Informaciones Importantes
- Observaciones de la Convocante: Para esta construcción se deberá tener en cuenta lo indicado en la Ley Nº 4758/2012 del FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y DESARROLLO y el Decreto Nº 10504/2013, Art. 37 que dice: ?Los proyectos de infraestructura y equipamientos deberán enmarcarse dentro de las normativas vigentes, estándares de calidad de materiales, de mano de obra, de planos tipo, de especificaciones técnicas establecidas y aplicadas por el Ministerio de Educación y Cultura, así como de su aprobación y fiscalización por parte de la entidad?.
- Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
- Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma