CAPACIDAD TECNICA:
PUNTO 14. SOLICITAN CONSTANCIA DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO
EN ESTE PUNTO FAVOR ACLARAR PORQUE LA CONVOCANTE SOLICITA DICHO DOCIMENTOS Y EN LLAMADOS ANTERIORES NO LO HACIAN
CAPACIDAD TECNICA:
PUNTO 14. SOLICITAN CONSTANCIA DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO
EN ESTE PUNTO FAVOR ACLARAR PORQUE LA CONVOCANTE SOLICITA DICHO DOCIMENTOS Y EN LLAMADOS ANTERIORES NO LO HACIAN
Este Documento es solicitado en cumplimiento a lo establecido en los Artículos 159 y 161 de la Ley 836/80 "Código Sanitario", al Decreto N° 7634/2017que establece los requisitos y las condiciones para el ejercicio de la Dirección Técnica y al Decreto N° 16.611/2002, que faculta al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de sus organismos técnicos y según sus respectivas áreas de competencia, a establecer las condiciones y requisitos para la Habilitación y otorgamiento de Registro a establecimientos de alimentos, bebidas y aditivos destinados al consumo humano.
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Consulta
Capacidad tecnica
Punto 15
El oferente debera contar con un profesional, tecnologo de alimentos y debera contar capacitacion sistema de gestion de inocuidad de los alimentos norma 22000
Con respecto a este punto, en que se basa la convocante para solicitar dicho requisito ya que hay oferentes que ofertan productos de terceros
Capacidad tecnica
Punto 15
El oferente debera contar con un profesional, tecnologo de alimentos y debera contar capacitacion sistema de gestion de inocuidad de los alimentos norma 22000
Con respecto a este punto, en que se basa la convocante para solicitar dicho requisito ya que hay oferentes que ofertan productos de terceros
Este Documento es solicitado en cumplimiento a los Art. 2, 3 inc. a), b) y 4 del Decreto N° 7634/2017 por el cual se reglamenta el Art. 162 de la Ley N° 836/1980 Código Sanitario, se establece los requisitos y las condiciones para el ejercicio de la Dirección Técnica de establecimientos de productos alimenticios y servicios alimenticios y sus obligaciones...
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consultas varias
• Consultamos en el punto 3 de la sección de experiencia requerida en donde menciona
“Como mínimo tres (3) referencias de satisfacción y buen cumplimiento, en cuanto a la ejecución de contratos de provisión de productos alimenticios, con instituciones públicas y/o privadas, incluso con la convocante, en los últimos 3 años (2018, 2019 y 2020). Si el oferente tuvo contrato con la convocante durante los años mencionados, deberá presentar la
constancia de buen cumplimiento.”
Nos gustaría saber si en este punto debemos entregar 3 referencias de satisfacción por año? O podría ser en un solo año o 1 por año? Podrian ser mas claro en este punto? Y si no es excluyente presentar solamente del sector privado y no publico.
• En el punto de capacidad técnica: en la sección de oferentes no perecederos menciona que debemos presentar documentos de por lo menos tener 1 movil de 3.500kg, nuestr empresa opera hace un buen tiempo con un tercerizado en donde poseemos todas las facturas, podríamos presentar una declaración jurada de que en caso de ser adjudicados dicha empresa estará proveyendo los servicios de logística con su inventario de móviles para cubrir toda la necesidad que correspondiense?
• En el punto 12 de capacidad técnica: menciona que debemos contar con un deposito de 800 m2, solicitamos a la convocante amablemente modificar este punto teniendo en cuenta que limita la participación de los oferentes y en el caso de oferentes que se dedican a la fabricación de un solo ítem no es necesario tener dicho espacio físico, violando los principios de igualdad de la ley 2051. Podrian asignar una escala de metros cuadrados requeridos como lo hicieron con los funcionarios de ips según la cantidad de ítems en la cual un oferente se estaría presentando para que sea mas justa la licitación?
• En el punto 14, donde menciona el certificado de almacenamiento de buenas practicas, dicho certificado por quien es emitido? Teniendo en cuenta que la inan no realiza sus habilitaciones sin respetar el manual de buenas practicas de almacenamiento pero nos gustaria saber si necesitan dicho certificado emitido por alguna entidad especifica? Podria ser considerado la habilitación de la inan como un certificado de buenas practicas de almacenamiento teniendo en cuenta que sin realizar estas buenas practicas ellos no realizan a emisión de su certificado?
• Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 17 Arroz, teniendo en cuenta que los precios no se adecuan a la realidad actual de mercado, el precio por tonelada del arroz 305 usd lo que equivale a 1997 gs el kilo aproximadamente hablamos del arroz en cascara luego realizando todos los procesos industriales y de logística queda en aproximadamente 3800 solamente el costo y el referencial es de es de 3433 , teniendo en cuenta la envergadura del contrato, y el plazo de durabilidad del mismo, se verifica un precio referencial completamente desfasado poniendo en riesgo la provision del arroz en el contrato de la convocante. Esto es solamente hablando de un plazo de 3 a 4 meses en el tiempo del contrato puede subir mas aun teniendo en cuenta que la época de cosecha ya termino. Recomendamos a la convocante aumentar el precio referencial de como minimo 5500gs teniendo en cuenta además de que el precio de mercado se encuentra mucho mas alto que años anteriores se deben entregar a las dependencias en un plazo de 5 dias hábiles sin importar en que época del año realicen los pedidos.
• Solicitamos a la convocante modificar las especificaciones técnicas del ítem nro 17, arroz tipo 1 glaseado, a arroz tipo 1 largo fino convencional ( sin glasear) , teniendo en cuenta que el proceso industrial de glaseado esta conformado por la fricción del agua o aceite con glucosa y talco, con la única finalidad de dar una mejor presentación dentro del empaquetado, esto quiere decir que todo lo mencionado anteriormente al lavar y posteriormente hervir el arroz se disuelve completamente, al terminar dicho proceso la glucosa queda en el agua aumentando los niveles de azúcar los cuales para personas diabéticas son sumamente dañinas. Recomendamos a la convocante modificar las especiaciones técnicas de dicho producto teniendo en cuenta que además de ser innecesarias, pueden provocar problemas de salud y ser limitante a la participación de potenciales oferentes que no trabajan con este producto por la tendencia actual de presentar un producto sano y responsable.
• Consultamos en el punto 3 de la sección de experiencia requerida en donde menciona
“Como mínimo tres (3) referencias de satisfacción y buen cumplimiento, en cuanto a la ejecución de contratos de provisión de productos alimenticios, con instituciones públicas y/o privadas, incluso con la convocante, en los últimos 3 años (2018, 2019 y 2020). Si el oferente tuvo contrato con la convocante durante los años mencionados, deberá presentar la
constancia de buen cumplimiento.”
Nos gustaría saber si en este punto debemos entregar 3 referencias de satisfacción por año? O podría ser en un solo año o 1 por año? Podrian ser mas claro en este punto? Y si no es excluyente presentar solamente del sector privado y no publico.
• En el punto de capacidad técnica: en la sección de oferentes no perecederos menciona que debemos presentar documentos de por lo menos tener 1 movil de 3.500kg, nuestr empresa opera hace un buen tiempo con un tercerizado en donde poseemos todas las facturas, podríamos presentar una declaración jurada de que en caso de ser adjudicados dicha empresa estará proveyendo los servicios de logística con su inventario de móviles para cubrir toda la necesidad que correspondiense?
• En el punto 12 de capacidad técnica: menciona que debemos contar con un deposito de 800 m2, solicitamos a la convocante amablemente modificar este punto teniendo en cuenta que limita la participación de los oferentes y en el caso de oferentes que se dedican a la fabricación de un solo ítem no es necesario tener dicho espacio físico, violando los principios de igualdad de la ley 2051. Podrian asignar una escala de metros cuadrados requeridos como lo hicieron con los funcionarios de ips según la cantidad de ítems en la cual un oferente se estaría presentando para que sea mas justa la licitación?
• En el punto 14, donde menciona el certificado de almacenamiento de buenas practicas, dicho certificado por quien es emitido? Teniendo en cuenta que la inan no realiza sus habilitaciones sin respetar el manual de buenas practicas de almacenamiento pero nos gustaria saber si necesitan dicho certificado emitido por alguna entidad especifica? Podria ser considerado la habilitación de la inan como un certificado de buenas practicas de almacenamiento teniendo en cuenta que sin realizar estas buenas practicas ellos no realizan a emisión de su certificado?
• Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 17 Arroz, teniendo en cuenta que los precios no se adecuan a la realidad actual de mercado, el precio por tonelada del arroz 305 usd lo que equivale a 1997 gs el kilo aproximadamente hablamos del arroz en cascara luego realizando todos los procesos industriales y de logística queda en aproximadamente 3800 solamente el costo y el referencial es de es de 3433 , teniendo en cuenta la envergadura del contrato, y el plazo de durabilidad del mismo, se verifica un precio referencial completamente desfasado poniendo en riesgo la provision del arroz en el contrato de la convocante. Esto es solamente hablando de un plazo de 3 a 4 meses en el tiempo del contrato puede subir mas aun teniendo en cuenta que la época de cosecha ya termino. Recomendamos a la convocante aumentar el precio referencial de como minimo 5500gs teniendo en cuenta además de que el precio de mercado se encuentra mucho mas alto que años anteriores se deben entregar a las dependencias en un plazo de 5 dias hábiles sin importar en que época del año realicen los pedidos.
• Solicitamos a la convocante modificar las especificaciones técnicas del ítem nro 17, arroz tipo 1 glaseado, a arroz tipo 1 largo fino convencional ( sin glasear) , teniendo en cuenta que el proceso industrial de glaseado esta conformado por la fricción del agua o aceite con glucosa y talco, con la única finalidad de dar una mejor presentación dentro del empaquetado, esto quiere decir que todo lo mencionado anteriormente al lavar y posteriormente hervir el arroz se disuelve completamente, al terminar dicho proceso la glucosa queda en el agua aumentando los niveles de azúcar los cuales para personas diabéticas son sumamente dañinas. Recomendamos a la convocante modificar las especiaciones técnicas de dicho producto teniendo en cuenta que además de ser innecesarias, pueden provocar problemas de salud y ser limitante a la participación de potenciales oferentes que no trabajan con este producto por la tendencia actual de presentar un producto sano y responsable.
Tres referencias toda vez que se encuentre comprendido entre los años requeridos.
Se requiere del sector público y/o privado, se puede presentar de ambos o solo de un sector.
No, debe presentar el contrato de alquiler o de tercerización del servicio tal como se establece en el Pliego de Bases y Condiciones.
Modificar según la siguiente escala:
El que cotiza hasta 10 ítems de contar con un depósito de 400 m2 construidos como mínimo.
Hasta 20 ítems debe contar con un depósito de 550 m2 construidos como mínimo.
Hasta 30 ítems debe contar con un depósito de 700 m2 construidos como mínimo.
Hasta 41 ítems debe contar con un depósito de 800 m2 construidos como mínimo. Ver adenda 01
El Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento es emitido por la INAN conforme al Decreto N° 16.611/2002, el modelo de Nota para la solicitud de dicho documento se encuentra publicado en la pagina web de la INAN www.inan.gov.py.
El precio referencial será modificado conforme a las normativas establecidas por la DNCP. Ver Adenda 01
ARROZ GLASEADO: es un grano con glucosa y polvo mineral de talco que lo deja blanco, brillante y cubierta que lo protege de los insectos y mohos.
Por tanto, los oferentes que coticen el ítem de arroz, deberán ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas en el PBC.
4
Senave
En el punto 4 de los requisitos en capacidad técnica para ofertar Verduras solicitan que el oferente tenga Senave, dicho documento es solo para el acopiador de las verduras y siendo que las entregas se hacen en los diferentes puntos detallados en el Pliego, lo que corresponde es que el oferente presente vehículos con habilitación del senave para transporte de verduras.
En el punto 4 de los requisitos en capacidad técnica para ofertar Verduras solicitan que el oferente tenga Senave, dicho documento es solo para el acopiador de las verduras y siendo que las entregas se hacen en los diferentes puntos detallados en el Pliego, lo que corresponde es que el oferente presente vehículos con habilitación del senave para transporte de verduras.
La Resolución N° 148/17, del SENAVE, en el ANEXO 1, ítem 4. SUGETOS OBLIGADOS AL REGISTO menciona: "Están obligados a registrarse en el SENAVE todas las personas físicas y/o jurídicas, de organismos públicos o privados, que comercializan, almacenan, acopian y embarcan productos y subproductos de origen vegetal, sean nacionales o importados".
Por tanto, los oferentes que coticen verduras, deberán presentar dicha documentación.
5
- SOLICITAN TENER CETIFICADO DE HABILITACION DE MATADEROS O FRIGORIFICOS EMITIDO POR SENACSA.
EN CASO DE QUE LA EMPRESA CUENTA CON CERTIFICADO DE HABILITACION PARA SENACSA DONDE LA ACTIVADA SERÍA: SALA DE CORTES DE CARNE BOVINA PARA CONSUMO INTERNO (FRIGORIFICO CICLO2), ¿ACEPTARÍAN ESE DOCUMENTO?, O DEBERIAMOS PRESENTAR SI O SI TAMBIEN EL CERTIFICADO DE HABILITACION DEL MATADERO?.
25-04-2021
11-05-2021
- SOLICITAN TENER CETIFICADO DE HABILITACION DE MATADEROS O FRIGORIFICOS EMITIDO POR SENACSA.
EN CASO DE QUE LA EMPRESA CUENTA CON CERTIFICADO DE HABILITACION PARA SENACSA DONDE LA ACTIVADA SERÍA: SALA DE CORTES DE CARNE BOVINA PARA CONSUMO INTERNO (FRIGORIFICO CICLO2), ¿ACEPTARÍAN ESE DOCUMENTO?, O DEBERIAMOS PRESENTAR SI O SI TAMBIEN EL CERTIFICADO DE HABILITACION DEL MATADERO?.
Deberá justificar el lugar de faenamiento del animal, para lo cual deberá presentar contrato de alquiler del matadero con su correspondiente habilitación.
6
CAMIONES HABILITADOS POR SENACSA
Solicitan camiones 2 propios y alquilados, indican que la capacidad debe ser 15.000 kilos, la consulta si es si en sumatoria deben de tener esa capacidad??, es decir que los 3 vehículos (2 propios + 1 alquilado) deben tener 15.000 kilos juntos?
Solicitan camiones 2 propios y alquilados, indican que la capacidad debe ser 15.000 kilos, la consulta si es si en sumatoria deben de tener esa capacidad??, es decir que los 3 vehículos (2 propios + 1 alquilado) deben tener 15.000 kilos juntos?
El total de capacidad de carga sumando los tres vehículos deberá ser como mínimo de 15.000 kilos, es decir cada vehículo con capacidad de 5.000 kilos. Ver adenda 01.
7
Plazo de reposición de bienes
En el PBC, en el plazo de reposición de bienes se menciona que debe ser reemplazado en 1 día, consultamos si la misma se puede extender de 48 o 72 horas en los mismos horarios que se menciona en el PBC, de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 hs.
En el PBC, en el plazo de reposición de bienes se menciona que debe ser reemplazado en 1 día, consultamos si la misma se puede extender de 48 o 72 horas en los mismos horarios que se menciona en el PBC, de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 hs.
SOLICITAN TENER CETIFICADO DE HABILITACION DE MATADEROS O FRIGORIFICOS EMITIDO POR SENACSA.
EN CASO DE QUE LA EMPRESA CUENTA CON CERTIFICADO DE HABILITACION PARA SENACSA DONDE LA ACTIVIDAD SERÍA: SALA DE CORTES DE CARNE BOVINA PARA CONSUMO INTERNO (FRIGORIFICO CICLO2), ¿ACEPTARÍAN ESE DOCUMENTO?, O DEBERIAMOS PRESENTAR SI O SI TAMBIEN EL CERTIFICADO DE HABILITACION DEL MATADERO?.
26-04-2021
11-05-2021
SOLICITAN TENER CETIFICADO DE HABILITACION DE MATADEROS O FRIGORIFICOS EMITIDO POR SENACSA.
EN CASO DE QUE LA EMPRESA CUENTA CON CERTIFICADO DE HABILITACION PARA SENACSA DONDE LA ACTIVIDAD SERÍA: SALA DE CORTES DE CARNE BOVINA PARA CONSUMO INTERNO (FRIGORIFICO CICLO2), ¿ACEPTARÍAN ESE DOCUMENTO?, O DEBERIAMOS PRESENTAR SI O SI TAMBIEN EL CERTIFICADO DE HABILITACION DEL MATADERO?.
Deberá justificar el lugar de faenamiento del animal, para lo cual se requiere la presentación del contrato de alquiler del matadero con su correspondiente habilitación.
9
DEPOSITO
Podría la convocante excluir el requisito de contar con Deposito propio o alquilado de 800 mts.2? o en su defecto reducir los metros solicitados considerando que: 1- la adjudicación es por item, y en caso de cotizar solo un item es decir, 1 producto, no se requiere contar con tanta infraestructura. 2- existen productos que serán entregados a la convocante directamente del local del fabricante, en cuyo caso tampoco es necesario contar con tanto espacio de almacenamiento y 3- dicha exigencia se podría considerar como un direccionamiento del llamado hacia ciertas empresas.
Podría la convocante excluir el requisito de contar con Deposito propio o alquilado de 800 mts.2? o en su defecto reducir los metros solicitados considerando que: 1- la adjudicación es por item, y en caso de cotizar solo un item es decir, 1 producto, no se requiere contar con tanta infraestructura. 2- existen productos que serán entregados a la convocante directamente del local del fabricante, en cuyo caso tampoco es necesario contar con tanto espacio de almacenamiento y 3- dicha exigencia se podría considerar como un direccionamiento del llamado hacia ciertas empresas.
Sobre el punto "4. En relación a las verduras, legumbres y frutas in natura, el oferente deberá presentar el Registro Sanitario de Producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semilla (SENAVE), vigente" Podría la Convocante aclarar si el Registro Sanitario solicitado corresponde presentar del productor y no del oferente? ya que son los productores a quienes se les expide dicha documentación y no a un oferente.
Sobre el punto "4. En relación a las verduras, legumbres y frutas in natura, el oferente deberá presentar el Registro Sanitario de Producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semilla (SENAVE), vigente" Podría la Convocante aclarar si el Registro Sanitario solicitado corresponde presentar del productor y no del oferente? ya que son los productores a quienes se les expide dicha documentación y no a un oferente.
La Resolución N° 148/17, del SENAVE, en el ANEXO 1, ítem 4. SUJETOS OBLIGADOS AL REGISTO: "Están obligados a registrarse en el SENAVE todas las personas físicas y/o jurídicas, de organismos públicos o privados, que comercializan, almacenan, acopian y embarcan productos y subproductos de origen vegetal, sean nacionales o importados". El subrayado es nuestro.
Por tanto, los oferentes que coticen verduras, deberán presentar dicha documentación.