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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rmaciel
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-10-2021 - 15:25
Fecha de Fin
25-10-2021 - 11:40
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1-)Mencionar en el SICP, módulo etapas y plazos, que el lugar de consultas es el SICP conforme a lo que prevé el Art 24 Resolución 5695/19 “ARTÍCULO 24. Consultas electrónicas. Las consultas podrán ser realizadas por los potenciales oferentes, a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas…”. 2-)El monto total de las líneas presupuestarias del PAC (50.206.000), es superior al monto indicado para el ejercicio 2021 (15.206.000). 3-)Dictamen de antecedentes de precios referenciales: 3.1-)Los precios indicados en los ítems 1.1 Cartel (Gs 500.000) y 1.3 Excavación (Gs 120.000) del dictamen, no coinciden con lo que figura en el contrato id 335566 (Gs 497.500-119.400). 3.2-)El precio indicado en el ítem 10.4 del dictamen (Gs 20.501) no se visualiza en el contrato id 353129. 3.3-)Los precios indicados en los ítems 11.1, 11.2 y 11.3 (2.450.000-539.000-588.000) no se visualizan en el contrato id 364610.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No indica a que procesos hacen referencia. Precios referenciales
Descripción
En el Dictamen remitido no se individualiza a que proceso/s hace/n referencia, se solicita definir el/los proceso/s que se encuadra/n en dicha justificación.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.