ADQUISICION DE TIERRAS - DISTRITO 25 DE DICIEMBRE, DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO.
Convocante
Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT)
Categoría
3 - Adquisición y Locación de inmuebles. Alquiler de muebles
Unidad de Contratación
Uoc Indert
Tipo de Procedimiento
CE - Contratación por Excepción
Monto Estimado
₲ 286.664.676
Porcentaje de Garantía de Mantenimiento de Ofertas
3%
Tipo de Garantía
Póliza
Estado
Adjudicada
Fecha de Publicación
27-11-2018 - 16:57
Etapas y Plazos
Lugar para Realizar Consultas
UOC - INDERT
Fecha Límite de Consultas
miércoles, 5 de diciembre de 2018 - 10:00
Lugar de Entrega de Ofertas
UOC - INDERT
Fecha de Entrega de Ofertas
lunes, 10 de diciembre de 2018 - 09:00
Lugar de Apertura de Ofertas
UOC - INDERT
Fecha de Apertura de Ofertas
lunes, 10 de diciembre de 2018 - 09:30
Adjudicación y Contrato
Sistema de Adjudicación
Por Total
Fuente de Financiamiento
Recursos Del Tesoro (Fuente 10)
Anticipo
No se otorgará Anticipo
Vigencia del Contrato
Hasta Cumplimiento Total de Obligaciones
Datos del Contacto
Nombre
VICTOR FERNANDEZ ARRUA
Cargo
Director General
Teléfono
0214395000
Correo Electrónico
nquiroz@dncp.gov.py
Causal de la Excepción
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Derecho Exclusivo: el contrato sólo puede celebrarse con una determinada persona; por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos (Inciso a) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
Informaciones Importantes
Observaciones de la Convocante: INCISO DE EXCEPCION A) Y G)
Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03