Datos de la Verificación
Usuario Verificador
nocampos
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
02-02-2022 - 14:03
Fecha de Fin
07-02-2022 - 16:12
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
La Convocante utiliza el inc. g del art. 33 de la Ley 2051, alegando urgencia impostergable mientras que en la jusitificación de contrato abierto se menciona que será utilizado según el caso y que no se puede prever la cantidad por lo que no se observa el motivo de la urgencia. ¿Por qué el procedimiento no puede ser realizado por la modalidad convencional o SBE? Por otro lado, solitamos tener en cuenta el art. 15 de la Ley 2051/03, el motivo de la justificación de la utilización de contrato abierto no debe ser la falta de elaboración de una estimación de cantidades, ni de un estudio de mercado realizado previamente. Se observan firmas pegadas en las documentaciones, por lo que solicitamos remitir los orginales para proceder a la verificación.
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Justificacion del Contrato Abierto
Descripción
Solicitamos a la Convocante justificar el motivo por el cual se seleccionó la modalidad Contrato Abierto, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Justificación Deficiente del Contrato Abierto
Descripción
Se observa que la justificación remitida respecto a la utilización de la modalidad contrato abierto
no se adecua a los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente. Se solicita sea subsanada tal deficiencia.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.