Informaciones Importantes
- Observaciones de la Convocante: AL MOMENTO DE LA EVALUACION LA CONVOCANTE APLICARA EL MARGEN DE PREFERENCIA SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA LEY 4558/11 ? ART. 2° QUE DICE ?DISPONGASE QUE EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE EL ESTADO PARAGUAYO POR VIA DE PROCESOS DE CARÁCTER NACIONAL, SE ESTABLEZCA UN MARGEN DE PREFERENCIA DEL 20% (VEINTE POR CIENTO) A FAVOR DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL.- POR LOS EXPUESTOS PRECEDENTEMENTE, LA CONVOCANTE AL MOMENTO DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS, BRINDARÁ MAYOR PREFERENCIA A OFERENTES DE LA ZONA, ESTO ATENDIENDO QUE LA CONVOCANTE REALIZARÁ EL RETIRO DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO DESDE EL LOCAL DE LA EMPRESA ADJUDICADA.-
- Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
- Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma