Informaciones Importantes
- Observaciones de la Convocante: Deberán participar en esta Licitación en forma conjunta (Consorcio), exclusivamente empresas consultoras de la República del Paraguay y de la República Federativa del Brasil, conforme a lo establecido en la Ley 6086/2018 Que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Construcción de un Puente Carretero Internacional sobre el Río Paraguay entre las Ciudades de Carmelo Peralta y Puerto Murtinho, conforme lo establece su Artículo IV, inc. 2 el cual reza: Los procedimientos licitatorios del puente estarán consustanciados en Pliegos Binacionales de Bases y Condiciones, debiendo las obras ser ejecutadas exclusivamente por empresas establecidas en el Paraguay y/o Brasil, cuya participación se dará conforme a las respectivas legislaciones nacionales.
- Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
- Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma