cómo se aplica a empresas oferentes extranjeras la parte que dice que las garrafas serán fabricadas "...conforme autorización del MIC y aprobación del INTN proveído por PETROPAR", considerando que la fabricación se realiza en un país que no es la República del Paraguay.
cómo se aplica a empresas oferentes extranjeras la parte que dice que las garrafas serán fabricadas "...conforme autorización del MIC y aprobación del INTN proveído por PETROPAR", considerando que la fabricación se realiza en un país que no es la República del Paraguay.
Al llegar al país van a una verificadora acreditada por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) de la Republica del Paraguay que informa si la garrafa cumple o no con la norma y ese informe se presenta al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) de la Republica del Paraguay para el proceso de habilitación. Es conveniente que el oferente tenga un listado con el número de serie de las garrafas para facilitar la habilitación.
22
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.3, Item 2, numeral 2.3 e Item 3, numeral 3.3., se establece con relación a los datos consignados para "diámetro", "altura" y "espesor", el siguiente texto: "Dimensiones aproximadas: pueden variar para alcanzar el volumen mínimo de agua". Solicitamos ratificar que el criterio expresado en el texto transcrito es aplicable a los valores consignados en los gráficos incluidos mediante la Adenda 1, con relación a "diámetro", "altura" y "espesor", para cada uno de los indicados tipos de garrafas.
08-03-2016
10-03-2016
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.3, Item 2, numeral 2.3 e Item 3, numeral 3.3., se establece con relación a los datos consignados para "diámetro", "altura" y "espesor", el siguiente texto: "Dimensiones aproximadas: pueden variar para alcanzar el volumen mínimo de agua". Solicitamos ratificar que el criterio expresado en el texto transcrito es aplicable a los valores consignados en los gráficos incluidos mediante la Adenda 1, con relación a "diámetro", "altura" y "espesor", para cada uno de los indicados tipos de garrafas.
Adecuarse a las Especificaciones Técnicas. Adenda N° 1 y Documentos publicados en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
23
Sección VII, Anexo N° 1, Documentos que Componen la Oferta, apartado F)
favor confirmar que los documentos señalados en los numerales 1, 3, 4, 5 y 9, al no haber sido expedidos por autoridades extranjeras, no requieren ser legalizados conforme se indica en el último recuadro del referido Anexo N° 1.
08-03-2016
10-03-2016
Sección VII, Anexo N° 1, Documentos que Componen la Oferta, apartado F)
favor confirmar que los documentos señalados en los numerales 1, 3, 4, 5 y 9, al no haber sido expedidos por autoridades extranjeras, no requieren ser legalizados conforme se indica en el último recuadro del referido Anexo N° 1.
Sección IV de la parte Condiciones Especiales del Contrato (CEC) del Pliego de Bases y Condiciones
apartado CGC 14.1; 14.2 Y 14.3, favor indicar:
1. Si el Plan Financiero de PETROPAR para el año 2016 fue aprobado a la fecha.
2. Si los términos "Factura de Crédito" y "Facturas Legales" son lo mismo.
3. Si la retención del 0,4% sobre el importe neto de la factura aplica a oferentes extranjeros.
08-03-2016
10-03-2016
Sección IV de la parte Condiciones Especiales del Contrato (CEC) del Pliego de Bases y Condiciones
apartado CGC 14.1; 14.2 Y 14.3, favor indicar:
1. Si el Plan Financiero de PETROPAR para el año 2016 fue aprobado a la fecha.
2. Si los términos "Factura de Crédito" y "Facturas Legales" son lo mismo.
3. Si la retención del 0,4% sobre el importe neto de la factura aplica a oferentes extranjeros.
1. El Plan Financiero se encuentra aprobado por Decreto N° 4931 de la Presidencia de la República del Paraguay de fecha 18 de febrero de 2016. Petróleos Paraguayos - PETROPAR cuenta con Disponibilidad Presupuestaria para la adjudicación del presente procedimiento de contratación.
2. Los términos Factura Crédito y Facturas Legales se refieren al mismo documento.
3. La Retención del 0,4 % sobre el importe neto de las facturas aplica para todos los proveedores ya sean nacionales o extranjeros.
La diferencia con proveedores contituidos en la Republica del Paraguay y los constituidos en otros paises se encuentra en las Retenciones del IVA y Renta. A los proveedores Nacionales se les aplica las Retenciones establecidas en las Leyes Tributarias vigentes a diferencia de los proveedores extranjeros que no se les retiene IVA y Renta. Los consorcios constituidos en la Republica del Paraguay son pasibles de las Retenciones establecidas conforme a las Leyes Tributarias vigentes.
25
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Con relación a la Sección III, "Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos" del Pliego de Bases y Condiciones, en la parte "Especificaciones Técnicas de las Garrafas", Item 1, numeral 1.11, subnumerales 1.11.1, 1.11.5, 1.11.8 y 1.11.9, Item 2, numeral 2.11, subnumerales 2.11.1, 2.11.5, 2.11.8 y 2.11.9 e Item 3, numeral 3.11., subnumerales 3.11.1, 3.11.5, 3.11.8 y 3.11.9, se establece que en la parte posterior del anillo protector de la válvula deberán consignarse, entre otros, los siguientes datos: nombre o marca del fabricante, tara, número de empadronamiento y número de serie, información solicitada también en los gráficos que se incluyen con la Adenda 1 y que deberá ir según ese documento en el cuerpo del envase y en el Porta Válvula para cada tipo de garrafas, según dicha Adenda. La consulta es si toda esa información podría ir únicamente en la parte posterior del anillo protector de la válvula y de ese modo evitar la repetición.
08-03-2016
10-03-2016
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Con relación a la Sección III, "Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos" del Pliego de Bases y Condiciones, en la parte "Especificaciones Técnicas de las Garrafas", Item 1, numeral 1.11, subnumerales 1.11.1, 1.11.5, 1.11.8 y 1.11.9, Item 2, numeral 2.11, subnumerales 2.11.1, 2.11.5, 2.11.8 y 2.11.9 e Item 3, numeral 3.11., subnumerales 3.11.1, 3.11.5, 3.11.8 y 3.11.9, se establece que en la parte posterior del anillo protector de la válvula deberán consignarse, entre otros, los siguientes datos: nombre o marca del fabricante, tara, número de empadronamiento y número de serie, información solicitada también en los gráficos que se incluyen con la Adenda 1 y que deberá ir según ese documento en el cuerpo del envase y en el Porta Válvula para cada tipo de garrafas, según dicha Adenda. La consulta es si toda esa información podría ir únicamente en la parte posterior del anillo protector de la válvula y de ese modo evitar la repetición.
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.3, Item 2, numeral 2.3 e Item 3, numeral 3.3., se establece con relación a los datos consignados para "diámetro", "altura" y "espesor", el siguiente texto: "Dimensiones aproximadas: pueden variar para alcanzar el volumen mínimo de agua". Solicitamos ratificar que el criterio expresado en el texto transcrito es aplicable a los valores consignados en los gráficos incluidos mediante la Adenda 1, con relación a "diámetro", "altura" y "espesor", para cada uno de los indicados tipos de garrafas.
08-03-2016
10-03-2016
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.3, Item 2, numeral 2.3 e Item 3, numeral 3.3., se establece con relación a los datos consignados para "diámetro", "altura" y "espesor", el siguiente texto: "Dimensiones aproximadas: pueden variar para alcanzar el volumen mínimo de agua". Solicitamos ratificar que el criterio expresado en el texto transcrito es aplicable a los valores consignados en los gráficos incluidos mediante la Adenda 1, con relación a "diámetro", "altura" y "espesor", para cada uno de los indicados tipos de garrafas.
Sección VII, Anexo N° 1, Documentos que Componen la Oferta, apartado F)
favor confirmar que los documentos señalados en los numerales 1, 3, 4, 5 y 9, al no haber sido expedidos por autoridades extranjeras, no requieren ser legalizados conforme se indica en el último recuadro del referido Anexo N° 1.
08-03-2016
10-03-2016
Sección VII, Anexo N° 1, Documentos que Componen la Oferta, apartado F)
favor confirmar que los documentos señalados en los numerales 1, 3, 4, 5 y 9, al no haber sido expedidos por autoridades extranjeras, no requieren ser legalizados conforme se indica en el último recuadro del referido Anexo N° 1.
Sección IV de la parte Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
apartado CGC 14.1; 14.2 Y 14.3, favor indicar:
1. Si el Plan Financiero de PETROPAR para el año 2016 fue aprobado a la fecha.
2. Si los términos "Factura de Crédito" y "Facturas Legales" son lo mismo.
3. Si la retención del 0,4% sobre el importe neto de la factura aplica a oferentes extranjeros.
08-03-2016
10-03-2016
Sección IV de la parte Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
apartado CGC 14.1; 14.2 Y 14.3, favor indicar:
1. Si el Plan Financiero de PETROPAR para el año 2016 fue aprobado a la fecha.
2. Si los términos "Factura de Crédito" y "Facturas Legales" son lo mismo.
3. Si la retención del 0,4% sobre el importe neto de la factura aplica a oferentes extranjeros.
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.11, subnumerales 1.11.1, 1.11.5, 1.11.8 y 1.11.9, Item 2, numeral 2.11, subnumerales 2.11.1, 2.11.5, 2.11.8 y 2.11.9 e Item 3, numeral 3.11., subnumerales 3.11.1, 3.11.5, 3.11.8 y 3.11.9, se establece que en la parte posterior del anillo protector de la válvula deberán consignarse, entre otros, los siguientes datos: nombre o marca del fabricante, tara, número de empadronamiento y número de serie, información solicitada también en los gráficos que se incluyen con la Adenda 1 y que deberá ir según ese documento en el cuerpo del envase y en el Porta Válvula para cada tipo de garrafas, según dicha Adenda. La consulta es si toda esa información podría ir únicamente en la parte posterior del anillo protector de la válvula y de ese modo evitar la repetición.
08-03-2016
10-03-2016
Sección III, Especificaciones Técnicas de las Garrafas
Item 1, numeral 1.11, subnumerales 1.11.1, 1.11.5, 1.11.8 y 1.11.9, Item 2, numeral 2.11, subnumerales 2.11.1, 2.11.5, 2.11.8 y 2.11.9 e Item 3, numeral 3.11., subnumerales 3.11.1, 3.11.5, 3.11.8 y 3.11.9, se establece que en la parte posterior del anillo protector de la válvula deberán consignarse, entre otros, los siguientes datos: nombre o marca del fabricante, tara, número de empadronamiento y número de serie, información solicitada también en los gráficos que se incluyen con la Adenda 1 y que deberá ir según ese documento en el cuerpo del envase y en el Porta Válvula para cada tipo de garrafas, según dicha Adenda. La consulta es si toda esa información podría ir únicamente en la parte posterior del anillo protector de la válvula y de ese modo evitar la repetición.