Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
11-02-2022 - 17:22
Fecha de Fin
14-02-2022 - 08:08
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) CDP: Se observa en el CDP (O.G. 270), sin embargo, dentro de las LINEAS PRESUPUESTARIAS del mencionado documento se visualiza (S.O.G. 270). Solicitamos indicar el Sub Grupo de Gasto que corresponde en el CDP del presente llamado. //
2) Recordamos a la convocante tener en cuenta lo establecido en la Resolución DNCP N° 5695/2019, Art. 26. //
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
Descripción
Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Se requieren bienes/servicios, que según lo establecido en el Clasificador Presupuestario corresponden a Sub grupos distintos a los previstos en la presente contratación
Descripción
Conforme a las Especificaciones Técnicas se constata que se licitarán bienes/servicios, que según lo establecido en el Clasificador
Presupuestario corresponden a Sub grupos distintos a los previstos en la presente contratación. Se solicita se realicen las modificaciones pertinentes
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.