Consulta:
El Contratista será pasible de la aplicación de penalidades en los siguientes casos:
En caso que el personal del Contratista no cubra el horario establecido en el numeral anterior (lunes a domingo, en el horario de 00:00 hs. a 23:59 hs.), se aplicará una multa equivalente al 3% (tres por ciento) sobre el valor del servicio mensual. Esto será aplicado a partir de los 60 minutos al mes de falta de cobertura.
El personal del Contratista, estará obligado a registrar su ingreso y salida a través de mecanismos de registros a ser implementados para el efecto.
Solicitamos a la Convocante se pueda aclarar cuál será el mecanismo de registro de ingreso y salida a ser implementados, y si este mecanismo será implementado por la Convocante o la contratada, y en cualquier caso, solicitamos a la Convocante se permita contar con un sistema de control de asistencia propio con los factores de autenticación que la Convocante establezca para contar con un control paralelo, y que los registros del mismo sean considerados en el análisis de cumplimiento de asistencia.