente requerimiento se contará desde la fecha de apertura hacia atrás.
2. Constancia de experiencia en confección y venta de prendas de vestir: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50% del monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021 - 2023) Los oferentes deberán presentar la cantidad de contratos y/o facturaciones de venta realizadas con Instituciones Públicas o empresas privadas dentro de los años indicados más arriba para llegar al 50% solicitado
SOLICITAMOS a la convocante ampliar este requerimiento a "Confecciones Y/O ventas de Uniformes y/o Prendas de Vestir." De lo contrario, este requisito se contrapone a la legislación vigente, direccionando el llamado a UNICAMENTE confeccionistas y no así a distribuidores de uniformes, prendas de vestir e indumentarias.
Cabe destacar que la ley ordena que los requisitos deben establecerse con la mayor amplitud posible para facilitar la participación libre de la mayor cantidad de oferentes.
CONSULTA:
1. Experiencia requerida: Constancia de RUC en el rubro de provisión de Confecciones de Uniformes y/o Prendas de Vestir con 3 años de antigüedad como mínimo. - El presente requerimiento se contará desde la fecha de apertura hacia atrás.
2. Constancia de experiencia en confección y venta de prendas de vestir: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50% del monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021 - 2023) Los oferentes deberán presentar la cantidad de contratos y/o facturaciones de venta realizadas con Instituciones Públicas o empresas privadas dentro de los años indicados más arriba para llegar al 50% solicitado
SOLICITAMOS a la convocante ampliar este requerimiento a "Confecciones Y/O ventas de Uniformes y/o Prendas de Vestir." De lo contrario, este requisito se contrapone a la legislación vigente, direccionando el llamado a UNICAMENTE confeccionistas y no así a distribuidores de uniformes, prendas de vestir e indumentarias.
Cabe destacar que la ley ordena que los requisitos deben establecerse con la mayor amplitud posible para facilitar la participación libre de la mayor cantidad de oferentes.
En respuesta a su solicitud de modificación de los requisitos de la licitación, y luego de una revisión detallada de los términos establecidos, cumplimos informarle se mantienen los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones; en consideración de las siguientes exposiciones:
Es importante primeramente recordar que las entidades del Estado tienen la responsabilidad de garantizar que las contrataciones se realicen bajo los principios de transparencia, competencia, eficiencia y legalidad. Según lo establece la ley de Suministro y Contrataciones públicas;
La ley también señala la importancia de establecer requisitos que aseguren que los oferentes tengan la capacidad técnica y la experiencia comprobada para cumplir con el objeto del contrato, lo cual es indispensable para garantizar la correcta ejecución del mismo. La exigencia de experiencia previa y contratos verificables en confección y provisión de uniformes está alineada con este principio, ya que busca asegurar que los proveedores sean capaces de cumplir con los estándares de calidad requeridos por la entidad convocante.
En el mercado actual, existe una amplia oferta de empresas que cumplen con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, tanto en términos de experiencia como de capacidad operativa. Reducir o flexibilizar dichos requisitos podría poner en riesgo la calidad del bien que se pretende adquirir, comprometiendo la eficiencia y la transparencia del proceso.
Es importante destacar que los requisitos solicitados no están dirigidos a excluir oferentes, sino a asegurar que la entidad pública, en este caso, el Crédito Agrícola de Habilitación, reciba propuestas de proveedores con experiencia comprobada en la confección y suministro de uniformes. Esta experiencia es crucial para asegurar que las prendas suministradas cumplan con los estándares de calidad necesarios, lo cual es particularmente importante en una institución con presencia nacional y una alta demanda de uniformes que proyecten la identidad institucional.
El Artículo 4 de la Ley N° 7021/22 establece que las entidades del Estado deben velar por el interés público en todo proceso de contratación. Para cumplir con este objetivo, es esencial que las condiciones y requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones sean rigurosos y garanticen que los oferentes puedan cumplir con los contratos en tiempo y forma, manteniendo la calidad y la confiabilidad de los productos ofrecidos.
Permitir que empresas sin experiencia en la confección de uniformes puedan participar en igualdad de condiciones con confeccionistas especializados comprometería el objetivo de asegurar la entrega de productos de alta calidad que cumplan con los requerimientos de durabilidad y presentación necesarios para la institución.
La normativa de contrataciones públicas no prohíbe la participación de distribuidores; sin embargo, en este caso específico, el pliego de condiciones fue diseñado para asegurar que el proveedor tenga la capacidad directa de confeccionar y entregar uniformes, tal como lo requiere la institución convocante. Esta especificación no viola el principio de competencia leal, sino que asegura que las empresas participantes tengan la capacidad técnica necesaria para cumplir con los términos del contrato, lo que es fundamental en cualquier proceso de licitación pública.
Por lo tanto, y en base a lo expuesto, la solicitud de modificación de los requisitos no puede ser aceptada. Los criterios establecidos en el pliego de condiciones tienen el objetivo de garantizar que el Estado obtenga el mejor bien posible bajo las condiciones más favorables. Reafirmamos que los requisitos actuales permiten la participación de empresas con experiencia comprobada en la confección de uniformes, lo que asegura la transparencia, la competencia leal y el cumplimiento de las normativas vigentes.
10
Capacidad Técnica
CONSULTA: Capacidad Técnica
1 Deberán contar la documentación que acredite que tienen un taller de confecciones propio, habilitados legalmente (impuestos municipales al día, rubros textiles.
2 Deberá tener en condiciones el local del taller (la dirección del taller debe estar actualizada, que coincida con su patente comercial, croquis de ubicación).
3 El oferente deberá contar indefectiblemente con un taller o salón de ventas donde desarrolle su actividad comercial, ya sea propio o alquilado en este caso deberá presentar copia del contrato de alquiler, o algún otro documento que demuestre la propiedad del taller y su patente comercial vigente en el rubro.
4 Deberá contar con las maquinarias necesarias para la confección de los uniformes; Presentar listado de maquinarias disponibles en la fábrica.
SOLICITAMOS a la convocante ampliar este requerimiento a TALLER Y/O SALON DE VENTAS de prendas de vestir. Puesto que claramente TODOS ESTOS REQUISITOS direccionan la participación SOLAMENTE A CONFECCIONISTAS O FABRICANTES.
Los requerimientos de exigir que un potencial oferente posea un taller propio o alquilado habilitados legalmente y vigentes a la fecha de apertura de ofertas, (impuestos municipales al día, rubro confecciones textil, inscripción IPS y RIEL) es claramente un direccionamiento a oferentes fabricantes y por ello, como se ha expuesto, está en contra de la normativa vigente.
Además en el mismo PBC, en: Otros criterios que la convocante requiera CPEN se contradicen solicitando:
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante.
Si se da la posibilidad de que "NINGUNO DE LOS OFERENTES FABRIQUE O PRODUZCA LOS BIENES OFRECIDOS", significa claramente, que no esta ni estamos OBLIGADOS a ser FABRICANTES para vender o comercializar cualquier producto.
En consecuencia, en el Pliego se expone una contradicción muy grave lo cual hace que las exigencias no sean claras y por tanto el criterio que debe aplicar la Convocante resulta ambiguo lo cual es inaceptable en un proceso que supone reglas, criterios, etc., deben ser uniformes para garantizar la transparencia en la evaluación de ofertas.-
1 Deberán contar la documentación que acredite que tienen un taller de confecciones propio, habilitados legalmente (impuestos municipales al día, rubros textiles.
2 Deberá tener en condiciones el local del taller (la dirección del taller debe estar actualizada, que coincida con su patente comercial, croquis de ubicación).
3 El oferente deberá contar indefectiblemente con un taller o salón de ventas donde desarrolle su actividad comercial, ya sea propio o alquilado en este caso deberá presentar copia del contrato de alquiler, o algún otro documento que demuestre la propiedad del taller y su patente comercial vigente en el rubro.
4 Deberá contar con las maquinarias necesarias para la confección de los uniformes; Presentar listado de maquinarias disponibles en la fábrica.
SOLICITAMOS a la convocante ampliar este requerimiento a TALLER Y/O SALON DE VENTAS de prendas de vestir. Puesto que claramente TODOS ESTOS REQUISITOS direccionan la participación SOLAMENTE A CONFECCIONISTAS O FABRICANTES.
Los requerimientos de exigir que un potencial oferente posea un taller propio o alquilado habilitados legalmente y vigentes a la fecha de apertura de ofertas, (impuestos municipales al día, rubro confecciones textil, inscripción IPS y RIEL) es claramente un direccionamiento a oferentes fabricantes y por ello, como se ha expuesto, está en contra de la normativa vigente.
Además en el mismo PBC, en: Otros criterios que la convocante requiera CPEN se contradicen solicitando:
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante.
Si se da la posibilidad de que "NINGUNO DE LOS OFERENTES FABRIQUE O PRODUZCA LOS BIENES OFRECIDOS", significa claramente, que no esta ni estamos OBLIGADOS a ser FABRICANTES para vender o comercializar cualquier producto.
En consecuencia, en el Pliego se expone una contradicción muy grave lo cual hace que las exigencias no sean claras y por tanto el criterio que debe aplicar la Convocante resulta ambiguo lo cual es inaceptable en un proceso que supone reglas, criterios, etc., deben ser uniformes para garantizar la transparencia en la evaluación de ofertas.-
En respuesta a su solicitud de modificación de los requisitos de la licitación, y luego de una revisión detallada de los términos establecidos, cumplimos informarle se mantienen los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones; en consideración de las siguientes exposiciones:
Es importante primeramente recordar que las entidades del Estado tienen la responsabilidad de garantizar que las contrataciones se realicen bajo los principios de transparencia, competencia, eficiencia y legalidad. Según lo establece la ley de Suministro y Contrataciones públicas;
La ley también señala la importancia de establecer requisitos que aseguren que los oferentes tengan la capacidad técnica y la experiencia comprobada para cumplir con el objeto del contrato, lo cual es indispensable para garantizar la correcta ejecución del mismo. La exigencia de experiencia previa y contratos verificables en confección y provisión de uniformes está alineada con este principio, ya que busca asegurar que los proveedores sean capaces de cumplir con los estándares de calidad requeridos por la entidad convocante.
En el mercado actual, existe una amplia oferta de empresas que cumplen con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, tanto en términos de experiencia como de capacidad operativa. Reducir o flexibilizar dichos requisitos podría poner en riesgo la calidad del bien que se pretende adquirir, comprometiendo la eficiencia y la transparencia del proceso.
Es importante destacar que los requisitos solicitados no están dirigidos a excluir oferentes, sino a asegurar que la entidad pública, en este caso, el Crédito Agrícola de Habilitación, reciba propuestas de proveedores con experiencia comprobada en la confección y suministro de uniformes. Esta experiencia es crucial para asegurar que las prendas suministradas cumplan con los estándares de calidad necesarios, lo cual es particularmente importante en una institución con presencia nacional y una alta demanda de uniformes que proyecten la identidad institucional.
El Artículo 4 de la Ley N° 7021/22 establece que las entidades del Estado deben velar por el interés público en todo proceso de contratación. Para cumplir con este objetivo, es esencial que las condiciones y requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones sean rigurosos y garanticen que los oferentes puedan cumplir con los contratos en tiempo y forma, manteniendo la calidad y la confiabilidad de los productos ofrecidos.
Permitir que empresas sin experiencia en la confección de uniformes puedan participar en igualdad de condiciones con confeccionistas especializados comprometería el objetivo de asegurar la entrega de productos de alta calidad que cumplan con los requerimientos de durabilidad y presentación necesarios para la institución.
La normativa de contrataciones públicas no prohíbe la participación de distribuidores; sin embargo, en este caso específico, el pliego de condiciones fue diseñado para asegurar que el proveedor tenga la capacidad directa de confeccionar y entregar uniformes, tal como lo requiere la institución convocante. Esta especificación no viola el principio de competencia leal, sino que asegura que las empresas participantes tengan la capacidad técnica necesaria para cumplir con los términos del contrato, lo que es fundamental en cualquier proceso de licitación pública.
Por lo tanto, y en base a lo expuesto, la solicitud de modificación de los requisitos no puede ser aceptada. Los criterios establecidos en el pliego de condiciones tienen el objetivo de garantizar que el Estado obtenga el mejor bien posible bajo las condiciones más favorables. Reafirmamos que los requisitos actuales permiten la participación de empresas con experiencia comprobada en la confección de uniformes, lo que asegura la transparencia, la competencia leal y el cumplimiento de las normativas vigentes.