1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, se establece que el UPS deberá tener Entrada Trifásica, Salida Monofásica o Entrada y Salida Monofásica (seleccionable por el usuario). Así también se indica que deberá tener entrada de voltaje configurable para 380, 400 o 415VAC Trifásico. Al respecto solicitamos sean aceptados equipos UPS con Entrada Monofásica y Salida Monofásica, indicando la Entrada Trifásica como de preferencia u opcional, considerando que normalmente los equipos de energía de esta potencia son monofásicos.
2) Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, respetuosamente solicitamos que la característica de baterías intercambiables en funcionamiento sea indicada como de preferencia u opcional, atendiendo a que los equipos UPS normalmente cuentan con mecanismo de Bypass estático que permite realizar el reemplazo de las baterías sin interrupción de la alimentación a las cargas.
3) Respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptados equipos UPS con eficiencia ≥ 88%, teniendo en cuenta que es un valor típico de eficiencia de equipamientos de energía de este tipo y capacidad.
1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, se establece que el UPS deberá tener Entrada Trifásica, Salida Monofásica o Entrada y Salida Monofásica (seleccionable por el usuario). Así también se indica que deberá tener entrada de voltaje configurable para 380, 400 o 415VAC Trifásico. Al respecto solicitamos sean aceptados equipos UPS con Entrada Monofásica y Salida Monofásica, indicando la Entrada Trifásica como de preferencia u opcional, considerando que normalmente los equipos de energía de esta potencia son monofásicos.
2) Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, respetuosamente solicitamos que la característica de baterías intercambiables en funcionamiento sea indicada como de preferencia u opcional, atendiendo a que los equipos UPS normalmente cuentan con mecanismo de Bypass estático que permite realizar el reemplazo de las baterías sin interrupción de la alimentación a las cargas.
3) Respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptados equipos UPS con eficiencia ≥ 88%, teniendo en cuenta que es un valor típico de eficiencia de equipamientos de energía de este tipo y capacidad.
1) Aclaramos que la entrada deberá ser trifásica por el tamaño de la UPS y la salida podrá ser trifásica o monofásica. Remitirse a la Adenda N° 1. 2) Las características de la UPS en cuanto a las Baterías intercambiables en funcionamiento es fundamental para el funcionamiento ininterrumpido de la UPS, no podemos aceptar esta característica como opcional. 3) Existen varias marcas que tienen eficiencia igual o mayor a 90%, no podemos aceptar equipos inferiores. Aclaramos que la entrada deberá ser trifásica por el tamaño de la UPS y la salida podrá ser trifásica o monofásica. Remitirse a la Adenda N° 1.
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Sala de control
1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Mobiliario para la Sala de Control, se solicitan dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en Villa Elisa, y dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en J.M.Troche. Asimismo en el Item Readecuación de la Sala de Control, se menciona que se debe separar el área donde estará el personal de monitoreo, del espacio donde serán ubicados los racks, que debe incluir refrigeración. Al respecto, tanto para Villa Elisa como J.M.Troche, consultamos si un acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el área del personal de monitoreo, y el segundo acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el espacio de los racks.
2) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Readecuación de la Sala de Control, se menciona que se debe separar el área donde estará el personal de monitoreo, del espacio donde serán ubicados los racks. Acerca de este punto, consultamos si esta separación de ambientes deberá ser realizada por medio de mamparas.
3) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Mobiliario para la Sala de Control, se solicitan dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en Villa Elisa, y dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en J.M.Troche. Así también en el Item Readecuación de la Sala de Control, se expresa que se debe incluir refrigeración redundante para los racks. Referente a este punto consultamos si esta refrigeración redundante indicada, es adicional a los dos acondicionadores de aire de 18.000BTU para cada sitio, antes mencionados.
4) Con referencia a la refrigeración redundante para los racks indicada en la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Readecuación de la Sala de Control, solicitamos favor confirmar que la refrigeración será del tipo de confort, no será de precisión.
1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Mobiliario para la Sala de Control, se solicitan dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en Villa Elisa, y dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en J.M.Troche. Asimismo en el Item Readecuación de la Sala de Control, se menciona que se debe separar el área donde estará el personal de monitoreo, del espacio donde serán ubicados los racks, que debe incluir refrigeración. Al respecto, tanto para Villa Elisa como J.M.Troche, consultamos si un acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el área del personal de monitoreo, y el segundo acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el espacio de los racks.
2) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Readecuación de la Sala de Control, se menciona que se debe separar el área donde estará el personal de monitoreo, del espacio donde serán ubicados los racks. Acerca de este punto, consultamos si esta separación de ambientes deberá ser realizada por medio de mamparas.
3) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Mobiliario para la Sala de Control, se solicitan dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en Villa Elisa, y dos acondicionadores de aire de 18.000BTU en J.M.Troche. Así también en el Item Readecuación de la Sala de Control, se expresa que se debe incluir refrigeración redundante para los racks. Referente a este punto consultamos si esta refrigeración redundante indicada, es adicional a los dos acondicionadores de aire de 18.000BTU para cada sitio, antes mencionados.
4) Con referencia a la refrigeración redundante para los racks indicada en la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item Readecuación de la Sala de Control, solicitamos favor confirmar que la refrigeración será del tipo de confort, no será de precisión.
Un acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el área del personal de monitoreo, y el segundo acondicionador de aire de 18.000BTU será instalado en el espacio de los racks. La separación de ambientes deberá ser realizada por medio de mamparas. Se deberá incluir un aire más para redundancia. La refrigeración será del tipo Split y no de precisión. Remitirse a la Adenda N° 1
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Generador Centro de Monitoreo
1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, capítulo 10. Operación del Sistema y Seguridad, se solicita un Generador del centro de monitoreo del oferente de al menos 60KVA. Al respecto solicitamos verificar y reducir la capacidad del Generador, considerando que el consumo máximo del centro de monitoreo no sería mayor a 15KVA, y que no es recomendable la operación del Generador con carga muy reducida.
1) En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, capítulo 10. Operación del Sistema y Seguridad, se solicita un Generador del centro de monitoreo del oferente de al menos 60KVA. Al respecto solicitamos verificar y reducir la capacidad del Generador, considerando que el consumo máximo del centro de monitoreo no sería mayor a 15KVA, y que no es recomendable la operación del Generador con carga muy reducida.
El generador del centro de monitoreo del oferente debe ser de por lo menos 15KVA. Favor remitirse a la Adenda N° 1
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Item UPS Tipo 1
1) Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, respetuosamente solicitamos que sean aceptados equipos UPS con 3 (tres) conexiones de salida del tipo IEC y borneras, que permitirán alimentar satisfactoriamente los equipos a ser conectados, y de manera a permitir la participación de una mayor cantidad de oferentes.
2) Con respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sea aceptado el rango de tensión de entrada de 180 270VCA, que cubre adecuadamente las eventuales variaciones de tensión de la red de ANDE, tanto para el 50% de carga, así como para el 100%.
3) Referente a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sea aceptada la autonomía de 10 minutos para la carga de 4000 Vatios, de manera a permitir la participación de más fabricantes.
4) Acerca de la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptadas normas de filtrado similares a UL-1449, que cumplen con la misma función.
5) Con respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptados equipos UPS con nivel de ruido < 60dB, considerando que es un valor típico para equipos de energía de este tipo y potencia.
1) Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, respetuosamente solicitamos que sean aceptados equipos UPS con 3 (tres) conexiones de salida del tipo IEC y borneras, que permitirán alimentar satisfactoriamente los equipos a ser conectados, y de manera a permitir la participación de una mayor cantidad de oferentes.
2) Con respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sea aceptado el rango de tensión de entrada de 180 270VCA, que cubre adecuadamente las eventuales variaciones de tensión de la red de ANDE, tanto para el 50% de carga, así como para el 100%.
3) Referente a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sea aceptada la autonomía de 10 minutos para la carga de 4000 Vatios, de manera a permitir la participación de más fabricantes.
4) Acerca de la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptadas normas de filtrado similares a UL-1449, que cumplen con la misma función.
5) Con respecto a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Especificaciones Técnicas, Item UPS tipo 1, sub-item Requerimientos, solicitamos que sean aceptados equipos UPS con nivel de ruido < 60dB, considerando que es un valor típico para equipos de energía de este tipo y potencia.
1) 3 (tres) conexiones de salida del tipo IEC y borneras son insuficientes para la cantidad de equipos a ser instalados en el rack principal, favor ajustarse a lo solicitado en el PBC. 2) La UPS deberá soportar entrada trifásica, favor ajustarse a lo solicitado en el PBC. 3) No se podrán aceptar equipos con autonomías inferiores, favor ajustarse a lo solicitado en el PBC. 4) Los requerimientos solicitados en el PBC son las mínimas exigencias a cumplir, podrán ser aceptados equipos iguales o superiores, favor remitirse de conformidad a lo establecido en el PBC
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Experiencia y Capacidad Técnica
Donde indica:
Deberá contar con una experiencia mínima de al menos 2 (dos) contratos en la prestación del Servicio de Monitoreo de CCTV, cuya duración mínima debe ser de 12 (doce) meses. Para acreditar el cumplimiento con este requisito, deberá incluir en su oferta: Copia
de Contratos y/o facturas de prestación del servicio de monitoreo a entidades públicas y/o privadas.
Atendiendo a que este proceso de contratación tiene como fin general la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE VIDEO VIGILANCIA IP Y CONTROL DE ACCESOS; consideramos que suscribir la experiencia y capacidad únicamente a empresas que hayan prestado servicio de monitoreo de CCTV es limitante para empresas que proveen también otro tipo de Servicios de monitoreo de seguridad 24hs, respuestas especializadas de seguridad ante cualquier señal recibida, centros de monitoreo con capacidad técnica y de recursos humanos para hacer responder ante cualquier emergencia. Por tanto, hoy tienen la oportunidad de ofertar los la Solución requerida por la Convocante. Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con un centro de monitoreo 24hs y de respuesta inmediata en caso de alguna emergencia. Es importante que la convocante realice la siguiente corrección en la solicitud:
"Deberá contar con una experiencia mínima de al menos 2 (dos) contratos en la prestación del Servicio de Monitoreo 24hs de Seguridad electrónica de Sistemas de Alarmas, de CCTV, Sistemas de Detección de Incendio, Sistemas de Seguridad electrónica en general cuya duración mínima debe ser de 12 (doce) meses. Para acreditar el cumplimiento con este requisito, deberá incluir en su oferta: Copia de Contratos y/o facturas de prestación del servicio a entidades públicas y/o privadas. El oferente deberá demostrar con documentación que cuenta con un centro de monitoreo dotado de los estándares internacionales para garantizar el funcionamiento y prestación del servicio.
Dejamos constancia que las condiciones en un proceso de contratación deben establecerse con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato en este caso: ADQUISICION DE SISTEMA DE VIDEO SEGURIDAD INTEGRADO PARA PETROLEOS PARAGUAYOS PETROPAR, solicitando entonces, se sirva establecer la experiencia y capacidad como se ha detallado más arriba, ya que de mantener el criterio actual se estaría favoreciendo indebida e innecesariamente a unos pocos oferentes.-
Donde indica:
Deberá contar con una experiencia mínima de al menos 2 (dos) contratos en la prestación del Servicio de Monitoreo de CCTV, cuya duración mínima debe ser de 12 (doce) meses. Para acreditar el cumplimiento con este requisito, deberá incluir en su oferta: Copia
de Contratos y/o facturas de prestación del servicio de monitoreo a entidades públicas y/o privadas.
Atendiendo a que este proceso de contratación tiene como fin general la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE VIDEO VIGILANCIA IP Y CONTROL DE ACCESOS; consideramos que suscribir la experiencia y capacidad únicamente a empresas que hayan prestado servicio de monitoreo de CCTV es limitante para empresas que proveen también otro tipo de Servicios de monitoreo de seguridad 24hs, respuestas especializadas de seguridad ante cualquier señal recibida, centros de monitoreo con capacidad técnica y de recursos humanos para hacer responder ante cualquier emergencia. Por tanto, hoy tienen la oportunidad de ofertar los la Solución requerida por la Convocante. Consideramos que la Convocante debe permitir la participación de las empresas que cuentan con un centro de monitoreo 24hs y de respuesta inmediata en caso de alguna emergencia. Es importante que la convocante realice la siguiente corrección en la solicitud:
"Deberá contar con una experiencia mínima de al menos 2 (dos) contratos en la prestación del Servicio de Monitoreo 24hs de Seguridad electrónica de Sistemas de Alarmas, de CCTV, Sistemas de Detección de Incendio, Sistemas de Seguridad electrónica en general cuya duración mínima debe ser de 12 (doce) meses. Para acreditar el cumplimiento con este requisito, deberá incluir en su oferta: Copia de Contratos y/o facturas de prestación del servicio a entidades públicas y/o privadas. El oferente deberá demostrar con documentación que cuenta con un centro de monitoreo dotado de los estándares internacionales para garantizar el funcionamiento y prestación del servicio.
Dejamos constancia que las condiciones en un proceso de contratación deben establecerse con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato en este caso: ADQUISICION DE SISTEMA DE VIDEO SEGURIDAD INTEGRADO PARA PETROLEOS PARAGUAYOS PETROPAR, solicitando entonces, se sirva establecer la experiencia y capacidad como se ha detallado más arriba, ya que de mantener el criterio actual se estaría favoreciendo indebida e innecesariamente a unos pocos oferentes.-
El proyecto licitado está combinado por componentes de provisión de equipos, mano de obra calificada y servicio de monitoreo del CCTV. La similitud expresada en el requisito de calificación responden exactamente a lo que pretende adquirir la Institución, hecho que lleva a exigir que el oferente que pretenda resultar adjudicatario sea una firma que haya realizado éstas mismas provisiones y prestaciones, garantizando que el contrato será ejecutado por una empresa con suficiente experiencia e idoneidad en dicho campo, acreditada con la documentación exigida, y que satisfará oportunamente las necesidades de la institución, conforme lo dispone el Art. 4° inc. a) de la Ley 2051/03 "De Contrataciones Públicas". Estos requerimientos no ejercen factor limitativo alguno, ya que tras realizar un estudio de mercado, observamos que existen un gran número de empresas especializadas en el ramo, lo cual garantiza que se podrá lograr una importante participación de oferentes que se dedican a éste rubro. Es importante señalar que la seguridad del proyecto y mantenimiento efectivo del funcionamiento, dependen en un 100 % del cumplimiento de este ítem. Además debe considerarse que este proyecto incluye la modernización del sistema de CCTV, la operatividad del servicio de monitoreo y la plataforma de control de manera remota, con soporte técnico permanente, por parte de la empresa adjudicataria, por consiguiente no puede separarse en sus partes, bajo pretexto de presentar una condición favorable a las pretensiones de las empresas participantes. Por lo expuesto, se mantiene invariable este requisito
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Experiencia y Capacidad Técnica
Donde indica:
El Oferente deberá acreditar que cuenta con autorización al menos desde el año 2012 como empresa de seguridad privada a través de medios electrónicos, presentando la Resolución correspondiente expedida por la Policía Nacional. Asimismo deberá presentar la Constancia y acta vigente de fiscalización realizada por dicha dependencia policial.
Solicitamos a la convocante la aclaración sobre el acta de fiscalización correspondiente. Entendemos que se trata del acta correspondiente al año en curso (2015).
Sírvase aclarar.
Donde indica:
El Oferente deberá acreditar que cuenta con autorización al menos desde el año 2012 como empresa de seguridad privada a través de medios electrónicos, presentando la Resolución correspondiente expedida por la Policía Nacional. Asimismo deberá presentar la Constancia y acta vigente de fiscalización realizada por dicha dependencia policial.
Solicitamos a la convocante la aclaración sobre el acta de fiscalización correspondiente. Entendemos que se trata del acta correspondiente al año en curso (2015).
Sírvase aclarar.
El Acta de Fiscalización es realizado por el Departamento contra Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional a las instalaciones de las empresas dedicadas a éste rubro, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 6° numeral 24 de la Ley N° 222/93, y en las Resoluciones N° 319/04; 1/07 y 17/07. Así mismo, se aclara que el Acta de Fiscalización debe corresponder al ejercicio 2015
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Experiencia y Capacidad Técnica
Donde indica:
Presentar documentación respaldatoria, tales como contratos y/o facturas por la cual el OFERENTE haya realizado instalaciones, como mínimo, el 50% de la cantidad de cámaras de vigilancia solicitada, realizada en Paraguay, y que demuestre la capacidad del mismo para prestar servicios de soporte técnico, relacionado a los equipos y sistemas instalados.
Solicitamos a la convocante aclarar que las documentaciones a ser presentadas deben corresponder a la tecnología IP. Consideramos dicha aclaración atendiendo que el objeto de dicho proceso de compra tiene como objetivo la adquisición de la tecnología mencionada.
Donde indica:
Presentar documentación respaldatoria, tales como contratos y/o facturas por la cual el OFERENTE haya realizado instalaciones, como mínimo, el 50% de la cantidad de cámaras de vigilancia solicitada, realizada en Paraguay, y que demuestre la capacidad del mismo para prestar servicios de soporte técnico, relacionado a los equipos y sistemas instalados.
Solicitamos a la convocante aclarar que las documentaciones a ser presentadas deben corresponder a la tecnología IP. Consideramos dicha aclaración atendiendo que el objeto de dicho proceso de compra tiene como objetivo la adquisición de la tecnología mencionada.
Es excluyente el cumplimiento de este punto por cuanto el soporte técnico de tecnología IP como servicio es parte integrante del proyecto global, que involucra también el servicio anual de operadores de CCTV
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RED IP de conexión
Solicitamos a la convocante aclarar el ancho de banda disponible para el tráfico de imágenes que se tiene entre la Planta de Villa Elisa y Planta Troche; Planta de Villa Elisa y Edificio de Oficinas Centrales; Planta Troche y Edificio de Oficinas Centrales.
Solicitamos a la convocante aclarar el ancho de banda disponible para el tráfico de imágenes que se tiene entre la Planta de Villa Elisa y Planta Troche; Planta de Villa Elisa y Edificio de Oficinas Centrales; Planta Troche y Edificio de Oficinas Centrales.
En planta M.J. Troche deberá tener una bajada de VPN de 20Mbps al igual que en las Oficinas Centrales. En la planta de Villa Elisa se concentrarán las imágenes y se precisa 60Mbps lo cual replica al centro de control remoto también con 60Mbps
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Sistema de Gestión de Video
Solicitamos a la convocante que donde se indica lo siguiente:
La aplicación deberá estar desarrollada con una arquitectura abierta, orientada a objetos, permitiendo la programación del sistema por el usuario, para automatizaciones o eventos y/o reacciones de los objetos de los módulos del sistema, contando con modulo SDK y LII, para poder realizar un sistema a medida entre la aplicación y sistemas existentes.
Realice los siguientes cambios para permitir la participación de varios oferentes:
La aplicación deberá estar desarrollada con una arquitectura abierta, orientada a objetos, permitiendo la programación del sistema por el usuario, para automatizaciones o eventos y/o reacciones de los objetos de los módulos del sistema, contando con modulo SDK, LII o "similar", para poder realizar un sistema a medida entre la aplicación y sistemas existentes.
Solicitamos a la convocante que donde se indica lo siguiente:
La aplicación deberá estar desarrollada con una arquitectura abierta, orientada a objetos, permitiendo la programación del sistema por el usuario, para automatizaciones o eventos y/o reacciones de los objetos de los módulos del sistema, contando con modulo SDK y LII, para poder realizar un sistema a medida entre la aplicación y sistemas existentes.
Realice los siguientes cambios para permitir la participación de varios oferentes:
La aplicación deberá estar desarrollada con una arquitectura abierta, orientada a objetos, permitiendo la programación del sistema por el usuario, para automatizaciones o eventos y/o reacciones de los objetos de los módulos del sistema, contando con modulo SDK, LII o "similar", para poder realizar un sistema a medida entre la aplicación y sistemas existentes.
Solicitamos que el sistema de gestión de video cuente con módulos SDK para el desarrollo de la aplicación hacia terceros y LII para la integración a de otras aplicaciones. Remitirse al PBC
10
Sistema de Gestión de Video
Donde indica:
El modulo web deberá correr sobre un servidor independiente, para mantener la seguridad de la información, deberá estar conectado a la DMZ de la red, se deberá poder seleccionar y controlar cuales son los usuarios que ingresan desde la web y a donde acceden; a qué cámaras, con qué resolución y qué compresión.
Solicitamos que la convocante permita sistemas que garanticen de acuerdo al arquitectura del diseño del funcionamiento del sistema la seguridad de acceso no limitando solamente lo indicado en el párrafo que antecede.
Donde indica:
El modulo web deberá correr sobre un servidor independiente, para mantener la seguridad de la información, deberá estar conectado a la DMZ de la red, se deberá poder seleccionar y controlar cuales son los usuarios que ingresan desde la web y a donde acceden; a qué cámaras, con qué resolución y qué compresión.
Solicitamos que la convocante permita sistemas que garanticen de acuerdo al arquitectura del diseño del funcionamiento del sistema la seguridad de acceso no limitando solamente lo indicado en el párrafo que antecede.
Las especificaciones técnicas referidas son del sistema de gestión de video y no del sistema de control de acceso. Remitirse a las especificaciones de conformidad a lo establecido en el PBC