Informaciones Importantes
- Observaciones de la Convocante: Conforme el Art. 210 de la Ley Nro. 3966/10 organica municipal, la difudion o publicacion de las contrtaciones realizadas por las municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACION O APROBACION PREVIO DE LA DNCP sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnacion por quienes vieren transgredidas sus derechos a cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de a Ley Nro. 2051/03 dentro del plazo previsto en la misma
- Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
- Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma