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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rmaciel
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
05-08-2021 - 07:47
Fecha de Fin
10-08-2021 - 10:16
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1-Adecuar el llamado conforme a lo establecido en la Resolución DNCP N°3575/2018 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CON CRITERIOS SUSTENTABLES, DE RESMAS DE PAPEL, A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS, ENTIDADES, MUNICIPALIDADES EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS REGIDOS POR LA LEY 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.” (inclusión en la pro forma de contrato una cláusula de cumplimiento, inclusión de la leyenda: MATERIAL DE LlClTAClÓN- PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY como complemento de las especificaciones técnicas de las resmas de papel etc.). 2-Se les recuerda, que para modificar las plantillas del SICP, deben realizar los trámites en el departamento pertinente.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Falta leyenda “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY”
Descripción
Se solicita se incluya el requisito que establezca la obligación de incorporar obligatoriamente la leyenda “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY” en la pared frontal, en un lugar visible y legible de cada embalaje de resma de papel, sin que afecte y/o cubra las informaciones relativas a las especificaciones técnicas, conforme a los modelos y dimensiones indicados en el Anexo III de la Resolución DNCP 3575/18.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.