En cumplimiento de la Ley Nº836/80"Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II “DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS”, CAPÍTULO I “DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD” Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Pregunta: ¿se considerará cumplido este requisito con la presentación de mesa de entrada de renovación de la habilitación de los establecimientos de salud ofertados?
En cumplimiento de la Ley Nº836/80"Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II “DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS”, CAPÍTULO I “DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD” Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Pregunta: ¿se considerará cumplido este requisito con la presentación de mesa de entrada de renovación de la habilitación de los establecimientos de salud ofertados?
Los prestadores ofertados deben contar con el Certificado de Registro y Habilitación expedido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social vigente a la fecha del acto de Apertura de Ofertas.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Excedentes en las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias, y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Caja de Jubilados Bancarios internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos.
Pregunta: Respecto a datos estadísticos de excedentes en las internaciones, solicitamos se modifique este punto en particular, ya que son los pacientes o sus familiares o responsables de pago, los que deben solicitar al sanatorio prestador ese dato, luego de acabada la cobertura. La prestadora emite una cobertura hasta alcanzar los topes estipulados y desconoce los excedentes. En caso de duda sí, la prestadora podrá auditar a sus prestadores en salvaguarda de los intereses del paciente.
El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Excedentes en las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias, y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Caja de Jubilados Bancarios internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos.
Pregunta: Respecto a datos estadísticos de excedentes en las internaciones, solicitamos se modifique este punto en particular, ya que son los pacientes o sus familiares o responsables de pago, los que deben solicitar al sanatorio prestador ese dato, luego de acabada la cobertura. La prestadora emite una cobertura hasta alcanzar los topes estipulados y desconoce los excedentes. En caso de duda sí, la prestadora podrá auditar a sus prestadores en salvaguarda de los intereses del paciente.
Esta Convocante solicitará de manera previa y formal los datos requeridos indicados en este punto, de manera a que la empresa adjudicada cuente con el respaldo correspondiente para entregar la información requerida.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
El Contratista se compromete a proporcionar a los Auditores Médicos, Administrativos y Jurídicos designados por la Caja de Jubilados Bancarios., todas las informaciones y documentaciones que soliciten para el normal desempeño de sus funciones. Los Auditores designados acompañarán los eventos en forma permanente.
Pregunta: Se entiende que los datos solicitados y que tengan carácter confidencial (diagnósticos), deberán contar con la aprobación de la institución custodio y del paciente para su entrega.
Creemos necesario se solicite que el auditor médico de la contratista sea un profesional médico con certificado que avale su especialización en auditoría médica
El Contratista se compromete a proporcionar a los Auditores Médicos, Administrativos y Jurídicos designados por la Caja de Jubilados Bancarios., todas las informaciones y documentaciones que soliciten para el normal desempeño de sus funciones. Los Auditores designados acompañarán los eventos en forma permanente.
Pregunta: Se entiende que los datos solicitados y que tengan carácter confidencial (diagnósticos), deberán contar con la aprobación de la institución custodio y del paciente para su entrega.
Creemos necesario se solicite que el auditor médico de la contratista sea un profesional médico con certificado que avale su especialización en auditoría médica
Esta Convocante solicitará de manera previa y formal los datos requeridos que los auditores médicos requieran para realizar las gestiones que consideren pertinentes para salvaguardar los intereses de la institución y sus beneficiarios. La asignación de los auditores que representaran a nuestra institución será definida de manera interna.
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COBERTURA MEDICA -SERVICIOS A SER BRINDADOS-PRESTADORES SOLICITADOS
Solicitamos la distribución de funcionarios en el interior del país, que justifique la cantidad de prestadores solicitados teniendo en cuenta que la cantidad máxima de funcionarios según pliego entendiendo que la mayoría de los funcionarios radican en Asunción y gran Asunción (ej. Encarnación 3 centros, dos en Concepción, Villarrica, coronel Oviedo y Obligado).
En el mismo punto, en el Departamento de Boquerón se señala una localidad específica (colonia Neuland) en la cual nos gustaría saber si poseen alguna filial de la Caja o, de lo contrario se podría presentar otro prestador (teniendo en cuenta que una sola prepaga tiene este prestador impidiendo la libre competencia), cercano al solicitado, en el departamento de Boquerón y de una complejidad incluso superior al de Neuland.
15-07-2021
21-07-2021
COBERTURA MEDICA -SERVICIOS A SER BRINDADOS-PRESTADORES SOLICITADOS
Solicitamos la distribución de funcionarios en el interior del país, que justifique la cantidad de prestadores solicitados teniendo en cuenta que la cantidad máxima de funcionarios según pliego entendiendo que la mayoría de los funcionarios radican en Asunción y gran Asunción (ej. Encarnación 3 centros, dos en Concepción, Villarrica, coronel Oviedo y Obligado).
En el mismo punto, en el Departamento de Boquerón se señala una localidad específica (colonia Neuland) en la cual nos gustaría saber si poseen alguna filial de la Caja o, de lo contrario se podría presentar otro prestador (teniendo en cuenta que una sola prepaga tiene este prestador impidiendo la libre competencia), cercano al solicitado, en el departamento de Boquerón y de una complejidad incluso superior al de Neuland.
Las cantidades solicitadas se encuentran establecidas conforme a los requerimientos necesarios para satisfacer las necesidades de utilización de los funcionarios y sus beneficiarios, para lo cual se han tenido en cuenta varios aspectos, como ser ubicación de las oficinas, el lugar de residencia de los funcionarios y sus beneficiarios e inclusive la movilidad y tránsito de los mismos conforme a las necesidades institucionales normalmente requeridas e incluso personales de los titulares incluyendo al grupo familiar. Adicionalmente, nos hemos visto en la necesidad de descentralizar y solicitar mayor cantidad de prestadores considerando la situación sanitaria del país. Se debe tener en cuenta además, que esta Convocante ha realizado la solicitud de prestadores médicos, conforme a los centros disponibles y habilitados por el MSP y BS a nivel país, los cuales cualquier empresa de medicina prepaga puede optar por contratar. Además, se debe considerar que es la convocante quien conoce sus necesidades y sabe cómo satisfacerlas, constituyéndose como una facultad discrecional de la misma la determinación de las condiciones y requisitos que debe cumplir todo oferente, siempre que existe cumplimiento de las normas aplicables.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS 2.1 Cirugías General: convencionales y no convencionales
¿Al mencionar cirugías no convencionales se refieren a cirugías videolaparoscópicas?
15-07-2021
21-07-2021
ESPECIFICACIONES TECNICAS 2.1 Cirugías General: convencionales y no convencionales
2.2 Dermatología, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos. -
2.2.1 Dermatología Pediátrica, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos.
Pregunta: Respecto a los puntos 2.2 y 2.2.1 y, teniendo en cuenta que la cobertura debe ser otorgada antes de la realización del procedimiento, creemos conveniente que los procedimientos que no sean netamente estéticos (ej. cosmiatría, queratosis seborreica, acrocordones en cuello y axilas, xantelasmas, quistes de millium, melanosis solares, infiltraciones en alopecía areata, infiltración de plasma enriquecido en plaquetas o ac. Hialurónico, fototerapia, tratamiento de vitíligo, etc.), sean cubiertos según los límites del contrato a fin de evitar molestias innecesarias a los pacientes.
2.2 Dermatología, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos. -
2.2.1 Dermatología Pediátrica, incluye consultas. Procedimientos dermatológicos solo tendrán cobertura cuando la Compañía reciba el análisis de patología e historial médico que compruebe ser una necesidad médica y no para fines estéticos o cosméticos.
Pregunta: Respecto a los puntos 2.2 y 2.2.1 y, teniendo en cuenta que la cobertura debe ser otorgada antes de la realización del procedimiento, creemos conveniente que los procedimientos que no sean netamente estéticos (ej. cosmiatría, queratosis seborreica, acrocordones en cuello y axilas, xantelasmas, quistes de millium, melanosis solares, infiltraciones en alopecía areata, infiltración de plasma enriquecido en plaquetas o ac. Hialurónico, fototerapia, tratamiento de vitíligo, etc.), sean cubiertos según los límites del contrato a fin de evitar molestias innecesarias a los pacientes.
Donde dice: Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de coberturas que figuran en el Contrato. La cobertura de maternidad para adherentes se regirá exclusivamente a lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas. A que se limita el PBC cuando indica “otras personas dependientes”, se refiere a personas bajo el régimen de tutela, curatela o guarda a cargo del titular legalmente documentada?
Donde dice: Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de coberturas que figuran en el Contrato. La cobertura de maternidad para adherentes se regirá exclusivamente a lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas. A que se limita el PBC cuando indica “otras personas dependientes”, se refiere a personas bajo el régimen de tutela, curatela o guarda a cargo del titular legalmente documentada?
"Otras personas dependientes" se refieren a las personas indicadas como miembros del grupo familiar y/o adherentes.
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Capacidad Técnica. Adenda 1
Del apartado de Requisitos documentales para evaluar el presente criterio, se entiende que los puntos b) y c) se refieren al mismo documento expedido por la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social
Del apartado de Requisitos documentales para evaluar el presente criterio, se entiende que los puntos b) y c) se refieren al mismo documento expedido por la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social
Favor ajustarse a la indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, se detallan claramente los documentos solicitados.
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Experiencia Requerida. Adenda 1
Establece: "Descripción por declaración jurada de mínimamente 3 contratos por cada año mantenido durante los siguientes años: 2018, 2019 y 2020, de prestación de servicios de asistencia medica de medicina prepaga corporativo, públicos o privados, con cobertura similar o mayor a la exigida en el presente Pliego de Bases y Condiciones, acompañados de las constancias de buen cumplimiento. A tal efecto, deberá presentar copia autenticada de los contrato..."Con la declaración jurada ya se tendrá por cumplido este requisito?
Establece: "Descripción por declaración jurada de mínimamente 3 contratos por cada año mantenido durante los siguientes años: 2018, 2019 y 2020, de prestación de servicios de asistencia medica de medicina prepaga corporativo, públicos o privados, con cobertura similar o mayor a la exigida en el presente Pliego de Bases y Condiciones, acompañados de las constancias de buen cumplimiento. A tal efecto, deberá presentar copia autenticada de los contrato..."Con la declaración jurada ya se tendrá por cumplido este requisito?
Como indica el apartado se deben presentar la declaración jurada requerida, las copias de los contratos que se indican en la declaración jurada en forma conjunta con las constancias de buen complimiento de cada uno de los contratos.
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Endoscopias, radiología y videolaparoscopía
Pregunta: Respecto a estos puntos dentro de honorarios y teniendo en cuenta que no son especialidades (salvo radiología) sino procedimientos que pueden ser diagnóstico o terapéutico, solicitamos se coloquen estos requerimientos en los apartados correspondientes, a fin de evitar errores en el listado médico a ser presentado con la oferta.
Pregunta: Respecto a estos puntos dentro de honorarios y teniendo en cuenta que no son especialidades (salvo radiología) sino procedimientos que pueden ser diagnóstico o terapéutico, solicitamos se coloquen estos requerimientos en los apartados correspondientes, a fin de evitar errores en el listado médico a ser presentado con la oferta.