Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
02-11-2021 - 16:59
Fecha de Fin
04-11-2021 - 08:31
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la convocante indica que el lugar de realizar las consultas seria en Municipalidad de Simón Bolívar , al respecto solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en el art. 24 1ra parte, de la Resolución DNCP N.º 5695/2019.// 2) Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo estándar PBC, el punto que hace referencia a " Visita al sitio de obras",( Ver Nombre del funcionario responsable de guiar la visita ).// 3) Solicitamos a la convocante que , al momento de completar el pliego no altere los incisos del PBC estándar,( Ver solicitud de pago de anticipo y completar la leyenda no aplica en todo los puntos).// 4) Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo estándar PBC ,el punto que hace referencia a " Estimación de las obligaciones financieras de la contratante".// 5) Solicitamos a la convocante unificar la formula que se estaría utilizando en el punto que hace referencia a " Reajuste".// 6) Consultamos a la convocante respecto al plazo de ejecución indicado en el PBC, seria suficiente para terminar la obra?, además solicitamos la remisión del cronograma de trabajo.// 7) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consulta, no se ajusta a lo establecido en el art. 24 2da parte, de la Resolución DNCP N.º 5695/2019.// 8) Referente a los responsables que deben firmar el CDP, solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en el art. 174 de la Ley 6672/2021.Así también se les solicita, remitir conforme a lo establecido en el Anexo B 02-04 y actualizar el Registro de todos los responsables de firmar del CDP con sus respectivos cargos (Decreto 2992/19, Art, 116) en concordancia con los artículos 2 y 3 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019. ( En el SICP, en el registro de firmas, ver responsable de UAF).//

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Falta Registro de Firmas de los CDP
Descripción
Considerando que en el sistema no se visualiza el Registro de firmas del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria – CDP, solicitamos conforme a lo establecido en la Resolución DNCP Nº 472/11, remitan vía mesa de entrada manual el registro de firmas de los responsables de la suscripción de los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, acompañado de los documentos legales que los habilitan.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.