En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, se solicita:
“Instalación y puesta en marcha: El oferente se encargará de la instalación y puesta en funcionamiento del equipo ofertado. El oferente deberá prever todo lo necesario para la correcta instalación y el buen funcionamiento del mismo.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante la realización de una Visita Técnica al sitio donde deberá ser instalado el equipo UPS, a fin de conocer con mayor detalle las condiciones de infraestructura e instalaciones existentes, de forma a dimensionar correctamente los materiales y servicios que serán necesarios para el montaje y puesta en servicio del mencionado equipo UPS.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, se solicita:
“Instalación y puesta en marcha: El oferente se encargará de la instalación y puesta en funcionamiento del equipo ofertado. El oferente deberá prever todo lo necesario para la correcta instalación y el buen funcionamiento del mismo.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante la realización de una Visita Técnica al sitio donde deberá ser instalado el equipo UPS, a fin de conocer con mayor detalle las condiciones de infraestructura e instalaciones existentes, de forma a dimensionar correctamente los materiales y servicios que serán necesarios para el montaje y puesta en servicio del mencionado equipo UPS.
Aclaramos que todo lo necesario se refiere a que el oferente deberá incluir en su oferta la cotización de: Un Tablero externo para una UPS de 20kva, la instalación y puesta en marcha del equipo, el cableado de UPS a la carga además de los materiales para el sistema de canalización basado en los siguientes datos:
- La conexión trifásica llega únicamente al tablero principal, no así al tablero dentro del Datacenter por lo que hay que considerar el cableado de aproximadamente 30 mts. lineales que no están interferidos por ninguna sala. La conexión que debe llevarse a cabo se encuentra en un solo piso. Actualmente el cableado con el que se cuenta se encuentra sobre el cielo razo con cableado tipo taller.
- Actualmente se cuenta con una UPS dentro del Datacenter cuya distancia entre el equipo y el tablero es de aproximadamente 3 mts. Éste tablero cuenta con toma monofásica.
- Actualmente la carga se alimenta directo a la UPS, esto debe ser trasladado al tablero bypass solicitado dentro de Datacenter con conexión trifásica.
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*-Plazo de entrega.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS de 20KVA, se solicita:
“Plazo de Entrega: El equipo deberá ser entregado 60 días corridos posteriores a la emisión de la orden de compra.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos 120 (ciento veinte) días corridos posteriores a la recepción de la Orden de Compra, considerando los prolongados períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos de energía, incluyendo la instalación y puesta en marcha en el sitio de la Convocante afectado al llamado, y atendiendo además la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, lo que como consecuencia, ocasiona que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS de 20KVA, se solicita:
“Plazo de Entrega: El equipo deberá ser entregado 60 días corridos posteriores a la emisión de la orden de compra.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos 120 (ciento veinte) días corridos posteriores a la recepción de la Orden de Compra, considerando los prolongados períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos de energía, incluyendo la instalación y puesta en marcha en el sitio de la Convocante afectado al llamado, y atendiendo además la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, lo que como consecuencia, ocasiona que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Estimado potencial oferente. La convocante modifico el plazo de entrega a través de la adenda 1, a la cual nos remitimos y ratificamos.
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Interfaces dice:
“4 puertos 10/100/1000Mbps (RJ45 o SFP) y 2 puertos USB”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que se acepte equipos con solo 1 (Un) Puerto USB, siendo que no afectaría en las funcionalidades del Firewall y no representa un requisito indispensable ya que los usos de este son suficientes con un solo puerto USB. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Interfaces dice:
“4 puertos 10/100/1000Mbps (RJ45 o SFP) y 2 puertos USB”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que se acepte equipos con solo 1 (Un) Puerto USB, siendo que no afectaría en las funcionalidades del Firewall y no representa un requisito indispensable ya que los usos de este son suficientes con un solo puerto USB. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
La convocante introduce modificaciones al PBC sobre el punto requerido, favor remitirse a la Adenda 2 la cual sera publicada en el SICP.
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Instalación y Configuración dice:
“El oferente deberá instalar y configurar el equipo en las instalaciones de la Convocante”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que detalle el trabajo a realizar con la configuración del equipo, también es necesario saber que equipamiento disponen, cuantos usuarios cuenta, ya que corresponde para realizar una cotización acorde a los trabajos a realizar. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Instalación y Configuración dice:
“El oferente deberá instalar y configurar el equipo en las instalaciones de la Convocante”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que detalle el trabajo a realizar con la configuración del equipo, también es necesario saber que equipamiento disponen, cuantos usuarios cuenta, ya que corresponde para realizar una cotización acorde a los trabajos a realizar. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Se aclara que las tareas de configuración se darán en el marco de los requerimientos mínimos requeridos de Funcionalidad, tales como configuraciones de Protección Web, Protección contra ataques de aplicaciones y Servicios de Seguridad. Demás datos son considerados de carácter reservado y se darán a conocer una vez firmado contrato y documento de confidencialidad de los datos con el Proveedor adjudicado.
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Instalación y Configuración dice:
“El equipo deberá ser entregado 30 (treinta) días corridos posteriores a la recepción de la Orden de Compra correspondiente.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que los plazos de entrega sean de 30 (Treinta) días hábiles como mínimo ya que las fabricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Suministros Requeridos, Especificaciones Técnicas, Ítem N° 7 WEB APPLICATION FIREWALL (WAF), Instalación y Configuración dice:
“El equipo deberá ser entregado 30 (treinta) días corridos posteriores a la recepción de la Orden de Compra correspondiente.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que los plazos de entrega sean de 30 (Treinta) días hábiles como mínimo ya que las fabricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.